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Documento BOE-A-2007-5549

Orden ECI/605/2007, de 14 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Española de Contracepción.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2007, páginas 11135 a 11136 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-5549

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Germán Ortiz Hornazabal, solicitando la inscripción de la Fundación Española de Contracepción, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, así como el otorgamiento de poderes a favor de Don Germán Ortiz Hornazabal.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Asociación Sociedad Española de Contracepción, en Santander, el 9 de noviembre de 2005, según consta en la escritura pública número dos mil seiscientos ochenta y dos, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Burgos, Don Javier Asín Zurita, que fue subsanada por la escritura pública número novecientos cincuenta y seis, autorizada el 11 de abril de 2006, ante el mismo notario y por la escritura tres mil cincuenta y siete, otorgada el 25 de octubre de 2006, ante el notario Don Miguel Maldonado Chiarri. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Vitoria-Gasteiz, calle Mondragón, número 11 y, su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por la entidad fundadora en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: El asesoramiento, difusión, promoción y estudio científico de los métodos contraceptivos y relación con la salud reproductiva. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Ezequiel Pérez Campos; Secretaria: Doña Esther-María de la Viuda García; Vocales: Doña Isabel-María Ramírez Polo; Doña Nuria Parera i Junyent; Don Eduardo Alfonso López Arregui; Doña María Ángeles Gómez Martínez; Doña Enriqueta Barranco Castillo; Don Roberto Lertxundi Barañano; Don José Luis Doval Conde y Don Luis Ignacio Lete Lasa. En las escrituras de ratificación y aceptación de cargos números tres mil quinientos treinta, autorizada el 22 de diciembre de 2005 por el notario Don Miguel Maldonado Chiarri; mil quinientos cincuenta, otorgada el 17 de mayo de 2006, ante el mismo notario; número seis mil quinientos dos, autorizada el 7 de diciembre de 2005, ante el notario Don Antonio de la Esperanza Rodríguez; número tres mil quinientos ochenta y ocho, otorgada el 7 de diciembre de 2005, ante el notario Don Javier López Cano; número ocho, autorizada el 5 de enero de 2006, ante la notario Doña Ana Carreras Cruells; número veinticinco, otorgada el 12 de enero de 2006, ante el notario Don Juan Ramón Manzano Malaxechevarria y número mil seiscientos noventa y siete, autorizada el 13 de diciembre de 2005, ante el mismo notario; número veinte, autorizada el 4 de enero de 2006, ante el notario Don Antonio Ripio Jaén; número tres mil ochocientos treinta y tres, otorgada el 12 de diciembre de 2005, ante el notario Don Santiago Marín López; número quinientos veintiocho, autorizada el 14 de marzo de 2006, ante la notario Doña Maria del Dulce Nombre de Jesús Gómez R. Quintero y número cuatrocientos setenta y siete, otorgada el 21 de marzo de 2006, ante el notario Don Juan Kutz Azqueta, en las que consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Española de la Contracepción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Española de Contracepción, de ámbito estatal, con domicilio en Vitoria-Gasteiz, calle Mondragón, número 11, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones el otorgamiento de poderes que la Fundación Española de Contracepción confiere a Don Germán Ortiz Hornazabal, según consta en la escritura pública número tres mil cincuenta y ocho, otorgada el 25 de octubre de 2006, por el notario Don Miguel Maldonado Chiarri.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 14 de febrero de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia. P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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