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Documento BOE-A-2007-4051

Orden CUL/399/2007, de 6 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Transición Política Española.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2007, páginas 8179 a 8180 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2007-4051

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don José Luis de Zavala Richi, solicitando la inscripción de la Fundación Transición Política Española, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, así como la inscripción de la delegación de facultades en el Presidente don José Luis de Zavala Richi,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Fernando Eguidazu Palacios, don José Luis del Valle Pérez, don Rafael Arias-Salgado Montalvo, don José Luis de Zavala Richi, don Carlos Bustelo García del Real, don Enrique Sánchez González, don Daniel de Busturia Jimeno, don Antonio Gracia Bello, don Pedro Antonio Martín Marín, don Emilio Lamo de Espinosa Michels de Champourcin, don Antonio José Vázquez Álvarez, don Charles Powell Solares, don Jaime Lamo de Espinosa Michels de Champourcin, don Rodolfo Martín Villa, don Luis Alberto Salazar-Simpson Bos, don Florentino Pérez Rodríguez, don José Pedro Pérez-Llorca Rodrígo y don Luis María Linde de Castro, en Madrid, el 15 de enero de 2007, según consta en la escritura pública número ciento treinta y cuatro, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don José Manuel Rodríguez-Escudero Sánchez. En la escritura de constitución, el Patronato de la Fundación que se constituye acuerda la delegación de facultades a que antes se ha hecho referencia. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Tilos, 17 (Monteclaro) de Pozuelo de Alarcón, Madrid 28223, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de cincuenta y un mil euros (51.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: La conservación, divulgación y defensa de los valores y principios que hicieron posible la transición a la democracia en España, uno de los logros colectivos más importantes y exitosos de nuestra historia contemporánea. A tal fin, la Fundación impulsará o participará en toda actividad o iniciativa que tenga como propósito un mejor conocimiento de dicho proceso histórico por parte de la sociedad española, así como de sus antecedentes y consecuencias. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don José Luis de Zavala Richi, Vicepresidente: Don Fernando Eguidazu Palacios, Director: Don Charles Powell Solares, Vocales: Don Rafael Arias-Salgado Montalvo, don Carlos Bustelo García del Real, don Emilio Lamo de Espinosa Michels de Champourcin, don Luis María Linde de Castro, don José Pedro Pérez-Llorca Rodrígo y don José Luis del Valle Pérez, Secretario no patrono: Don Antonio José Vázquez Álvarez. En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica del Departamento las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo. Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero. Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Transición Política Española en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura. Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Transición Política Española, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Tilos, 17 (Monteclaro) de Pozuelo de Alarcón, Madrid 28223, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir la delegación de facultades en el Presidente don José Luis de Zavala Richi, según consta en la escritura otorgada el 15 de enero de 2007 ante el notario de Madrid don José Manuel Rodríguez-Escudero Sánchez, número ciento treinta y cuatro.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 6 de febrero de 2007.-La Ministra de Cultura. P. D.: (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), la Secretaria General Técnica del Ministerio de Cultura, María Concepción Becerra Bermejo.

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