Las entidades Senorte Vida y Pensiones, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima, y BBVASEGUROS, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros, han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la fusión por absorción, con extinción por disolución sin liquidación, de Senorte Vida y Pensiones, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad BBVASEGUROS, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros. A la vista de la documentación aportada, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, he resuelto:
Primero.-Autorizar la fusión por absorción de la entidad Senorte Vida y Pensiones, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima, por parte de BBVASEGUROS, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros, cuya fecha de efectos contables es el 1 de enero de 2006.
Segundo.-Declarar la extinción y cancelación en el registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Senorte Vida y Pensiones, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima.
Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 11 de enero de 2007.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.
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