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Documento BOE-A-2007-9158

Resolución de 3 de mayo de 2007, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se dispone la publicación de la Orden por la que se modifica la cesión al Ayuntamiento de Barcelona del Castillo de Montjuic, para ser destinado a centro de la paz.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2007, páginas 19190 a 19191 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-9158

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 27 de abril de 2007 se ha suscrito la Orden ministerial por la que se modifica la cesión al Ayuntamiento de Barcelona del Castillo de Montjuic, para ser destinado a centro de la paz.

Para general conocimiento, esta Dirección General ha resuelto la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Orden, cuyo texto se inserta a continuación.

Madrid, 3 de mayo de 2007.-La Directora General del Patrimonio del Estado, María Mercedes Díez Sánchez.

ANEXO Orden de 27 de abril de 2007, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se modifica la cesión al Ayuntamiento de Barcelona del Castillo de Montjuic, para ser destinado a centro de la paz

Por Ley 52/1960, de 21 de julio, se cedió al Ayuntamiento de Barcelona el Castillo de Montjuic, con sus fosos y glacis, a fin de que fueran destinados a Museo del Ejército, y bajo una serie de condiciones fijadas en dicha Ley, en cuya virtud se creó un Patronato para alcanzar los fines expresados y armonizar los intereses municipales con los de orden militar. Transcurrido un amplio periodo de tiempo resulta aconsejable revisar el destino fijado, manteniendo la citada cesión a favor del Ayuntamiento de Barcelona para fines de utilidad pública e interés social. A estos efectos, y atendiendo a la voluntad de las distintas Administraciones Públicas interesadas, procede modificar los términos de la citada cesión gratuita, con el propósito de crear en el Castillo de Montjuic un Centro de la Paz, desde el que se difundirán la cultura de los derechos humanos y el dialogo en la resolución de conflictos. Si bien la primitiva cesión se efectuó en virtud de norma con rango de Ley, atendiendo al régimen jurídico entonces vigente, su modificación ha de realizarse ahora por Orden ministerial, de conformidad con lo previsto en los artículos 145 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, que regula el régimen de cesión gratuita de los bienes titularidad de la Administración General del Estado, y atribuye al Ministro de Economía y Hacienda la competencia para adoptar los actos correspondientes. Este Ministerio, al amparo de los artículos 145 y 146 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, a propuesta de la Dirección General del Patrimonio del Estado, y previo informe de la Abogacía del Estado, acuerda:

Primero.-Se modifica el fin y condiciones de la cesión gratuita a favor del Ayuntamiento de Barcelona del inmueble denominado Castillo de Montjuic, que se destinará a centro de la paz. Dicho centro será regido por un Consorcio en cuya constitución participaran al menos, junto con el Ayuntamiento de Barcelona, el Ministerio de Defensa y la Generalitat de Cataluña.

Segundo.-Para atender a las necesidades de la seguridad y defensa nacional, el Castillo de Montjuic seguirá albergando provisionalmente las antenas y las redes de comunicaciones allí instaladas, así como las dependencias que fije el Ministerio de Defensa como necesarias para el personal militar destinado a su vigilancia y custodia, comprometiéndose las Administraciones a encontrar un emplazamiento alternativo para dichas instalaciones en el plazo máximo de tres años. Tercero.-Dado el carácter público del edificio y para reflejar la colaboración de las Administraciones concernidas en el proyecto del centro de la paz, ondearán, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/1981, de 28 de octubre, las banderas de España, Cataluña, Barcelona y la Unión Europea. Cuarto.-El inmueble cedido se destinará de forma permanente al fin descrito, de conformidad con la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Quinto-Por la Dirección General del Patrimonio del Estado se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en la presente.

Madrid, 27 de abril de 2007.-El Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3057/2004, de 21 de septiembre), la Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.

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