Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Convenio, cuyo texto figura a continuación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 7 de noviembre de 2006.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ESTE MINISTERIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, PARA EL DESARROLLO DEL PLAN AVANZA
En Madrid, a 19 de octubre de 2006.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.1 de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.
De otra parte, el Sr. Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, Don Ignacio González González, en representación de la misma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Con competencia en materia de radiodifusión, televisión y sociedad de la información y del conocimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 148/2004, de 21 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,
EXPONEN QUE
1. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.
2. El Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza a los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y el empleo», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de fin de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y el Empleo adoptadas por la Comisión Europea, en abril de 2005. Asimismo, el Plan i2010 señala la importancia de la adopción de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y la obligación de los Estados Miembros de elaborar un único informe anual donde se describan los progresos realizados en la ejecución de los Programas de Reformas Nacionales antes citados. 3. El Plan Avanza atiende a las recomendaciones que la Comisión de la SI y del Conocimiento del Senado dio traslado al Gobierno por unanimidad el 14 de junio de 2005 para la elaboración del Plan para el Desarrollo de la SI y de Convergencia con Europa. Igualmente el Plan recoge las sugerencias de la Ponencia que se constituyó al efecto en el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y de la SI (CATSI), mediante la que se articuló la participación del sector, de los agentes sociales y de las CC.AA. 4. El Consejo de Ministros del día 4 de noviembre de 2005 aprobó el Plan Avanza, uno de los ejes del Programa Ingenio 2010 puesto en marcha por el Gobierno para impulsar el I+D+i, con el objetivo de desarrollar la SI en España y la convergencia con Europa y entre nuestras Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía (CC.AA.). Asimismo, el Plan Avanza se orienta a conseguir la adecuada utilización de las TIC para contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la competitividad y la productividad, la promoción de la igualdad social y regional y la mejora del bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos. Este Plan se caracteriza por definir objetivos concretos, estar basado en la colaboración con las CC.AA. y disponer de los correspondientes mecanismos de evaluación y seguimiento. 5. La responsabilidad de la ejecución del Plan Avanza recae sobre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC) y, por ende, en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI), en colaboración con los Ministerios correspondientes en las materias de su competencia. En particular, en materia de Administración Electrónica, las actuaciones se llevarán a cabo, en coordinación con el Ministerio de Administraciones Públicas. La estrategia de ejecución del Plan Avanza parte del clima de consenso generado en torno a la radiografía de la situación actual y a la necesidad de alcanzar los niveles de desarrollo de la SI de los países más avanzados. Asimismo, se cuenta con el reconocimiento general de la importancia de la SI como instrumento clave para mejorar la productividad, la competitividad y la cohesión socioeconómica. Dicho consenso será capaz de movilizar al conjunto de agentes implicados -Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, Entidades Locales, sector privado, asociaciones y universidades- en torno a un método y a un proyecto común. Teniendo en cuenta la diversidad de los niveles de implantación de la Sociedad de la Información en cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, y respetando sus distintas aproximaciones para el impulso del desarrollo de la misma, el Plan Avanza propone un modelo de ejecución en cooperación, en el que, dentro de las líneas fijadas por el Gobierno en este Plan, se formalizarán Convenios Marco individuales con cada una de ellas en virtud de sus prioridades, definiendo el alcance de los objetivos perseguidos, las medidas a emprender y la estrategia de cofinanciación de las distintas actuaciones. Las actuaciones a desarrollar para alcanzar los objetivos del Plan Avanza se denominan «medidas» y se ejecutan de forma directa por parte de la Administración General del Estado o, en aquellas que se acuerde, de forma bilateral entre una Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del correspondiente convenio. 6. Las áreas de actuación contempladas en el Plan Avanza son:
1. Hogar e Inclusión de Ciudadanos, desarrollando medidas para garantizar la extensión del uso de las TIC en los hogares, asegurar la inclusión y ampliar los ámbitos de participación de los ciudadanos y las empresas en la vida pública.
2. Competitividad e Innovación, con medidas encaminadas a impulsar la adopción de soluciones tecnológicamente avanzadas por las PYMEs españolas y el desarrollo industrial del sector TIC. 3. Educación y Aprendizaje en la Era Digital, incorporando las TIC en el proceso educativo y de formación en general e incluyendo a todos los colectivos que en él participan. 4. Servicios Públicos Digitales, con medidas que permitan ampliar la oferta y calidad de los servicios prestados actualmente por las Administraciones Públicas, aumentar la calidad de vida, el crecimiento económico y la participación en la Sociedad de la Información. 5. El Nuevo Contexto Digital, que favorezca que las infraestructuras de banda ancha lleguen a todos los ciudadanos y empleados del país, se genere confianza en los ciudadanos y en las empresas en el uso de las nuevas tecnologías, se generalicen mecanismos de seguridad avanzados y se promuevan nuevos contenidos digitales.
