El apartado 2 del artículo 7 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, dispone que el Real Patronato del Museo estará integrado por un mínimo de veinte vocales y un máximo de treinta, nueve de los cuales, al menos, tendrán el carácter de natos conforme al Estatuto. El artículo 5.2 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, desarrolla las previsiones de la Ley y regula más detalladamente la composición del Real Patronato y el nombramiento de sus vocales. De acuerdo con este artículo corresponde a la Ministra de Cultura nombrar libremente hasta un máximo de 15 vocales designados entre personas de reconocida competencia en asuntos relacionados con el patrimonio histórico español o que se hayan distinguido por sus servicios a la cultura. Este mismo artículo dispone que los vocales designados desempeñarán sus funciones por un período de cinco años a contar desde la fecha de sus respectivos nombramientos. Teniendo en cuenta lo anterior y dada la existencia de vacantes entre los vocales, por haber expirado el plazo de su mandato, he resuelto:
Primero.-Renovar el nombramiento, por un período de cinco años, de los siguientes vocales: Don Gonzalo Anes y Álvarez de Castrillón.
Don José María Castañé Ortiga. Don José Milicua Illarramendi. Don Juan Manuel Urgoiti López-Ocaña. Doña Amelia Valcárcel Bernaldo de Quirós. Don Antonio Bonet Correa.
Segundo.-Designar, por un período de cinco años, a los siguientes vocales:
Don Guillermo de la Dehesa Romero.
Doña Alicia Koplowitz y Romero de Juseu.
Madrid, 7 de febrero de 2007.-La Ministra de Cultura, Carmen Calvo Poyato.
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