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Documento BOE-A-2007-20597

Orden ECI/3474/2007, de 20 de noviembre, por la que se convocan ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa, organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2007, páginas 49342 a 49344 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-20597

TEXTO ORIGINAL

El conocimiento de un idioma distinto del propio contribuye de forma esencial a la formación integral de los jóvenes. Consciente de que su aprendizaje se ha convertido en un objetivo fundamental de las políticas de formación e integración laboral, el Ministerio de Educación y Ciencia ha venido llevando a cabo, durante los últimos años, diversas actuaciones y programas en los diferentes niveles educativos así como ofreciendo distintas modalidades de ayudas para colaborar con los estudiantes y sus familias a afrontar los gastos que pueda conllevar esta actividad. No obstante, esta necesidad se manifiesta de forma más patente en el caso de los jóvenes que se encuentran en edad de prepararse para entrar en el mercado de trabajo. Por ello, el pasado mes de febrero, el Gobierno, a través del Ministerio de Educación y Ciencia, puso en marcha un programa de amplio alcance para facilitar a 53.125 jóvenes los medios necesarios para seguir un curso de lengua inglesa en el extranjero. Dentro de este mismo programa se insertan, como otra modalidad de aprendizaje de lenguas extranjeras, los denominados cursos de inmersión que han venido demostrando su eficacia para las personas que ya han conseguido un nivel de conocimientos intermedio o avanzado y que, debido a su corta duración, pueden ser compatibles con las actividades normales de los jóvenes. Así, pues, el Ministerio de Educación y Ciencia ha considerado conveniente convocar ayudas para participar en los cursos de inmersión en lengua inglesa organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para el curso 2007-2008 y hasta 31 de diciembre de 2008, dirigidos a aquellos jóvenes que disponen de un buen nivel de conocimiento teórico y gramatical del idioma pero no han tenido la oportunidad de practicar de forma intensiva la destreza oral y comunicativa. Quienes no acrediten este nivel mínimo de conocimientos y no puedan, en consecuencia, participar en estos cursos, podrán acudir a las Escuelas Oficiales de Idiomas, que han ampliado sensiblemente su oferta de plazas, fruto de los convenios promovidos por el Ministerio de Educación y Ciencia con las Comunidades Autónomas. En la Orden ECI/3055/2007, de 2 de octubre, ya se convocaron con este fin hasta 12.500 ayudas y, habiendo finalizado el pasado día 15 de noviembre el plazo de presentación de instancias se observa que el número de solicitudes presentadas no excede al de ayudas convocadas, por lo que procede realizar una nueva convocatoria referida a dichas plazas vacantes. Por todo lo anterior, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y con la Orden de 6 de junio de 2005 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas del Ministerio de Educación y Ciencia, he dispuesto:

Primero.-Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas de entre 912,00 y 1.140,00 euros cada una para seguir un curso de inmersión lingüística en inglés organizado por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en adelante UIMP). El número de ayudas convocadas será la diferencia entre 12.500 y las que se adjudiquen en la resolución de la convocatoria ECI/3055/2007, de 2 de octubre.

Segundo.-Podrán solicitar estas ayudas los jóvenes que no hayan cumplido 30 años a 31 de diciembre de 2008 y que hayan obtenido la condición de becario para cursar estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores en alguna de las siguientes convocatorias:

Convocatoria de becas para iniciar estudios universitarios en el curso 2005-2006 (Orden ECI/1197/2005, de 29 de abril, BOE de 3 de mayo de 2005).

Convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2005-2006 (Orden ECI/2039/2005, de 17 de junio, BOE de 30 de junio de 2005). Convocatoria de becas de movilidad para el curso 2005-2006 (Orden ECI/2040/2005, de 17 de junio, BOE de 30 de junio de 2005). Convocatoria de becas para iniciar estudios universitarios en el curso académico 2006-2007 (Orden ECI/1197/2006, de 24 de abril, BOE de 25 de abril). Convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2006-2007 (Orden ECI/2118/2006, de 16 de junio BOE de 1 de julio). Convocatoria de becas de movilidad para el curso 2006-2007 (Orden ECI/2117/2006, de 16 de junio BOE de 1 de julio de 2006). Convocatoria de becas para estudios de másteres oficiales del curso 2006-2007 (Orden ECI/3259/2006, de 11 de octubre BOE de 23 de octubre).