7. Durante el año 2005 se han iniciado distintas actuaciones que se engloban también dentro del Plan Avanza, entre ellas los convenios específicos relativos a:
Internet en el Aula, donde se ha firmado un Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la entidad pública empresarial Red.es para la puesta en marcha del programa Internet en el Aula, el pasado 20 de abril de 2005.
Sanidad, donde se ha firmado un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la entidad pública empresarial Red.es para la puesta en marcha del Plan Avanza en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, el pasado 13 de octubre de 2005. 8. Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía vienen impulsando el desarrollo de la SI en sus ámbitos de competencia con diversas iniciativas, programas y actuaciones. El Plan Avanza pretende colaborar en el desarrollo de dichas actividades, en la medida que se estime conveniente, bien mediante su apoyo o bien mediante actuaciones complementarias que incrementen su alcance y su impacto, observando el vigente régimen competencial de las Administraciones Públicas. 9. La Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 148/2004 de 21 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica, es competente en materia de sociedad de la información y del conocimiento. 10. La Comunidad de Madrid ha hecho una apuesta decidida por las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación que se refleja en la puesta en marcha de su plan Madrid Comunidad Digital. Este plan contiene más de 200 medidas, todas ellas encaminadas a mejorar las condiciones de vida, y en definitiva, encaminadas a aumentar el bienestar de todos los madrileños, intentando además, evitar que se produzca una brecha digital. El Plan tiene tres ejes básicos: la Extensión de las infraestructuras avanzadas y la plena implantación de las Nuevas Tecnologías, el Fomento del Acceso a los Servicios de la Sociedad Digital y del Conocimiento mediante la Formación en NTICS, y el Desarrollo y Oferta de nuevos servicios públicos interactivos para los ciudadanos y las empresas. Por tanto, este Plan Avanza se constituye como un instrumento de apoyo más a este ambicioso objetivo que es el pleno desarrollo de la Sociedad de la Información. 11. En virtud del interés de las partes en cooperar por alcanzar conjuntamente los objetivos del Plan Avanza, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Comunidad de Madrid acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.-El presente Convenio marco tiene por objeto plasmar las condiciones con arreglo a las cuales se llevará a cabo la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Comunidad de Madrid para la realización de las actuaciones del Plan Avanza, con el fin de conseguir la adecuada utilización de las TIC, y así, contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la productividad y la competitividad, en la promoción de la igualdad social y regional, en la accesibilidad universal y en la mejora del bienestar y de la calidad de vida de los ciudadanos.
Es, asimismo, objeto de este Convenio Marco asumir el compromiso de rubricar el Convenio de e-Sanidad, así como aquellas otras actuaciones acordadas y de interés común, de carácter anual, que se incluirán como adendas al mismo. Estas actuaciones contribuirán de manera decisiva al cumplimiento de los fines perseguidos. De manera más específica, el Plan Avanza busca la consecución de un conjunto de objetivos estratégicos, definidos para cada una de las áreas de actuación en que se divide el Plan y alineados con la Agenda de Lisboa, que persiguen la convergencia con los países europeos más avanzados de nuestro entorno en materia de Sociedad de la Información, movilizando para ello el consenso necesario, teniendo en cuenta que la convergencia se tiene que producir también a nivel nacional entre las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. La cuantificación de estos objetivos se materializa en una serie de indicadores de impacto, sobre los que se establecen las metas para el 2010, a alcanzar al final del período de ejecución del Plan. Los destinatarios de las actuaciones previstas en este Plan son todos los habitantes, empresas e instituciones de la Comunidad de Madrid, pretendiéndose que se beneficien de la aplicación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos sociales y económicos, comprobando en una situación real las ventajas de la Sociedad de la Información, mediante la utilización de servicios avanzados de telecomunicaciones. Segunda. Desarrollo del Convenio.-La firma del presente Convenio marco posibilitará:
1. La definición del conjunto de medidas a incluir como adenda en el Convenio Marco durante la vigencia del mismo.
2. La ejecución de las actuaciones acordadas y de interés para ambas partes que serán cofinanciadas y tendrán carácter anual. 3. La puesta en marcha de las actuaciones que van a ser ejecutadas de forma directa por el Ministerio y que serán potenciadas por acciones de carácter complementario o de desarrollo ejecutadas por las CC.AA. 4. La suscripción de nuevos acuerdos para la ejecución de otras medidas de interés común que puedan ser consideras necesarias. 5. El desarrollo de convenios específicos, tales como eSanidad y otros similares que por su importancia y por la homogeneidad de las acciones que contienen se integran en este Convenio. En estos casos se encomendará a la entidad Red.es llevar a efecto la ejecución de las acciones definidas en los convenios específicos.
Tercera. Acuerdos sobre aportaciones de entidades locales al Convenio marco.-La Comunidad de Madrid, establecerá con entidades locales, cuando fuese necesario, los correspondientes convenios para llevar a cabo las aportaciones o actuaciones necesarias para la ejecución del Plan objeto de este Convenio.
