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Documento BOE-A-2007-3227

Resolución de 25 de enero de 2007, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2007 del Convenio de colaboración, entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la MUGEJU, para la prestación de determinados servicios sanitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2007, páginas 6729 a 6731 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2007-3227

TEXTO ORIGINAL

La Mutualidad General Judicial, como Entidad que tiene a su cargo la gestión del régimen Especial de la Seguridad Social del personal de la Administración de Justicia, presta a sus mutualistas y beneficiarios la asistencia sanitaria, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al Servicio de la Administración de Justicia. La Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas tienen el mismo cometido con sus mutualistas. Las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria con las que dichas Mutualidades tienen suscritos conciertos para esta prestación a nivel nacional, no disponen de medios privados para tal asistencia en algunas zonas rurales. El Servicio Cántabro de Salud dispone de los medios necesarios para la prestación de servicios de atención primaria a los mutualistas y beneficiarios, que completan la asistencia sanitaria nacional a cargo de las Entidades de Seguro concertadas. En base a lo anterior, se ha suscrito convenio entre el mencionado Servicio Cántabro de Salud y las citadas Mutualidades, para la prestación en zonas rurales de su ámbito de determinados servicios sanitarios a mutualistas y beneficiarios adscritos a entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria concertada.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 25 de enero de 2007.-El Presidente de la Mutualidad General Judicial, Benigno Varela Autrán

ANEXO

Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2007 del Convenio de colaboración firmado el 23 de junio de 2006, entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

En Santander, a 11 de diciembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, doña Rosario Quintana Pantaleón, Consejera de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, en representación del Servicio Cántabro de Salud, facultada para la firma del presente documento por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de diciembre de 2006.

De otra, doña María de los Ángeles Fernández Simón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE; doña Carmen Briones González, Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en uso de las facultades que le confiere el artículo 9. F) del Real Decreto 296/1992, de 27 de marzo, de composición, funcionamiento y atribuciones de los órganos de gobierno del Instituto Social de la Fuerzas Armadas, en relación con lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 64/2001, de 26 de enero, y don Benigno Varela Autrán, Presidente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en uso de las facultades que le confiere la disposición transitoria segunda punto 2 del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial.

EXPONEN

Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2006 entre el Servicio Cántabro de Salud y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe procederse a su prórroga para 2007, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender,

ACUERDAN

Primero.-Prorrogar el Convenio de referencia cuyos efectos se extienden desde 1 de enero de 2007 hasta 31 de diciembre de 2007.

Segundo.-Actualizar con efectos de 1 de enero de 2007 y según lo previsto en la Cláusulas Séptima y Octava del mencionado Convenio, los Anexos I, II III y IV del mismo, Anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «Anexos I, II, III y IV, para 2007, y que modifican las relaciones de Municipios citadas en su Cláusula Primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la Cláusula Cuarta. Dichos precios pasan a ser, para el año 2007, los de 10,39 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo I, y de 0,88 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo II.

Tercero.-Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.

Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar septuplicado y a un solo efecto, los representantes del Servicio Cántabro de Salud, y de cada una de las Mutualidades.-La Consejera de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, Rosario Quintana Pantaleón.-La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón.-La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Carmen Briones González.-El Presidente de la Mutualidad General Judicial, Benigno Varela Autrán.

CONVENIO RURAL PARA 2007 CON LA COMUNIDAD DE CANTABRIA

«ANEXOS I, II, III Y IV PARA 2007»

Anexo I

Listado de municipios

Cantabria

MUNICIPIOS

ZONA BÁSICA DE SALUD

ALFOZ DE LLOREDO.

ALTAMIRA.

AMPUERO

BAJO ASON

ANIEVAS

BESAYA

ARENAS DE IGUÑA

BESAYA

ARGONOS

GAMA

ARNUERO

MERUELO

ARREDONDO

ALTO ASON

BARCENA DE CICERO (GAMA)

GAMA

BÁRCENA DE PIE DE CONCHA

BESAYA

BAREYO

MERUELO

CABEZON DE LIEBANA

LIEBANA

CABUÉRNIGA (VALLE DE)

SAJA/CABUÉRNIGA

CAMALENO

LIEBANA

CAMPOO DE YUSO [COSTANA (LA)]

CAMPOO

CARTES

TORRELAVEGA/CARTES

CASTAÑEDA

PISUEÑA/CAYÓN

CASTRO-CILLORIGO (TAMA)

LIEBANA

CIEZA

BESAYA

COMILLAS

SAN VICENTE

CORVERA DE TORANZO

ALTO PAS

ENMEDIO (MATAMOROSA)

CAMPOO

ENTRAMBASAGUAS

CUDEYO

ESCALANTE

GAMA

GURIEZO [PUENTE (EL)]

AGÚERA

HAZAS DE CESTO

GAMA

HERMANDAD CAMPOO SUSO (ESPINILLA)

CAMPOO

HERRERÍAS

NANSA

LAMASÓN

NANSA

LIENDO (HAZAS)

LAREDO

LIMPIAS

BAJO ASON

LUENA

ALTO PAS

MARINA DE CUDEYO

CUDEYO

MAZCUERRAS

SAJA/CABUÉRNIGA

MEDIO CUDEYO

CUDEYO

MERUELO

MERUELO

MIENGO

POLANCO

MIERA

MIERA

MOLLEDO

BESAYA

NOJA

MERUELO

PENAGOS

PISUEÑA/CAYÓN

PEÑARRUBIA

LIEBANA

PESAGUERO

LIEBANA

PESQUERA

CAMPOO

POLACIONES

NANSA

POLANCO [IGLESIA (LA)]

