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Documento BOE-A-2008-10037

Orden ARM/1628/2008, de 9 de mayo, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Autovía del Nordeste A-2, acceso a Madrid, plataformas reservadas para el transporte público, vías de servicio y actuaciones complementarias, p.k. 5,3 al p.k. 24,5, tramo: calle Arturo Soria-Alcalá de Henares.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2008, páginas 26842 a 26850 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-10037

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado d) del Grupo 9 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.-El proyecto se encuadra dentro de las actuaciones del Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (2005-2020) y está basado en un proyecto previo, «Estudio preliminar para la implantación de una plataforma reservada bus y/o VAO en el corredor de la N-II», redactado por el Consorcio de Transportes de Madrid en mayo de 2001.

Tanto el promotor como el órgano sustantivo, es el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Carreteras. La finalidad del proyecto es la reordenación del corredor de la A-2 para permitir incrementar su capacidad en términos de transporte de personas en las adecuadas condiciones de seguridad vial. Las actuaciones proyectadas consisten en la construcción de calzadas reservadas para el transporte colectivo de viajeros y vías de servicio, para dar continuidad a las existentes entre la zona del nudo Eisenhower y el puente de San Fernando, y en la mejora del trazado de la autovía en el Nudo Eisenhower y Puente de San Fernando, catalogado este último como de concentración de accidentes (TCA). El objeto de la mejora de trazado es el de adaptar el diseño de la A2 a la normativa existente (Instrucción 3-1 I.C) y mejorar la accesibilidad y las condiciones de circulación existentes y futuras. El tramo objeto del proyecto comienza a la altura del p.k. 5+560, en el puente de la CEA y finaliza en el entorno del p.k 25+000, después del acceso a Alcalá de Henares y la carretera M-300. El trazado resultante presenta una longitud de 19,440 km y está interrumpido únicamente en el sector comprendido entre el nudo de acceso a Coslada-San Fernando y la conexión con el nudo de la M-45/M-50. Los términos municipales afectados son Madrid, Coslada, San Fernando de Henares y Torrejón de Ardoz. El estudio preliminar planteaba distintas posibilidades para priorizar el carril bus a lo largo del corredor de la A2, analizándose también la viabilidad de una plataforma BUS-VAO de utilización conjunta para el transporte colectivo y vehículos de alta ocupación. Finalmente, el estudio define como solución más adecuada la ubicación del carril bus en la terciana (a la izquierda de la vía de servicio y separado por barrera rígida) en la mayoría del recorrido y considera un funcionamiento independiente de este carril, no estando permitidas interferencias con el tráfico de flujo libre de la vía de servicio o del tronco de la A-2. El carril bus está separado fisicamente de las vías de servicio en la mayoría del trazado y las vías de servicio se mantienen unidireccionales en casi todo el trazado con excepción de sendos tramos a ambos lados de la autovía, entre los barrios de Canillejas y las Palomas y el nudo de Eisenhower, en los que se ha establecido doble sentido de circulación. La velocidad de proyecto es de 100 km/h y en las vías de servicio y ramales de 60km/h. Las secciones tipo previstas son:

Tronco de la autovía

Vías colectoras o de servicio

Ramales o vías de servicio de un carril

Ramales de dos o más carriles

Plataforma Bus

Calzadas.

Mínimo de 2x7 m (carriles adicionales de 3,5 m).

Calzadas de 2 o más carriles: 3,50 m por carril.

4,00 + s.

Calzadas de 2 carriles de 3,50 m por carril.

6,0 m con barrera rígida de 0,90 m.

Arcenes exteriores.

2,5 m.

1,5 m o 2,50 m.

Arcen derecho: 2,5 m. Arcen izquierdo: 1,00 m.

Arcen derecho: 2,5 m. Arcen izquierdo: 1,00 m.

2,5 m.

Arcenes interiores.

1,00 m mínimo.

1,00 ó 1,50 m.

-

-

1,00 m.

Mediana.

Variable (mínimo existente 1,65 m).

-

-

-

-

Berma.

0,75 m con 4% de pendiente hacia la cuneta o talud de terraplén.

0,75 m y 4% de pendiente.

0,75 m y 4% de pendiente.

0,75 m y 4% de pendiente.

0,75.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.-El tramo estudiado se enmarca en un área eminentemente urbana, caracterizada por grandes núcleos de población y zonas industriales, lo que hace que el medio se encuentre antropizado, manifestándose en los distintos elementos ambientales:

Calidad del aire.-Los datos recogidos en el estudio de impacto ambiental sobre la calidad del aire se refieren al año 2004 y ponen de manifiesto que las concentraciones de SO2 (medias horarias), PM10 (medias diarias) y NO2 (medias horarias y medias diarias) se sitúan por debajo de lo señalado como límites en la legislación vigente en las estaciones de medición de la red de calidad del aire seleccionadas dentro del ámbito de estudio. No obstante, para el NO2 los valores anuales son superiores a los fijados como referencia en el R.D. 1073/2002 de 18 de octubre sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono.