La Comunidad de Madrid enviará una copia, cuando proceda, de los convenios con las entidades locales y de los documentos sobre dichos compromisos a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Cuarta. Coordinación y seguimiento del Convenio.-La Comunidad de Madrid, nombrará un Delegado del Convenio responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio Marco y de los adendas al mismo que se firmen. Este Delegado deberá ser uno de los vocales de la Comisión Bilateral que se constituirá en el marco de este Convenio. El Delegado del Convenio nombrará un responsable de la ejecución que será funcionario de la misma Comunidad Autónoma que éste y controlará aquellas actuaciones que se lleven a cabo de manera conjunta por las Administraciones Públicas. Cuando las actuaciones se realicen de manera directa e independiente por cada una de las Administraciones, éstas darán cuenta de los resultados al Delegado del Convenio que informará de la ejecución global y desarrollo del Convenio, tanto con informes trimestrales técnicos y económicos como en las reuniones de control y seguimiento del Convenio. Para la gestión del Convenio, se podrá contar con los servicios de consultoría y asistencia técnica de empresas, asociaciones o fundaciones, que se consideren necesarios. Los gastos de consultoría, asistencia técnica y otros gastos, correspondientes a la gestión del Convenio serán imputables al mismo. No serán imputables al Convenio los gastos de personal al servicio de las administraciones firmantes del presente Convenio, así como los realizados a tal efecto por dicho personal (viajes, dietas, etc.). Quinta. Desarrollo y financiación del Convenio marco.-El Convenio Marco se desarrolla mediante la realización de las adendas incluidas durante la vigencia del mismo, en los términos de la cláusula decimotercera, que será del 2006 al 2010. Dichas adendas incluirán una descripción de las actuaciones a desarrollar, así como la financiación correspondiente. Anexas a este Convenio Marco se incluyen las adendas, de las cuales se especifica su contenido y financiación, correspondientes al año 2006:
Medidas cofinanciables: ciudadanos y empresas.
Las aportaciones correspondientes al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se realizarán, directamente, o bien a través de la entidad pública empresarial Red.es, cuando existan a tal fin acuerdos o convenios previos, o se suscriban al efecto dentro del marco de las actuaciones contenidas en el presente Convenio. En el caso de que las actuaciones con aportación de las Administraciones Públicas se realizaran parcialmente o con un coste total de todas las actuaciones inferior al previsto, las aportaciones económicas totales de cada Administración Pública se reducirán proporcionalmente a las indicadas en este Convenio. El Delegado del Convenio enviará cada tres meses a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información los certificados y justificantes de gastos y pagos realizados en los tres últimos meses. Al final de Convenio Marco se realizará la liquidación sobre las bases anteriores, teniendo en cuenta las modificaciones que apruebe la Comisión Bilateral, incluyendo la reasignación de fondos entre las actuaciones o la ejecución de otras actuaciones que completen las programadas en el presente Convenio. Sexta. Contratos, convenios y otros acuerdos para la ejecución del Convenio.-El responsable de ejecución de cada una de las actuaciones establecerá los contratos, convenios, acuerdos, etc., necesarios para su ejecución, en la parte financiada por las Administraciones Públicas, con aplicación cuando proceda del Texto Refundido de la Ley de Contratos de dichas Administraciones en los términos de los artículos 11 y concordantes de dicha Ley. Los contratos que se establezcan con dichas entidades en el ámbito de este Convenio, deberán cumplir los principios de publicidad y concurrencia que rigen la contratación administrativa; que se señalan en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio. Cuando la Comunidad Autónoma / Ciudad con Estatuto de Autonomía firmante sea zona objetivo 1, los proyectos de infraestructuras de telecomunicaciones contenidos en este Convenio de colaboración, y/o cofinanciados por FEDER, deben cumplir los requisitos tanto de elegibilidad como de utilización, incluidos en la normativa de la UE sobre requisitos tales como el marco estratégico de despliegue de infraestructuras, idoneidad de las zonas geográficas elegidas, neutralidad tecnológica y acceso abierto a la utilización de infraestructuras y equipos tanto para los operadores como para los proveedores de servicios. Séptima. Instrumentos para el desarrollo del Convenio.
A) Mesa de Directores Generales.-Con el objetivo de conocer, analizar y, en su caso, reorientar el objeto de las medidas en curso se establecerá una Mesa de Directores Generales. Así mismo esta Mesa evaluará la importancia de los resultados que se vayan produciendo, identificando los beneficios.
La Mesa de Directores Generales estará compuesta por los siguientes miembros:
El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información que actuará como Presidente.
Los Directores Generales de las Consejerías competentes de cada Comunidad Autónoma, designados por el Consejero correspondiente en cada caso/ Ciudad con Estatuto de Autonomía. El Secretario de la Mesa de Directores Generales será un representante de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información. Los miembros de la Mesa podrán delegar su representación y voto. Los representantes de la Administración General del Estado podrán delegar en otra persona de esta misma Administración. Los representantes de la Administración Autonómica podrán delegar en otra persona de la misma Administración Autonómica. Esto será también válido para la sesión de constitución. La Mesa de Directores Generales, que tendrá la consideración de órgano colegiado y como tal se regirá por lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 30/1992 de RJAPPAC, se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, una vez al año.