Tercero.-Los cursos tendrán una duración de cinco días y se desarrollarán en régimen de internado de domingo por la tarde a sábado a mediodía en las sedes que se recogen en el Anexo a esta Orden y en los periodos semanales que asimismo se indican.

Cuarto.-El importe de las ayudas se abonará directamente por el Ministerio de Educación y Ciencia a la UIMP y será financiado con cargo al crédito 18.11.323M 483.04 de los presupuestos generales del Estado. Para completar el precio total del curso los estudiantes deberán abonar 100,00 euros a la UIMP. Quinto.-1. Los interesados que puedan acreditar un nivel intermedio o avanzado de conocimiento de la lengua inglesa, por medio de los sistemas de evaluación que establezca la UIMP, y que cumplan los demás requisitos establecidos por esta Orden, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web www.mec.es a través de los siguientes enlaces: «Becas, Ayudas y Premios» / «Educación» / «Cursos Idiomas». Además deberán imprimir dicho modelo una vez cumplimentado y presentarlo firmado en la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa del Ministerio de Educación y Ciencia hasta el día 21 de diciembre de 2007, por alguno de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La Subdirección General de Becas y Promoción Educativa podrá requerir la presentación de la documentación que resulte necesaria para la acreditación de los requisitos. 2. Para obtener información sobre el estado de tramitación de su solicitud los interesados podrán consultar la página web a que se refiere el apartado anterior. 3. El órgano instructor del procedimiento será la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa del Ministerio de Educación y Ciencia.

Sexto.-1. Las ayudas serán adjudicadas por la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección a propuesta de una comisión evaluadora integrada por:

Presidente: El Subdirector General de Becas y Promoción Educativa o persona en quien delegue.

Vocales: Dos representantes de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. El Jefe del Servicio de Becas de la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa. Secretario: El Jefe de la Sección de Convocatorias Especiales de la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa.

2. Las ayudas se adjudicarán en orden inversamente proporcional a la renta familiar per capita del solicitante que se utilizó para la concesión de la beca del curso 2005-2006 ó 2006-2007. Para equiparar las magnitudes de ambos años, se multiplicarán las rentas correspondientes al curso 2005-2006 por 1,03. En el caso de solicitantes que hayan sido becarios del Ministerio de Educación y Ciencia en ambos cursos, se tomará la renta utilizada para la concesión de la beca del curso 2006-2007. La adjudicación de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, por lo tanto, no será suficiente, para la obtención de la ayuda, reunir todos los requisitos exigidos por la presente convocatoria, sino también obtener un número de orden que le sitúe dentro del total de ayudas a conceder. A estos efectos, se aprobarán tres relaciones: una, en la que se incluirán los candidatos que resulten adjudicatarios de las ayudas; una segunda, en la que se incluirán los candidatos a quienes les sea denegada la ayuda por no reunir alguno o algunos de los requisitos exigidos por la presente convocatoria y una tercera, en la que se incluirán los candidatos que reúnan los requisitos de la misma pero no hayan alcanzado un número de orden que les permita obtener la ayuda. Los solicitantes incluidos en esta última relación quedarán ordenados de acuerdo con su renta familiar per capita y constituirán la lista de espera con la que se irán sustituyendo, por riguroso orden, a los adjudicatarios que, por cualquier causa, no consoliden la ayuda o no realicen el curso.

