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Visto el expediente de indulto de don Jonathan Moreno Moreno, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Albacete, sección primera, en sentencia de 20 de diciembre de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2007, Vengo en indultar a don Jonathan Moreno Moreno un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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