Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-3716

Orden DEF/362/2007, de 6 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Analistas y Operadores de Laboratorio del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», mediante el sistema de concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal, en el ámbito del Ministerio de Defensa y sus organismos autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2007, páginas 7613 a 7617 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2007-3716

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 96/2006, de 3 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2006 define, en su artículo 11, los puestos de trabajo considerados empleo temporal de carácter consolidable. Asimismo establece que los procesos de consolidación de empleo temporal de naturaleza estructural y permanente podrán llevarse a cabo a través de convocatorias al efecto, exigiendo la autorización del Ministerio de Administraciones Públicas, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda. En consecuencia, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Analistas y Operadores de Laboratorio del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal en el ámbito del Ministerio de Defensa y sus Organismos Autónomos. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado núm. 48).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir tres plazas de la Escala de Analistas y Operadores de Laboratorio del INTA, Código 5321, por el sistema general de acceso libre.

Las plazas que se convocan en las presentes pruebas selectivas quedan distribuidas según se indica en el Anexo I.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará transcurridos cuatro meses, al menos, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachillerato-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790), que se facilitará gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas, www.map.es.

5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Defensa o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Defensa. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 5.3 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo V. 5.4 Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de especialización de las señaladas en la base específica 1 de esta convocatoria.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa, calle Juan Ignacio Luca de Tena, n.º 30, de Madrid, teléfono 91 205 40 76.

7. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 25 de enero de 2006 («Boletín Oficial del Estado» del 8 de febrero de 2006) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 17 de enero de 2006.

8. Superación del proceso selectivo

8.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 104.2 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, los funcionarios interinos que desempeñan los puestos de trabajo ofertados en la presente convocatoria cesarán en los mismos una vez que sean ocupados por los funcionarios de carrera de la Escala de Analistas y Operadores de Laboratorio del INTA.

8.2 Los funcionarios interinos del grupo C al servicio de la Administración del Estado que superen el proceso selectivo y no tomen posesión de la plaza obtenida cesarán en la plaza que ocupan interinamente, según Acuerdo de la Comisión Superior de Personal de 17 de julio de 1997, sobre proceso de consolidación de empleo temporal.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Defensa en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 6 de febrero de 2007.-El Ministro de Defensa, P. D. (Orden DEF/1612/2004, de 1 de junio), el Director General de Personal del Ministerio de Defensa, Vicente Salvador Centelles.

ANEXO I

Distribución territorial de las plazas objeto de la convocatoria afectadas por el proceso de consolidación de empleo temporal en el ámbito del Ministerio de Defensa

Localidad

N.º Plazas

Programa

Getafe (Madrid)

1

A

Madrid

2

B

ANEXO II Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases. Una fase de oposición y otra fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

1. Fase de oposición: constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios. Primer ejercicio: consistirá en un cuestionario de 65 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas la correcta, sobre el temario que figura en el Anexo III de esta convocatoria.

Para la realización del primer ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de sesenta minutos. Se calificará con un máximo de 65 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 32 puntos para superar el ejercicio en función del baremo que establezca el Tribunal. Este ejercicio será eliminatorio, de forma que sólo podrán realizar el segundo ejercicio quienes hayan obtenido al menos 32 puntos. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos a elegir entre cuatro propuestos por el Tribunal sobre el temario que figura en el Anexo III de esta convocatoria, constando cada supuesto de 10 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas la correcta. Para la realización del segundo ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de sesenta minutos. Se calificará con un máximo de 35 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 17,50 puntos para superar el ejercicio en función del baremo establecido por el Tribunal. No penalizarán las respuestas erróneas. Una vez superados los dos ejercicios, la calificación final de esta fase será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. Dicha fase podrá ser superada por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 6.3 y en aquellos otros lugares que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para presentar en el Registro General del Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana, 109), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la documentación acreditativa de los méritos alegados.

2. Fase de concurso: En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A. Los servicios efectivos prestados en el Ministerio de Defensa y sus Organismos Autónomos con vínculo de carácter temporal o interino, de acuerdo con la siguiente progresión: 1 año: 5,75 puntos.

2 años: 11,50 puntos. 3 años: 17,25 puntos. 4 años: 23 puntos. 5 años: 28,75 puntos. 6 años: 34,5 puntos. 7 años o más: 40 puntos.

La valoración de los servicios prestados como mérito en la fase de concurso únicamente se realizará si el aspirante tiene la condición de funcionario interino del grupo C en el Ministerio de Defensa y sus Organismos Autónomos, o la ha tenido en los últimos 3 años, a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los servicios prestados se valorarán teniendo en cuenta los años completos, con arreglo a las siguientes circunstancias:

Para el tiempo prestado como personal funcionario interino: Los servicios prestados con este carácter.

Para el tiempo prestado como personal laboral temporal: Los servicios prestados con este carácter, con excepción de los períodos de excedencia forzosa y suspensión de contrato, excepto por incapacidad temporal y maternidad.

B. La posesión de titulación académica superior a la exigida para la participación en las pruebas selectivas, 5 puntos.

Los funcionarios interinos del grupo C a que se refiere la letra A) del apartado 2 en caso de solicitar puntuación en la fase de concurso, deberán presentar certificación expedida por la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa. La certificación será expedida en el modelo que figura como Anexo VI a esta convocatoria, haciendo mención expresa, entre otros extremos, de lo siguiente:

La condición de funcionario interino del grupo C del aspirante, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o durante los tres años inmediatamente anteriores a esta misma fecha, siempre referido al ámbito señalado en la letra A) del apartado 2.