Con respecto a las condiciones acústicas en la situación preoperacional, el entorno de la A-2 está muy degradado y los niveles de ruido superan los límites fijados en la normativa vigente (Decreto 78/1999, de 27 de mayo, por el que se regula el régimen de protección contra la contaminación acústica en la comunidad de Madrid), debido al elevado tráfico, a la presencia del aeropuerto de Madrid-Barajas y a otras actividades asociadas a las proximidades de la autovía. Hidrología e hidrogeología.-La red de drenaje del área de estudio corresponde con dos zonas hidrogeográficas: la cuenca del río Jarama y la del río Henares, correspondientes a la Cuenca Hidrográfica del Tajo. La A-2 atraviesa el río Jarama a la altura del p.k. 15+500 y el arroyo Ardoz, que es cruzado en el p.k. 22+800. El río Jarama en el entorno de la actuación está considerado como «Área inundable de primer orden» en el Plan Hidrológico de Cuencas. En relación con la calidad de las aguas, son aptas para la vida piscícola, pero no para el consumo humano ni para el baño. Asimismo, el ámbito de estudio pertenece a dos unidades hidrogeológicas la «03.05 Madrid-Talavera» y la «03.04 Guadalajara». Ambas están integradas en el «Acuífero detrítico de Madrid-Toledo-Cáceres». En general, las aguas del acuífero son buenas para cualquier uso y se clasifican como bicarbonatadas cálcicas. Espacios naturales protegidos.-El proyecto intersecta el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), el ES3110001 «Cuencas de los ríos Jarama y Henares», cruzando el río Jarama. El LIC se compone de tres unidades principales: la ZEPA ES0000139 «Estepas cerealistas de los ríos Jarama y Henares», que supone el 90% del total de la superficie del LIC, cursos fluviales y sus riberas (100 m de margen a cada lado) de los tramos medio-altos de los ríos Jarama y Henares, y determinados cantiles y cortados asociados a los cursos fluviales con importancia para diversos taxones. La importancia de esta zona radica, no solo en el valor de los ecosistemas que alberga, sino en su carácter de corredor ecológico de la zona. Supone la continuidad natural del Parque Regional del Sureste de la Comunidad de Madrid y un eje de comunicación Norte Sur entre el valle del Tajo y la Sierra de Guadarrama. Este espacio resulta de interés para táxones y hábitat asociados al río al incluir aves rupícolas, como Falco peregrinus, Pyrrhocora pyrrhocorax, Oenathe leucura y varios refugios de quirópteros y hábitat acuáticos como formaciones de bosque de galería de Salix alba y Populus alba y prados de Molinion-Holoschoenius. Otros espacios próximos son el LIC ES3110006 «Vegas, cuestas y páramos del sureste» y la ZEPA ES0000142 «Cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares», de forma prácticamente superpuesta al LIC. Coincidente casi en su delimitación con estos espacios se encuentra el «Parque Regional del Sureste», Espacio Natural Protegido por la Comunidad de Madrid. Otros espacios de interés ambiental en el ámbito de estudio son: el Pinar de Barajas y el futuro Parque Juan Pablo II, que dará continuidad al Pinar de Barajas. Vegetación.-La ribera del río Jarama y las formaciones de matorral existentes entre los Berrocales y el poligono industrial de las Fuentecillas son los enclaves de mayor valor por su vegetación natural. La ribera del río Jarama conserva retazos de galería arbórea mixta que se limita a una estrecha línea de arbolado con herbazal higrófilo: sauces Salix alba o Salix salviifolia, fresnos Fraxinus angustifolia y olmos negrillos Ulmus minor, entre otros. En la zona de actuación se encuentra también el parque de carácter forestal «El pinar de Barajas», considerado espacio de interés ambiental y de especial protección según el PGOUM-97 al encontrarse en él especies de árboles catalogados como singulares por el Decreto 18/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora silvestre y se crea la categoría de árboles singulares. Las áreas de cultivos herbáceos de secano, extensas al norte y oeste de Torrejón de Ardoz, incluyen pies arbóreos y arbustivos aislados, entre los que se encuentra la retama Retama sphaerocarpa, zarzas Rubus sp.y olmo negrillo Ulmus minor. Fauna.-Las comunidades faunísticas de mayor interés en el ámbito de actuación son las referentes al río Jarama, con presencia de avifauna ligadas a sus sotos y especies ictiológicas de interés. El estudio de impacto ambiental identifica las especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Comunidad de Madrid (Decreto 18/1992, de 26 de marzo), destacando entre la fauna piscícola el calandino Squalius alburnoides y el barbo comizo Barbus comiza, catalogados como en «peligro de extinción» y entre los reptiles el galápago leproso Mauremys leprosa catalogado como vulnerable. En la ZEPA «Estepas cerealistas de los ríos Jarama y Henares», próxima a la zona de actuación, destacan especies de alto valor de conservación, como el aguilucho cenizo Circus pygargus y el cernícalo primilla Falco Naumanni y en la ZEPA «Cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares» están presentes el halcón peregrino Falco peregrinus, el buho real Bubo bubo y otras especies asociadas al ámbito acuático como el aguilucho lagunero Circus aeroginosu» y la garza imperial Ardea purpurea. Medio socioecónimico.-La zona de actuación se corresponde con la corona metropolitana de Madrid, son municipios muy poblados, aunque con diferencias de distribución, en los que ha proliferado una multitud de polígonos industriales y parques empresariales. Colindantes con la autovía hay gran cantidad de edificaciones de uso, tanto residencial, como restauración, ocio y uso industrial. Patrimonio cultural y vías pecuarias.-En el entorno de la actuación y, con un radio de proximidad de 200 m, existen 4 yacimientos y 2 zonas protegidas según la Carta Arqueológica de los términos municipales implicados en el proyecto. Una de ellas, «La Ciudad Pegaso-O'Donnell-Cantera del Trapero», es considerada como Bien de Interés Cultural (BIC) mientras que otra es un Área de Protección Arqueológica clasificada como A, e incluida en el Plan General de Ordenación Urbana de San Fernando de Henares. Asimismo, el puente de San Fernando, también llamado puente de Viveros, está sometido a un régimen de protección por la disposición 2.ª de la Ley 10/98, de 9 de julio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. Las vías pecuarias atravesadas por la autovía A-2 son la Colada de Mampalvillo, la Vereda del Quinto, el Cordel del Camino de la Cuerda, la Vereda de Burgos, la Cañada Real Galiana, la Cañada Real de la Senda Galiana, la Vereda del Sedano, la Vereda del Camino de Paracuellos, la Vereda de la Ventosilla, el Cordel de las Viñas, el Cordel de Pelayo, el Cordel de Ardoz y el Cordel de la Legua.