B) Comisión Bilateral.-Con el fin de asegurar un adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del presente Convenio, de su ejecución y financiación, se establece una Comisión Bilateral cuyas funciones serán:
Realizar la supervisión y seguimiento de los trabajos y acciones contemplados en el presente Convenio, y su financiación.
Adaptar las actuaciones a ejecutar a las conclusiones y orientaciones de la Mesa de Directores Generales en el marco del este Convenio. Interpretar el contenido del presente Convenio y su aplicación. Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento de este Convenio o a su desarrollo, conforme a los intereses de las partes. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, que deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes.
La Comisión Bilateral estará compuesta por los siguientes miembros:
El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que presidirá la Comisión.
Un representante de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Un representante de la Delegación del Gobierno en Madrid Tres representantes de la Administración de la Comunidad de Madrid
Podrán asistir, en calidad de invitados, representantes de otras entidades participantes. El Secretario de la Comisión Bilateral, con voz pero sin voto, será un representante de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Los miembros de la Comisión, que serán designados específicamente en el seno de su organización, podrán delegar su representación y voto. Los representantes de la Administración General del Estado podrán delegar en otra persona de esta misma administración. Los representantes de la administración autonómica podrán delegar en otra persona de la misma administración autonómica. Los representantes de la administración local podrán delegar en otras personas de cualquier administración local que participe en los Proyectos. Asimismo el presidente podrá delegar en otro miembro de su misma Dirección General. Esto será también válido para la sesión de constitución. La representación de las corporaciones locales implicadas se recogerá en los convenios de la Comunidad de Madrid con dichos entes locales. La Comisión Bilateral, que tendrá la consideración de órgano colegiado y como tal se regirá por lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 30/1992 de RJAPPAC se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, dos veces al año. La Comisión Bilateral aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Convenio que se planteen en su ejecución relativas a:
Variación en las cantidades asignadas a cada actuación hasta un 30% de la asignación inicial.
La incorporación de una nueva medida al Convenio Bilateral durante su vigencia, que se articulará como una adenda al mismo.
Dichas modificaciones deberán ser ratificadas por los firmantes del Convenio.
La Comisión Bilateral servirá de órgano de intercambio de la información general sobre estrategias y medidas que las partes están llevando a cabo para el desarrollo de la SI, independientemente de que estén o no incluidas en el Convenio Bilateral. Octava. Contenido del Convenio.-Se consideran incluidas en el Convenio todas las actuaciones que figuran en las adendas. Las actuaciones se circunscribirán a la Comunidad de Madrid. Podrán incluirse como gastos imputables al Convenio los costes de adquisición de equipos, programas y sistemas electrónicos, informáticos y de telecomunicaciones, así como el material fungible, y los costes de los servicios de telecomunicaciones correspondientes al Convenio. No se podrán incluir como gastos imputables al Convenio los costes de compra o edificación de inmuebles, adecuación, restauración, reformas, etc., el alquiler de los mismos, los costes de mobiliario, enseres e instalaciones (excepto las de telecomunicaciones), ni los gastos generales de mantenimiento y de operación (limpieza, electricidad, etc.). Las áreas de actuación susceptibles de la realización de convenios son las siguientes:
1. Hogar e Inclusión de Ciudadanos, desarrollando medidas para garantizar la extensión del uso de las TIC en los hogares, asegurar la inclusión y ampliar los ámbitos de participación de la los ciudadanos y las empresas en la vida pública.
2. Competitividad e Innovación, con medidas encaminadas a impulsar la adopción de soluciones tecnológicamente avanzadas por las PYMEs españolas y el desarrollo industrial del sector TIC. 3. Educación y Aprendizaje en la Era Digital, incorporando las TIC en el proceso educativo y de formación en general e incluyendo a todos los colectivos que en él participan. 4. Servicios Públicos Digitales, con medidas que permitan ampliar la oferta y calidad de los servicios prestados actualmente por las Administraciones Públicas, aumentar la calidad de vida, el crecimiento económico y la participación en la Sociedad de la Información. 5. El Nuevo Contexto Digital, que favorezca que las infraestructuras de banda ancha lleguen a todos los ciudadanos y empleados del país, se genere confianza en los ciudadanos y en las empresas en el uso de las nuevas tecnologías, se generalicen mecanismos de seguridad avanzados y se promuevan nuevos contenidos digitales.
Novena. Información, documentación y revisión de las actividades.-Las Administraciones firmantes del presente Convenio, podrán requerir en cualquiera de las fases del Convenio (definición del pliego de especificaciones, convocatoria de concurso, adjudicaciones, contrataciones, convenios, acuerdos, seguimiento y recepción de obra, etc.) toda la información y documentación elaborada en relación con el mismo, así como la revisión de las actividades previstas o en ejecución.
