Visto el expediente de indulto de don Mohamed Marchaouhi, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla, en sentencia de 25 de julio de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 18.000 euros, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 2006, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2007,
Vengo en conmutar a don Mohamed Marchaouhi la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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