Interchamp, S. Coop., de Autol (La Rioja) cuyo ámbito de actuación es superior al de una comunidad autónoma, ha solicitado el reconocimiento como Organización de Productores de frutas y hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento n.º (CE) n.º 2200/96 del Consejo de 28 de octubre y la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 30 de abril de 1997. Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas Organizaciones, resuelvo:
Conceder el reconocimiento como Organización de Productores de frutas y hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) n.º 2200/96 del Consejo de 28 de octubre y la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 30 de abril de 1997, para la categoría de productos VII (setas) a Interchamp, S. Coop., de Autol (La Rioja).
Que se inscriba en el registro de organizaciones de productores de frutas y hortalizas a Interchamp, S. Coop., de Autol (La Rioja) en la categoría de productos VII (setas), asignándole el número registral 953.
Madrid, 14 de diciembre de 2006.-El Director General de Agricultura, Francisco Mombiela Muruzábal.
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