Asimismo, los órganos competentes suministrarán la información y documentación indicada, y proporcionarán cuanto sea necesario para la revisión de dichas actividades. Toda la documentación generada por la realización del Convenio estará a disposición del Tribunal de Cuentas del Estado, de la Intervención General del Estado, del Congreso, Senado, Comisión de la Unión Europea o cualquier organismo competente que la solicite. También estará a disposición de la Cámara de Cuentas, Intervención General de la comunidad de Madrid, Asamblea de Madrid o cualquier otro órgano competente que la solicite. Cuando se produzca algún hecho de consideración que pueda afectar al cumplimiento del calendario de las aportaciones o a la ejecución prevista del Convenio, la parte firmante responsable lo comunicará a la otra para su análisis en la Comisión Bilateral. Décima. Disponibilidad del contenido de este convenio y de sus resultados como demostradores, para su difusión.-El contenido de este Convenio podrá ser utilizado por las Administraciones firmantes para otras iniciativas, proyectos, convenios y todas aquellas iniciativas que supongan un buen uso del mismo. Undécima. Referencia a las Administraciones.-En todas las actividades y resultados objeto de este Convenio será obligatorio incluir y citar sin distinción a las Administraciones firmantes del mismo. Duodécima. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-El presente Convenio de colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1. c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicho Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión Bilateral. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Decimotercera. Entrada en vigor.-El presente Convenio comenzará a producir efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010. El desarrollo de las actuaciones para los ejercicios siguientes queda supeditado a la existencia de los créditos correspondientes en los presupuestos generales de las Administraciones y se instrumentarán en adendas al Convenio Marco. Decimocuarta. Causas de resolución y efectos de la misma.-El presente Convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o impidan el cumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de dos meses.
En el supuesto de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente u otras causas distintas a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento sobre las bases indicadas en la cláusula quinta, sin interrumpir la marcha de aquellas actuaciones que se hallaran en ejecución hasta su completa terminación.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.-Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, Ignacio González González.
ANEXOS AL CONVENIO AÑO 2006
Anexo n.º 1. Medidas cofinanciables: ciudadanos y empresas.
En los anexos de este Convenio se hace una descripción detallada de las actuaciones, especificadas y cuantificadas que se realizarán por ser objeto del Convenio para el año 2006.
Serán imputables al presente Convenio las inversiones realizadas en el desarrollo de las actuaciones, recogidas en el mismo, durante 2006.
ANEXO N.º 1
Medidas cofinanciables: ciudadanos y empresas
El presupuesto de este anexo del Convenio es de 6.692.359 € (seis millones seiscientos noventa y dos mil trescientos cincuenta y nueve euros). La aportación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como la de la Comunidad de Madrid serán las siguientes que correspondan al conjunto de actuaciones descritas en la adenda.
2006 |
|
Financiadores |
Aportaciones económicas - Euros |
MITYC |
2.657.858 |
Comunidad de Madrid |
4.034.501 |
Total Administraciones Públicas |
6.692.359 |
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad de Madrid los fondos de cofinanciación correspondientes, 2.657.858 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006.
El período de ejecución de las medidas previstas en esta Adenda abarcará durante el año 2006.
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES
CIU.05 Inclusión de ciudadanos con necesidades especiales en la si (mayores, personal recluso, uso de las tic en el sector terciario, accesibilidad y discapacidad)
Actuación 1. Adaptación de CAPIS a Discapacitados
1. Descripción.-Dentro del capítulo de inclusión de ciudadanos con necesidades especiales en la Sociedad de la Información, desde la Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, se han puesto en marcha actuaciones en un doble aspecto.
Con el fin de acercar las Nuevas Tecnologías a colectivos discapacitados, se realiza una importante labor de apoyo a la integración de los colectivos discapacitados a la Sociedad de la Información a través de adaptación tecnológica de los Centros de Acceso Público a Internet para asegurar condiciones de accesibilidad y el Desarrollo de Programas e alfabetización digital a través de los Centros de Acceso Público a Internet vinculados a personas con algún tipo de discapacidad física, psíquica, sensorial o mental, velando por el ejercicio de sus derechos y promoviendo la mejora de su calidad de vida. Esta labor se suma a la que también realizan los Centros de Acceso Público a Internet de orientación genérica en el ámbito de integración de otros colectivos desfavorecidos tales como desempleados mayores de 45 años o menores de 25, personas con discapacidad, inmigrantes regularizados y otros colectivos en riesgo de exclusión social o con especiales dificultades de acceso a los servicios que provee la sociedad de la información.
2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.
Facilitar el acceso de los discapacitados a las nuevas tecnologías.
Integrar a colectivos desfavorecidos en la Sociedad de la Información. Hacer plenamente accesibles los Centros de Acceso Público a Internet. Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos discapacitados.
3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Usuarios discapacitados.
Actuaciones de alfabetización orientadas a discapacitados.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
50.000 |
2.540.303 |
2.590.303 |
Programas de inclusión de ciudadanos con necesidades especiales en la Sociedad de la Información realizado por Centros de Acceso Público a Internet gestionados por asociaciones vinculadas a discapacitados.
