Finalizada la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado, convocadas por Orden MAM/1419/2006, de 28 de abril («BOE» de 12 de mayo), Este Ministerio ha dispuesto hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en las bases comunes de las convocatorias, la lista de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación obtenida y con indicación del documento nacional de identidad o pasaporte y del sistema de acceso, que se relacionan en el Anexo I de esta Orden.
Presentación de documentos
Los aspirantes aprobados, que figuran en el Anexo I adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden, para presentar, en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.
2. Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación. 3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo II. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo III. 4. Los aspirantes extranjeros que no residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación. 5. Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Funcionarios en prácticas
Asimismo, los que ya sean funcionarios deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el R.D. 456/1986, de 10 de febrero, modificado por R.D. 213/2003, de 21 de febrero. Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En dicha Orden se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento. Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o período de prácticas determinado en la convocatoria. Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias. La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos.
Contra este acto podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Medio Ambiente, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 24 de enero de 2007.-La Ministra de Medio Ambiente, P. D. (Orden MAM/224/2005, de 28 de enero), la Subsecretaria de Medio Ambiente, Concepción Toquero Plaza.
ANEXO I Relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado. Orden MAM/1419/2006, de 28 de abril («BOE» de 12 de mayo). Acceso libre
N.º orden |
Apellidos y nombre |
DNI |
Puntuación total |
1 |
Viana Jiménez, Samuel |
46937125 |
80,68 |
2 |
Montero Garrido, Jesús Manuel |
53042461 |
79,81 |
ANEXO II
Don/Doña .......................................................................... con domicilio en ....................................................................... y documento nacional de identidad número ................................. declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En .................., a ....... de ........................ de 200....
ANEXO III
Don/Doña .......................................................................... con domicilio en ....................................................................... y documento nacional de identidad número .................................. declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado es, que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
En .................., a ....... de ........................ de 200....
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