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Documento BOE-A-2007-4347

Resolución de 9 de febrero de 2007, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad a la Addenda al Convenio de colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III, la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la constitución y desarrollo de una unidad docente con el fin de formar médicos especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2007, páginas 8858 a 8859 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-4347

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 2 de enero de 2007, Addenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III, la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la constitución y desarrollo de una unidad docente en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha con el fin de formar médicos especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de febrero de 2007.-El Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, José Martínez Olmos.

ANEXO Addenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III, la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la constitución y desarrollo de una unidad docente en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha con el fin de formar médicos especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública

En Toledo, a 2 de enero de 2007.

REUNIDOS

El Sr. D. Francisco Gracia Navarro, Director General del Instituto de Salud Carlos III, Organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 1345/04, de 28 de mayo («Boletín Oficial del Estado» n.º 130, del 29 de mayo), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto de Salud Carlos III, con domicilio en calle Sinesio Delgado, 6, de Madrid, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo y por el Real Decreto 375/2001 por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado por el Real Decreto 590/2005, de 6 de abril.

El Excmo. Sr. D. Roberto Sabrido Bermúdez, Consejero de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en nombre y representación de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en su calidad de consejero, en virtud de lo establecido en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como en los artículos 65 y 69 de la Ley 8/2000, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha. El Ilmo. Sr. D. Joaquín Chacón Fuertes, Director Gerente del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, en adelante SESCAM, CIF: Q4500146H, en representación de este Organismo y en ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 4 del Decreto 1/2002 de 08-01-2002 de Estructura y Funciones de los Servicios Centrales y Periféricos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). Todos los comparecientes intervienen en virtud de la representación que por sus cargos ostentan y se reconocen plena capacidad jurídica y de obrar para otorgar la presente Addenda en la que

MANIFIESTAN

I. Que con fecha 6 de marzo de 2006 las citadas entidades firmaron el convenio de referencia.

II. Que en la Estipulación Décima del citado convenio se estableció una Comisión de Seguimiento del Convenio, integrada por el Director General del Instituto de Salud Carlos III, la Directora General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Sanidad y el Secretario General del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para el seguimiento, interpretación, modificación, renovación, revisión o denuncia del mismo. Dicha comisión se reunirá cada año para analizar la oferta de plazas a incluir en cada convocatoria o cuando lo solicite uno o varios de sus integrantes. III. Que, a petición del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, se reunió la comisión el 27 de marzo del presente año, para estudiar la revisión del convenio propuesta por dicha entidad. IV. Que estudiada y debatida la propuesta, esta fue aprobada por las partes intervinientes, por lo que dichas modificaciones han de quedar reflejadas en el contenido del convenio, mediante una Addenda al mismo, según lo dispuesto en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Cláusula Segunda, en el apartado correspondiente a «Por la Administración Sanitaria Pública de Castilla-La Mancha», en su punto 2, queda redactada de la siguiente forma: «El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de Sanidad, a través de sus estructuras centrales y funcionales en las que se integran los niveles asistenciales de atención primaria y especializada que se corresponden con los recursos acreditados en su momento por parte de la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública para impartir el programa formativo de la especialidad y que son pertenecientes a las Gerencias de atención especializada, primaria y urgencias y emergencias, dispositivos que asumen responsabilidades en la formación de estos residentes y, en concreto, en la actualidad, los que a continuación se relacionan: Los Servicios Centrales del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

Las Gerencias de Atención Primaria de Toledo, Talavera de la Reina (Toledo), Guadalajara, Albacete y Ciudad Real. Los siguientes Centros Hospitalarios: Complejo Hospitalario de Toledo, Complejo Hospitalario Universitario de Albacete, Hospital Universitario de Guadalajara, Hospital Nuestra Señora del Prado de Talavera de la Reina (Toledo), Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo y Complejo Hospitalario de Ciudad Real, con sus Servicios de Medicina Preventiva y los referentes a administración, gestión y calidad de la atención especializada.»

Segunda.-La Cláusula Cuarta, queda redactada de la siguiente forma:

«Sin perjuicio de los órganos colegiados o individuales que, según la legislación vigente tienen responsabilidades docentes, son dispositivos de esta Unidad docente los que estén acreditados en su momento por la Comisión Nacional de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública, previa solicitud de acreditación al Ministerio de Sanidad, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento. Los acreditados en la actualidad son los siguientes: El Instituto de Salud Carlos III a través de la Escuela Nacional de Sanidad, donde se impartirá el Curso Superior en Salud Pública, cuya duración será de 900 horas y del conjunto de sus centros para la formación en investigación.

Los Servicios Centrales del SESCAM. Complejo Hospitalario de Toledo, Complejo Hospitalario Universitario de Albacete, Hospital Universitario de Guadalajara, el Hospital Nuestra Señora del Prado de Talavera de la Reina (Toledo), el Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo y el Complejo Hospitalario de Ciudad Real, con sus Servicios de Medicina Preventiva, en los que se impartirían los 12 meses correspondientes a la rotación en centros de atención especializada de la segunda etapa formativa, relativa a la formación en Medicina Preventiva Hospitalaria, así como los contenidos referentes a administración, gestión y calidad en atención especializada. Las Gerencias de Atención Primaria de Toledo, Talavera de la Reina (Toledo), Guadalajara, Albacete y Ciudad Real y sus centros de salud acreditados, que se encargarían de los 6 meses correspondientes a la rotación en unidades y centros de atención primaria de la segunda etapa formativa. El siguiente Centro de Investigación:

Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo. Las siguientes Unidades Administrativas de Salud Pública, donde se desarrollará la etapa de 15 meses de formación en unidades administrativas con funciones de salud pública: La Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Sanidad, a través de sus servicios centrales y provinciales.

El Instituto de Ciencias de la Salud de Castilla-La Mancha».

Tercera.-El resto del convenio mantiene su redacción anterior.

Y en prueba de conformidad con el contenido de la presente Addenda, firman las personas antedichas, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Consejero de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Roberto Sabrido Bermúdez.-El Director Gerente del SESCAM, Joaquín Chacón Fuertes.-El Director del Instituto de Salud Carlos III, Francisco Gracia Navarro.

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