Vista la propuesta de no habilitación formulada por el Presidente de la Comisión titular juzgadora de las pruebas de habilitación nacional del cuerpo de catedráticos de escuelas universitarias, del área de conocimiento de Construcciones Arquitectónicas, con código de habilitación 3/110/2005, convocadas por la Resolución de 7 de septiembre de 2005, de la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 11 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, y demás normativa aplicable, he tenido a bien declarar desiertas las mencionadas pruebas de habilitación nacional.
Contra esta resolución, los candidatos podrán presentar una reclamación ante la Presidenta del Consejo de Coordinación Universitaria, en el plazo máximo de 10 días contado desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de diciembre de 2006.-La Presidenta del Consejo de Coordinación Universitaria, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General del Consejo de Coordinación Universitaria, Félix García Lausín.
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