A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso -Administrativa, BOE de 14 de julio de 1998, y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso -administrativo, Sección 4.ª, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso -administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por la Unión Sindical Independiente de Trabajadores Empleados Públicos contra el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre (BOE del 8), por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria y Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre (BOE de 5 de enero de 2007), por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieran derivado o derivasen derechos del real decreto impugnado y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de los mismos, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.
Madrid, 19 de noviembre de 2007.-La Directora General de Cooperación, Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.
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