La Comisión Evaluadora dirimirá los posibles empates dando preferencia a los solicitantes de mayor edad. De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados para que, en el plazo de quince días, aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta para la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. Séptimo.-1. De conformidad con la propuesta formulada por la Comisión Evaluadora, se adjudicarán provisionalmente las ayudas. Esta adjudicación quedará condicionada a la superación por el beneficiario de las dos pruebas de evaluación de nivel a que se refieren los apartados siguientes de este artículo. 2. El Ministerio de Educación y Ciencia, a través de un correo electrónico, notificará a los beneficiarios la adjudicación provisional. Acto seguido, los adjudicatarios de la ayuda deberán cumplimentar, en el plazo que establezca la UIMP, un test, a través de Internet, que permitirá evaluar su nivel de conocimientos. Quienes no realicen el citado test en el plazo establecido al efecto, se entenderá que renuncian a la ayuda concedida que será adjudicada al siguiente candidato de la lista de espera. Como resultado de este test, los estudiantes podrán ser excluidos de la participación en el curso o clasificados en alguno de los tres niveles siguientes: superior, intermedio 2 o intermedio 1. Se entenderá que todos aquellos candidatos que no resulten clasificados en alguno de los citados tres niveles no reúnen los requisitos necesarios para la obtención de las ayudas que se convocan en esta Orden. 3. Una vez recibida la calificación del test, a través de la página web www.uimp.es los estudiantes dispondrán de la información necesaria para conocer la disponibilidad de las plazas en función del nivel asignado en las distintas sedes y en las diferentes semanas. El ingreso de los 100,00 euros permitirá formalizar la reserva de la opción de sede y semana elegida, que tendrá que ser confirmada mediante un correo electrónico de la UIMP. La falta de abono de dicha cantidad en el plazo establecido al efecto se entenderá como renuncia a la ayuda concedida que será adjudicada al siguiente candidato de la lista de espera. 4. En el momento de su incorporación al curso, los estudiantes realizarán otra prueba para confirmar el nivel asignado inicialmente. Si, como resultado de la prueba de confirmación, el nivel del estudiante fuera considerado por los evaluadores de la UIMP insuficiente para seguir el curso, en el nivel más bajo de los ofrecidos, el estudiante decaerá en su derecho y le serán reintegrados los 100,00 euros abonados en concepto de reserva del curso. Asimismo, el nivel asignado inicialmente podrá ser modificado en función de los resultados de esta prueba de confirmación. 5. Los participantes estarán cubiertos, durante el curso, por un seguro de accidentes y responsabilidad civil suscrito por el Ministerio de Educación y Ciencia. Octavo.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección por delegación de la Ministra de Educación y Ciencia adjudicará con carácter definitivo las ayudas a los estudiantes que se incorporen y completen el curso. Estos estudiantes recibirán un Diploma acreditativo de su participación en un curso de inmersión lingüística en lengua inglesa impartido por la UIMP con una duración de cuarenta horas lectivas. Asimismo, la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección notificará a los solicitantes que no resulten adjudicatarios la denegación de la ayuda solicitada. Las relaciones de los adjudicatarios de las ayudas se harán públicas a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Educación y Ciencia. Noveno.-La Orden de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante la Ministra de Educación y Ciencia o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Décimo.-La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria. Undécimo.-Serán aplicables a las ayudas objeto de la presente convocatoria la Orden ECI//1815/2005, de 6 de junio por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia y supletoriamente la Orden ECI/2118/2006, de 16 de junio por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general para el curso 2006-2007. Duodécimo.-Contra la presente convocatoria se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional. Asimismo, podrá ser recurrida en reposición en el plazo de un mes ante el Órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Decimotercero.-Se autoriza a la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección para aplicar y desarrollar lo dispuesto en la presente Orden.

