La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, en Sentencia de 10 de noviembre de 2005, declarada firme el día 22 de noviembre de 2006, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Isidro Andrés Merino, con DNI número 39.028.625, adscrito a la plantilla de la Comisaría Local de Sabadell (Barcelona), como autor de un delito de homicidio imprudente, además de otras, a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de policía por el tiempo de tres años. Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.2, párrafo segundo, del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, según redacción dada por el artículo 105, dos, de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, «... se pierde la condición de funcionario cuando recaiga pena principal o accesoria de inhabilitación especial en el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo o empleo relacionado con esta condición, especificado en la sentencia». Esta Secretaría de Estado dispone:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Isidro Andrés Merino, Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como la incapacidad obtenerla durante el tiempo de la condena.
Madrid, 19 de febrero de 2007.-El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.
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