Adaptación tecnológica de los Centros de Acceso Público a Internet para asegurar condiciones de accesibilidad.
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
||
Comunidad de Madrid |
2.590.303 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.
7. Periodo de ejecución.-Durante el año 2006.
Actuación 2. Alfabetización Digital para Personas con Discapacidad
1. Descripción-El proyecto consiste en la formación para el uso del ordenador y el acceso a Internet a personas con discapacidad física gravemente afectadas.
Sus grandes limitaciones requieren ayudas técnicas, programas y métodos de aprendizaje muy especializados e individualizados. Se lleva en grupos pequeños y alcanza cada año entre 50 y 60 usuarios. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Su objetivo es que las personas con discapacidad, más gravemente afectadas no queden excluidas de la sociedad de la información. Son precisamente estas personas las que pueden obtener más beneficios de la utilización de nuevas tecnologías, como ayudas para la independencia en su vida diaria, para la información y la participación. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Número de usuarios que reciben la formación.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
60.000 |
- |
60.000 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
||
Comunidad de Madrid |
60.000 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Dirección General de Servicios Sociales.
7. Periodo de ejecución.-Años 2006-2009.
Actuación 3. Biblioteca Pública para Internautas
1. Descripción.-Web para lectores, en la que, de acuerdo con diferentes perfiles (niños, adolescentes, personas mayores, profesionales, discapacitados, inmigrantes, etc.) se puede encontrar:
Gestionar servicios como la solicitud de carné, la reserva de documentos, la renovación de un préstamo, reserva de entrada para actividades de la biblioteca, pedir libros para su adquisición.
Consulta de publicaciones digitales y de guías de recursos en Internet. Servicio de orientación para la lectura. Formación de usuarios. Actividades de fomento de la lectura en la página Web, como talleres de literatura y escritura, foros de discusión, tertulias (chats) con autores, juegos para niños, concursos y espacios de opinión, selecciones de lectura fácil para discapacitados o personas que están aprendiendo español, etc. Información multilingüe para inmigrantes. Y, por supuesto, toda la información sobre la localización y actividades de las bibliotecas públicas.
2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Fundamentalmente dos:
Ofrecer información y gestión de servicios de las bibliotecas públicas «del mundo real» a través de Internet, que es el medio en que, cada vez más, se utiliza para realizar cómodamente gestiones y ahorrar tiempo y desplazamientos.
Ofrecer servicios de lectura pública y actividades de fomento de la lectura ajustadas a las necesidades de aquellos que suelen utilizar Internet como fuente principal de información y de espacio de ocio.
3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Evolución de las consultas realizadas.
Distribución de los usuarios por edad, ocupación y lengua utilizada. Índice de utilización de los servicios. N.º de participantes en las actividades. N.º de sugerencias de mejora. N.º de reclamaciones.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
30.000 |
- |
30.000 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
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Euros |
||
Comunidad de Madrid |
30.000 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Subdirección General de Bibliotecas.
7. Periodo de ejecución.-2006 / 2007.
Actuación 4. Impulso de la Firma Electrónica desde las Oficinas de Atención al Ciudadano
1. Descripción.-Impulsar y promocionar la utilización de la firma electrónica a través del proyecto «Seguridad en la red: firma electrónica».
2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Se pretende favorecer el acercamiento de la Administración Regional a los ciudadanos, facilitando las relaciones a través de Internet entre los madrileños y su Comunidad, así como garantizar la seguridad en la tramitación on-line de procedimientos administrativos tanto por particulares como por empresas. La Comunidad de Madrid ofrece la posibilidad de realizar vía Internet un gran número de servicios y trámites administrativos:
Presentar solicitudes y formularios sobre procedimientos administrativos.
Realizar pagos de tasas y precios públicos. Gestión integral de tributos sobre el juego. Consultar la situación de los expedientes. Consultar la situación de pagos a realizar por la Comunidad de Madrid.
Las gestiones para la obtención de la Firma electrónica y el correspondiente Certificado Digital, acreditativo de la misma, deben realizarse ante una Autoridad de Certificación reconocida oficialmente.
En particular, para la obtención del Certificado de Clase 2 de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, una vez realizada la solicitud vía Internet, deberá acreditar su identidad en una oficina de registro. La Comunidad de Madrid pone a disposición de los ciudadanos Oficinas de Registro para realizar esta gestión.
3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Evolución del número de altas de contratos de firma digital desde las Oficinas de Atención al Ciudadano.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
48.000 |
- |
48.000 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
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Comunidad de Madrid |
48.000 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano. Consejería de Presidencia.