Antigüedad como personal laboral temporal o funcionario interino, referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Titulación académica que acredite previamente ante esa unidad.

La no presentación del Anexo VI o, en su caso, de los documentos justificativos de los méritos, por el aspirante, supondrá la no valoración en la fase de concurso del mérito correspondiente.

La lista provisional que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez finalizada la fase de oposición, en el lugar indicado en la base 6.3. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta relación provisional, para alegar las rectificaciones que estimen oportunas respecto a la puntuación otorgada en los méritos de la fase de concurso. El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

La mayor puntuación en la fase de oposición.

La mayor puntuación en el segundo ejercicio. La mayor puntuación en el primer ejercicio. La mayor puntuación en la fase de concurso. La mayor puntuación alcanzada en el mérito antigüedad.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

No podrá declararse que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. 3. Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar dicho conocimiento mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua. La prueba se calificará de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para poder realizar las pruebas de la fase de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del Diploma Básico del español como lengua extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Anexo III

Programa

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.

Tema 2. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos administrativos. Tema 3. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral. Tema 4. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales. Tema 5. El principio de igualdad de género: la igualdad de trato y la igualdad de oportunidades. Su tratamiento en el Derecho Comunitario y en la Constitución Española. Excepciones al principio general de igualdad: exclusión de determinadas actividades profesionales, protección específica de la maternidad y el embarazo, medidas de «acción positiva». Breve referencia a la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

Temas específicos

Programa A

Tema 1. Carburantes de aviación. Tema 2. Destilación de productos petrolíferos. Tema 3. Punto de inflamación en vaso cerrado ABEL. Tema 4. Densidad a 15 ºC con areómetro de productos petrolíferos. Tema 5. Punto de Cristalización. Tema 6. Corrosión del cobre por productos petrolíferos. Tema 7. Tiempo de filtración y materias sólidas en combustibles para turbinas de aviación. Tema 8. Aditivo antihielo en combustibles para turbinas de aviación. Tema 9. Conductividad eléctrica de combustibles para aeronaves. Tema 10. Gomas actuales en combustibles. Tema 11. Punto de inflamación en vaso abierto «CLEVELAND». Tema 12. Viscosidad cinemática. Tema 13. Punto de congelación de productos petrolíferos. Tema 14. PH. Tema 15. Contenido en agua KARL-FISHER.

Programa B

Tema 1. Material y aparatos de laboratorio. Tema 2. Sustancias químicas y preparación de disoluciones. Forma de calcular y expresar la concentración de las disoluciones. Tema 3. Unidades de medida y magnitudes: longitud, masa, tiempo, temperatura y humedad. Tema 4. Conceptos básicos en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales. Especial consideración de seguridad en laboratorios de ensayo. Tema 5. Clasificación e identificación de fibras textiles. Tema 6. Fibras naturales: animales, vegetales. Tema 7. Fibras químicas de polímero natural. Tema 8. Fibras químicas de polímero sintético. Tema 9. Propiedades químicas y físicas de las fibras textiles. Tema 10. Textiles. Código para etiquetado de conservación por medio de símbolos. Tema 11. Tejido a hilos formado por mezcla de fibras de distinta naturaleza. Análisis cuantitativo. Tema 12. Medida de la permeabilidad de un tejido. Permeabilidad al agua, al agua de lluvia y al aire. Tema 13. Determinación de acabados oleófugo, hidrófugo e hidrófilo de tejidos. Tema 14. El color en los tejidos. Determinación de coordenadas cromáticas. Diferencias. Tema 15. Análisis de polímeros por técnica de espectroscopía infrarroja por transformada de fourier.

ANEXO IV Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don Jaime Asensio Sierra, funcionario de la Escala de Científicos Superiores del INTA.

Secretaria: Doña M.ª Ángeles Martínez Gil, funcionaria del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales:

Doña Paloma Oliver Romero, funcionaria de la Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

Don Ignacio Somalo de Arcas, Alférez del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire. Don Alejandro Polo Ferrer, Teniente del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejécito.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Juan José Redondo Montoro, funcionario de la Escala de Científicos Superiores del INTA.

Secretaria: Doña M.ª Pura Martín del Álamo, funcionaria del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. Vocales:

Doña Cristina Ávila Arellano, funcionaria de la Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

Doña M.ª Dolores Beneroso Muñoz, Alférez del Cuerpo de Especialistas del Ejército del Aire. Don Rafael Ibáñez Gómez, Alférez del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO V

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Analistas y Operadores de Laboratorio del INTA», y en el recuadro correspondiente a código que figura a su lado «5321». En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura» se consignará el programa concreto al que desea presentarse de los recogidos en el Anexo I. En el recuadro 17, «Forma de acceso», los aspirantes que estén prestando servicios como funcionarios interinos en el grupo C en el Ministerio de Defensa consignarán necesariamente la letra »A». El resto de los aspirantes consignarán la letra «B». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Defensa». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará de las siguientes opciones el dígito que corresponda de acuerdo con la mayor titulación académica poseída:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años. Dígito «4»: Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 13,54 €.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182/2370/48/0201503641 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid