Visto el expediente de indulto de don Abdelhak Kalmoua, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección tercera, en sentencia de 1 de junio de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 40 euros, por hechos cometidos en el año 2004, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de febrero de 2007,
Vengo en conmutar a don Abdelhak Kalmoua la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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