7. Periodo de ejecución.-2006.
Actuación 5. Digitalización de Centros de Atención Social y de Integración de Inmigrantes
1. Descripción.-Dotación de ordenadores y aulas informáticas con conexión a Internet en 10 CEPI y en 19 CASI.
Madrid cuenta con una población extranjera de más de 900.000 personas. En muchas ocasiones la población inmigrante que llega a la Comunidad de Madrid presenta una serie de necesidades especiales que tienen una mayor intensidad en sus primeros momentos de estancia en nuestro país. Estas necesidades especiales tienen que ver con la separación del grupo familiar y social de origen, con el choque cultural, con los hábitos de vida diferentes y con el desconocimiento del funcionamiento de los servicios e instituciones públicas, políticas, económicas, sociales y culturales. A todo ello hay que añadir también en muchos casos el desconocimiento del idioma. Con el objetivo de ofrecer atención social a la población inmigrante, el Gobierno regional ha puesto en funcionamiento los Centros de Atención Social a Inmigrantes (CASI), que son dispositivos que complementan la atención básica de Servicios Sociales Generales de los ayuntamientos para facilitar la integración social de las personas inmigrantes que llegan a nuestra comunidad en situación de especial vulnerabilidad y que precisan de una intervención social de mayor intensidad de forma integral. Una de las demandas prioritarias de la población inmigrante es conseguir un empleo en nuestra sociedad teniendo en cuenta que son mayoritariamente inmigrantes económicos que tienen necesidad inmediata de disponer de unos ingresos imprescindibles para su subsistencia. La revolución tecnológica, la globalización económica y el cambio cultural están transformando profundamente el concepto y la organización del trabajo lo que exige la adaptación de los recursos y dispositivos de apoyo social y laboral a esta realidad. Desde estos Centros se facilita el acceso al empleo de las personas inmigrantes con de superar las barreras dificultan el acceso a un empleo. Por otro lado, la nueva situación migratoria, así como las características de la población inmigrante que ha pasado los primeros momentos de vulnerabilidad social más extrema, obliga a plantear nuevos Centros, ampliando sus actividades grupales y comunitarias, con el objetivo de desarrollar actuaciones de sensibilización y participación que permitan un mayor conocimiento y acercamiento entre la población autóctona y la población inmigrante. Por otra parte, surgen nuevos retos que implican el desarrollo de nuevas actuaciones acordes a las necesidades emergentes. En el marco de la participación y la gestión de la diversidad, desde el Plan de Integración 2006-2008 de la Comunidad de Madrid se apuesta por la vía de la interculturalidad, con el fin de fomentar el enriquecimiento social y cultural de la Comunidad de Madrid, basándose en el respeto a la diferencia y el fomento y apertura de espacios que permitan el encuentro entre la población inmigrante y autóctona. Este encuentro será factible de manera particular en los Centros de Participación e Integración de Inmigrantes (CEPI) que desde la Consejería de Inmigración de la Comunidad de Madrid se están poniendo en funcionamiento en distintos municipios y distritos. Los Centros de Participación e Integración de Inmigrantes (CEPI) de la Comunidad de Madrid supondrán un paso más para favorecer la participación y el encuentro de las personas que residen en la Comunidad de Madrid, independientemente de su lugar de origen. Los Centros de Participación e Integración de Inmigrantes (CEPI) son recursos públicos de acceso directo que representan a las diferentes nacionalidades con mayor presencia en la Comunidad y tienen como finalidad la promoción del bienestar de la población inmigrante y autóctona, a través de actuaciones que favorecen la convivencia intercultural y que contribuyen al conocimiento mutuo, el respeto y la tolerancia. A estos Centros acuden numerosos inmigrantes y la inclusión de las nuevas tecnologías en los mismos tiene una importante incidencia en la población extranjera residente en la Comunidad. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.
Superar las barreras tecnológicas que presenta parte de la población inmigrantes en nuestra comunidad y que dificultan su integración en nuestra sociedad.
Poner a su alcance equipos informáticos que les permita el acceso a la información, recursos y conocimientos para su mejor manejo en nuestra sociedad.
3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
N.º de personas que acuden al centro solicitando la utilización de las salas de informática.
N.º de inscripciones en cursos de informática. N.º de personas que utilizan Internet para la búsqueda de empleo.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
CC.AA. - Euros |
Total - Euros |
|
50.000 |
- |
50.000 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
||
CC.AA. |
- |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Consejería de Inmigración.
7. Periodo de ejecución.-2006.
Actuación 6. Plan de Fomento de la T-Administración (TDT)
1. Descripción.-Extensión de la TDT a todos los ciudadanos con el fin de facilitar el acceso a nuevos servicios interactivos, y más concretamente, a la T-Administración, que permitirá la realización de gestiones y trámites ante la Administración desde el hogar, así como el acceso a numerosas fuentes de Información Administrativa, y especialmente a la página Web de la Comunidad de Madrid (Madrid.org).
2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Extensión de la TDT y sus nuevos servicios interactivos a todos los ciudadanos. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Grado de penetración de la TDT en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Porcentaje de hogares adaptados para la recepción del servicio de TDT.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
CC.AA. - Euros |
Total - Euros |
|
1.315.535 |
- |
1.315.535 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
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CC.AA. |
1.315.535 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Secretaría General del Consejo de Gobierno (Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno).
