Visto el expediente de indulto de don Andrés Alejandro Porres del Mazo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de La Rioja, sección primera, en sentencia de 17 de julio de 1997, como autor de un delito de robo con intimidación, a la pena de tres años y seis meses de prisión, y de un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de febrero de 2007,
Vengo en indultar a don Andrés Alejandro Porres del Mazo un año de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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