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Documento BOE-A-2007-9089

Resolución de 4 de abril de 2007, del Banco de España, por la que se publican las sanciones impuestas a don Ramón Vicente Camps Vivas.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 3 de mayo de 2007, páginas 19029 a 19030 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2007-9089

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 30 de abril de 2004, el Consejo de Ministros, dictó Acuerdo resolviendo el expediente de referencia IE/BP-3/2003 incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 9 de mayo de 2003, entre otros a D. Ramón Vicente Camps Vivas, y habiendo adquirido firmeza por sentencia de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera del Tribunal Supremo de fecha 18 de octubre de 2006, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones por infracciones muy graves impuestas en dicho Acuerdo, que dispuso, entre otras sanciones, las siguientes:

«VII. Imponer a D. Ramón Vicente Camps Vivas las siguientes sanciones, previstas en los artículos 12 y 13 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito: Sanción de multa por importe de treinta mil euros (30.000 €), por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4, b) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, relativa al mantenimiento durante un período de seis meses de unos recursos propios inferiores a los exigidos para obtener la autorización correspondiente al tipo de entidad de crédito de que se trata.

Sanción de separación del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito por un plazo de tres años, y multa por importe de treinta mil euros (30.000 €), por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4, j) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, relativa al incumplimiento del deber de veracidad informativa debida a los depositantes y al público en general. Sanción de multa por importe de veinticinco mil euros (25.000 €), por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4, h) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito relativa a la negativa o resistencia a la actuación inspectora.»

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 4 de abril de 2007.-El Secretario General, José Antonio Alepuz Sánchez.

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