7. Periodo de ejecución.-2006-2007.
Actuación 7. Teleasistencia Domiciliaria
1. Descripción.-Puesta en funcionamiento de un sistema de atención domiciliaria permanente a través de terminal telefónico para personas en situación de riesgo por razones de edad o discapacidad.
El sistema se presta 24 horas al día los 365 días el año. El Servicio se estructura en Centros de Atención de Recepción de llamadas y activación de recursos, unidades móviles de intervención presencial y un terminal personalizado de activación de la llamada de emergencia. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Su objetivo es garantizar a las personas mayores que se encuentren solas o con autonomía limitada un cauce directo y automático de ayuda en situaciones de emergencia. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Número de usuarios perceptores del servicio.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
100.000 |
- |
100.000 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
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Comunidad de Madrid |
100.000 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Dirección General del Voluntariado y Promoción Social.
7. Periodo de ejecución.-Años 2006-2009.
Actuación 8. Web de Accesibilidad y Supresión de Barreras
1. Descripción.-Mejora y ampliación de las funcionalidades de la página Web del Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras.
2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.
Facilitar al ciudadano la información relativa a la normativa de accesibilidad y ayudas técnicas.
Conseguir una mayor interactividad entre el ciudadano y el Consejo. Ofrecer la posibilidad al ciudadano de comunicar al Consejo las posibles infracciones en materia de accesibilidad.
3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Porcentaje de accesos a la página con periodicidad mensual y anual.
Número de denuncias y consultas realizadas por los ciudadanos.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
40.000 |
- |
40.000 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
||
Comunidad de Madrid |
40.000 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Subdirector General de Arquitectura.
7. Periodo de ejecución.-Año 2006 / 2007.
EMP.09 Soluciones sectoriales para PYMEs
Actuación 9. Implantación de Nuevas Tecnologías en las PYMEs
1. Descripción.-Se pretende apoyar el desarrollo e implantación de aplicaciones y soluciones que actúen como motor de cambio para la inclusión de la PYME en la Sociedad de la Información, aplicando un enfoque sectorial, que acerque la tecnología a las necesidades de negocio particulares de cada sector.
2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.
Potenciar divulgación y difusión de los beneficios asociados a la incorporación a la Sociedad de la Información y de las ayudas dispuestas desde la Administración para incentivar la incorporación de las TIC en las empresas.
Mejorar la competitividad y la productividad de las PYMEs mediante el apoyo a la innovación y al uso de las nuevas tecnologías.
3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Empresas con ordenador.
Empresas con conexión a Internet. Empresas con acceso a Internet a través de banda ancha. Empresas con página Web propia. Empresas que han comprado por Internet.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias:
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
564.323 |
1.410.121 |
1.974.444 |
Son actuaciones respecto del sector comercio de la Comunidad de Madrid, sector de especial importancia para la economía madrileña. 5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
||
Comunidad de Madrid |
1.974.444 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.
7. Periodo de ejecución.-Durante el año 2006.
Actuación 10. Programa de Fomento de las Nuevas Tecnologías en el Sector Audiovisual
1. Descripción.-Fomento de la utilización de las Nuevas Tecnologías de la Sociedad de la Información y el Conocimiento en todos y cada uno de los elementos que forman parte de la cadena de valor del Sector Audiovisual, permitiendo una integración homogénea de todo el Sector, así como el desarrollo de iniciativas no solo audiovisuales, sino de todas las actividades auxiliares que son necesarias para el adecuado crecimiento del mismo.
2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Conseguir que el Sector Audiovisual de la Comunidad de Madrid, incluidas las actividades auxiliares del mismo, utilicen de forma generalizada y prioritaria las Nuevas Tecnologías en todos los ámbitos de su actividad. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Grado de Adaptación y Utilización de las Nuevas Tecnologías en el Sector Audiovisual de la Comunidad de Madrid.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
400.000 |
- |
400.000 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
||
Comunidad de Madrid |
400.000 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Secretaría General del Consejo de Gobierno (Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno).
7. Periodo de ejecución.-2006-2007.
Actuación 11. Implantación del Sistema SAP SRM para el Portal Web para Atención de Proveedores
1. Descripción.-Desarrollo de un portal dirigido a los posibles proveedores del Canal de Isabel II, con el objeto de mantener actualizados los catálogos de sus productos, comunicarles las necesidades de materiales y suministros, recibir sus propuestas y mantenerles informados de las gestiones de las facturas remitidas.
2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Facilitar la comunicación a los proveedores del Canal de Isabel II y agilizar los procesos de aprovisionamiento. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Número de Proveedores Registrados en el Portal.
Importe anual de compras gestionadas a través del Portal. Número de visitas del Portal.
4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
|||
MITYC - Euros |
Comunidad de Madrid - Euros |
Total - Euros |
|
- |
84.077 |
84.077 |
5. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
||
Euros |
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Comunidad de Madrid |
84.077 |
6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Canal de Isabel II.
7. Periodo de ejecución.-2006.
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