POLANCO

POTES

LIEBANA

RAMALES DE LA VICTORIA

ALTO ASON

RASINES

BAJO ASÓN

REOCIN(PTE.S MIGUEL)

ALTAMIRA

RIBAMONTAN AL MAR

CUDEYO

RIBAMONTAN AL MONTE (HOZ DE ANERO)

CUDEYO

RIOMANSA(PUENTENANSA

NANSA

RIOTUERTO

MIERA

ROZAS DE VALDERROYO (LAS)

CAMPOO

RUENTE

SAJA/CABUÉRNIGA

RUESGA

ALTO ASÓN

RUILOBA (BARRIO DE LA IGLESIA)

SAN VICENTE

SAN FELICES DE BUELNA (RIVERO)

BESAYA

SAN MIGUEL DE AGUAYO

CAMPOO

SAN PEDRO DEL ROMERAL

ALTO PAS

SAN ROQUE DE RIOMIERA

MIERA

SAN VICENTE DE LA BARQUERA

SAN VICENTE

SANTA MARÍA DE CAYÓN

PISUEÑA/CAYÓN

SANTIURDE DE REINOSA

CAMPOO

SANTIURDE DE TORANZO

ALTO PAS

SARO

PISUEÑA SELAYA

SELAYA

PISUEÑA/SELAYA

SOBA (VEGUILLA)

ALTO ASON

SOLORZANO

GAMA

SUANCES

SUANCES

TOJOS (LOS)

SAJA/CABUÉRNIGA

TRESVISO

LIÉBANA

TUDANCA

NANSA

UDÍAS

SAJA/CABUÉRNIGA

VAL DE SAN VICENTE (PESUES)

SAN VICENTE

VALDALIGA

SAJA

VALDEOLEA

LOS VALLES

VALDEPRADO DEL RIO (ARROYAL)

LOS VALLES

VALDERREDIBLE (POLIENTES)

LOS VALLES

VEGA DE LIEBANA

LIEBANA

VEGA DE PAS

ALTO PAS

VILLACARRIEDO

PISUEÑA SELAYA

VILLAESCUSA

ASTILLERO

VILLAFUFRE

PISUEÑA/SELAYA

VILLAVERDE DE TRUCÍOS

LAREDO

VOTO

COLINDRES

Anexo II Listado de municipios

Comunidad Autónoma: Cantabria

Provincia: Cantabria

Municipio:

Astillero (El).

Cabezón de la Sal. Colindres. Corrales de Buelna (Los). Laredo. Liérganes. Piélagos. Puente Viesgo. Reinosa. Santa Cruz de Bezana. Santillana del Mar. Santoña.

Anexo III

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el Anexo I, e importe que debe abonarse mensualmente a partir de enero de 2007 por cada uno de los colectivos (totalizados a 1 de mayo de 2006), a la Comunidad Autónoma de Cantabria

(Precio por persona = 10,39 €/mes en 2007)

ENTIDAD

PERSONAS ADSCRITAS

IMPORTES MENSUALES (€)

DE MUFACE

DE ISFAS

DE MUGEJU

POR COLECTIVO MUFACE

POR COLECTIVO DE ISFAS

POR COLECTIVO MUGEJU

ADESLAS

820

712

60

8.519,80

7.397,68

623,40

AEGÓN

0

0

0

0,00

0,00

0,00

ASISA

167

155

35

1.735,13

1.610,45

363,65

CASER

14

3

1

145,46

31,17

10,39

DKV SEGUROS

15

4

1

155,85

41,56

10,39

GROUPAMA

0

0

0

0,00

0,00

0,00

IG. DE SANTANDER

1.290

0

0

13.403,10

0,00

0,00

LA EQUITATIVA

0

0

0

0,00

0,00

0,00

MAPFRE-CAJA SALUD

13

6

6

135,07

62,34

62,34

TOTAL

2.319

880

103

24.094,41

9.143,20

1.070,17

Anexo IV

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el Anexo II, e importe que debe abonarse mensualmente a partir de enero de 2007 por cada uno de los colectivos (totalizados a 1 de mayo de 2006), a la Comunidad Autónoma de Cantabria

(Precio por persona = 0,88 €/mes en 2007)

ENTIDAD

PERSONAS ADSCRITAS

IMPORTES MENSUALES (€)

DE MUFACE

DE ISFAS

DE MUGEJU

POR COLECTIVO MUFACE

POR COLECTIVO DE ISFAS

POR COLECTIVO MUGEJU

ADESLAS

1.088

748

86

957,44

658,24

75,68

AEGÓN

3

0

0

2,64

0,00

0,00

ASISA

196

182

62

172,48

160,16

54,56

CASER

9

4

5

7,92

3,52

4,40

DKV SEGUROS

27

1

3

23,76

0,88

2,64

GROUPAMA

0

0

0

0,00

0,00

0,00

IG. DE SANTANDER

1.715

0

0

1.509,20

0,00

0,00

LA EQUITATIVA

0

0

0

0,00

0,00

0,00

MAPFRE-CAJA SALUD

19

6

7

16,72

5,28

6,16

TOTAL

3.057

941

163

2.690,16

828,08

143,44

Madrid, 25 de enero de 2007.-El Presidente de la Mutualidad General Judicial, Benigno Varela Autrán

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