Decimocuarto.-La presente Orden producirá sus efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 20 de noviembre de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

Anexo

Características de los Cursos

Los cursos tendrán lugar en Santander, Madrid, La Coruña, Cuenca, Valencia, Sevilla, Granada y Tenerife en el período comprendido entre el 3 de marzo y 22 de diciembre de 2008. Las plazas se distribuirán según la tabla siguiente:

Calendario - Año 2008

Santander

Madrid

La Coruña

Cuenca

Valencia

Sevilla

Granada

Tenerife

N.º Plazas

3-mar

120

30

15

10-mar

120

30

15

17-mar

120

30

15

24-mar

120

30

15

31-mar

120

30

30

15

15

15

7-abr

120

30

30

15

15

15

14-abr

120

30

30

15

15

15

21-abr

120

30

30

15

15

15

28-abr

120

30

30

15

15

15

5-may

120

30

30

15

15

15

12-may

120

30

30

15

15

15

19-may

120

30

30

15

15

15

26-may

120

30

30

15

15

15

2-jun

9-jun

16-jun

23-jun

30-jun

105

60

120

15

15

15

7-jul

300

105

60

120

15

15

15

14-jul

300

105

60

120

15

15

15

21-jul

300

105

60

120

15

15

15

28-jul

300

105

60

120

15

15

15

4-ago

300

105

60

120

11-ago

300

105

60

120

18-ago

300

105

60

120

25-ago

300

105

60

120

1-sep

300

105

60

120

15

8-sep

300

105

60

15

15

15-sep

120

300

105

60

15

15

22-sep

120

300

105

60

15

15

29-sep

120

30

30

15

15

6-oct

120

30

30

15

15

13-oct

120

30

30

15

15

20-oct

120

30

30

15

15

27-oct

120

30

30

15

15

3-nov

120

30

15

15

10-nov

120

30

15

15

17-nov

120

30

15

15

24-nov

120

30

15

15

1-dic

120

30

15

15

8-dic

120

30

15

15

15-dic

120

30

15

15

La duración del curso será de cinco días, con cuarenta horas lectivas. La incorporación será en domingo por la tarde y la salida en sábado y se desarrollará en régimen de internado. Los grupos constarán de 15 alumnos organizados en tres niveles distintos. Cada grupo dispondrá de 3 profesores nativos que rotarán diariamente así como de 1 auxiliar de conversación por cada 10 alumnos que convivirán con los estudiantes y participarán con ellos en todas sus actividades, incluyendo las comidas y actividades de tiempo libre. El contenido del curso será exclusivamente oral. Incluirá sesiones de conversación individual con los profesores y sesiones conjuntas en las que no participarán más de 7 estudiantes. La UIMP facilitará a los participantes el material didáctico necesario para el seguimiento del curso. Los participantes deberán abonar 100,00 euros en concepto de reserva de plaza y matrícula. Esta cantidad les será reintegrada a aquellos estudiantes que no puedan participar en el curso porque su nivel de inglés sea considerado por los evaluadores de la UIMP insuficiente para seguir el curso, en el nivel más bajo de los ofrecidos, Correrán, asimismo, por cuenta del participante los gastos de desplazamiento hasta la sede del curso que les sea asignada. El Ministerio abonará directamente a la UIMP el importe de las ayudas que cubrirán los costes del curso así como de alojamiento en habitaciones dobles y la manutención en régimen de pensión completa. La adjudicación de las sedes y semanas se hará atendiendo a las cinco opciones que seleccionen los participantes y, en todo caso, en función de la disponibilidad de plazas. Los participantes estarán cubiertos, durante el curso, por un seguro de accidentes y responsabilidad civil suscrito por el Ministerio de Educación y Ciencia. Los estudiantes que superen con éxito el curso de inmersión obtendrán un diploma acreditativo expedido por la UIMP. Estas ayudas son compatibles con las convocadas por este Ministerio en fechas anteriores para la realización de cursos en el extranjero. La información relativa a la solicitud y adjudicación de las ayudas podrá consultarse en la página web del Ministerio de Educación y Ciencia web www.mec.es a través de los siguientes enlaces: «Becas, Ayudas y Premios»/«Educación»/«Cursos de Idiomas». La información relativa a la realización del test, cursos, elección de sede y semana, etc. podrá consultarse en la página web de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo www.uimp.es.

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