Visto el expediente de indulto de don José Manuel Trillo Marín, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera, en sentencia de 10 de abril de 2006, como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores, a la pena de tres años de prisión y multa de 14 meses con una cuota diaria de seis euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2007,
Vengo en conmutar a don José Manuel Trillo Marín la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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