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Documento BOE-A-2007-7019

Decreto 69/2007, de 20 de marzo, de convocatoria de elecciones al Consejo General de Aran.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2007, páginas 14478 a 14478 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2007-7019
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/d/2007/03/20/69

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo que dispone el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial de Era Val d'Aran, las elecciones para designar a los consejeros generales de Aran se deben hacer el mismo día de las elecciones municipales. En consecuencia, y en uso de la habilitación que contiene la disposición final primera de la Ley 16/1990 citada, es necesario proceder a convocar elecciones al Consejo General de Aran. Por lo tanto, a propuesta del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas y de acuerdo con el Gobierno, decreto:

Artículo 1. Convocatoria.

Se convocan elecciones al Consejo General de Aran, que se celebrarán el día 27 de mayo de 2007, el mismo día de las elecciones locales.

Artículo 2. Miembros del Consejo General de Aran.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial de Era Val d'Aran, Aran se divide en seis circunscripciones, que se corresponden con sus terçons históricos. El número de consejeros y consejeras a elegir en cada uno de ellos es el siguiente: Pujòlo: dos miembros.

Arties e Garòs: dos miembros. Castièro: cuatro miembros. Marcatosa: un miembro. Irissa: un miembro. Quate Lòcs: tres miembros.

Artículo 3. Plazos.

Los plazos que rigen en este proceso electoral son los fijados para las elecciones locales que se celebran simultáneamente.

Artículo 4. Constitución del Consejo General.

La sesión constitutiva del Consejo General tendrá lugar el primer día hábil una vez transcurridos 15 días naturales contados a partir del día siguiente al acto de proclamación de los miembros elegidos.

Disposición adicional única.

Las elecciones que se convocan mediante este Decreto se rigen por la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial de Era Val d'Aran, por los preceptos que sean aplicables de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general y sus modificaciones, y por las demás disposiciones de carácter complementario.

Disposición final.

Este Decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

Barcelona, 20 de marzo de 2007.-El Presidente de la Generalidad de Cataluña, José Montilla i Aguilera.-El Consejero de Gobernación y Administraciones Públicas, Joan Puigcercós i Boixassa.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 20/03/2007
  • Fecha de publicación: 03/04/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 03/04/2007
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el DOGC núm. 4855, de 3 abril de 2007.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 14.2 y la disposición final 1 de la Ley 16/1990, de 13 de julio (Ref. BOE-A-1990-19959).
  • CITA Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).
Materias
  • Cataluña
  • Elecciones

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