3. Resumen del proceso de evaluación:

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. Entrada de la documentación inicial.-Con fecha 19 de Diciembre de 2005 tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino el documento comprensivo del proyecto para iniciar el procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.-Con fecha 27 de marzo de 2006 se inicia el período de consultas. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

X

Confederación Hidrográfica del Tajo.

X

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Comunidad de Madrid.

X

Dirección General del Medio Natural. Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Comunidad de Madrid.

X

Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Comunidad de Madrid.

-

Dirección General de Patrimonio Histórico Artístico. Viceconsejería de Cultura y Deporte. Comunidad de Madrid.

X

Ayuntamiento de Madrid.

X

Instituto de Acústica. Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

X

Ecologistas en Acción.

-

Federación Regional de Asociaciones de vecinos de Madrid (FRAVM).

-

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones recibidas son los siguientes:

Hidrología: potenciales efectos sobre la morfología fluvial, régimen de las aguas y calidad de las aguas. Necesidad de que se realice un estudio hidrogeológico. La Confederación Hidrográfica del Tajo propone medidas preventivas y correctoras a considerar en el estudio de impacto ambiental.

Suelo: necesidad de evaluar la incidencia sobre el medio ambiente de vertederos, canteras, zonas de préstamo, parques de maquinaria, zonas de acopio temporal y demás instalaciones auxiliares, de acuerdo al Plan de Gestión Integrada de los Residuos de Construcción y Demolición de la Comunidad de Madrid y establecer medidas correctoras encaminadas a la integración. Vegetación y Espacios Naturales Protegidos: potenciales efectos directos sobre el LIC «Cuencas de los ríos Jarama y Henares» e indirectos sobre LIC «Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste» y la ZEPA «Cortados y Cantiles de los ríos Jarama y Manzanares» que podrían fragmentar la Red Natura 2000 según la Dirección General para la Biodiversidad. Existencia de impactos acumulativos con otros planes o proyectos y necesidad de medidas encaminadas a la restauración de la vegetación, previo inventario de las especies vegetales y eliminación de elementos perturbadores del paisaje en el entorno próximo al ámbito de actuación. Afecciones al Pinar de Barajas y al futuro Parque Juan Pablo II. Fauna: necesidad de que se la realice un inventario de la fauna y se establezcan medidas correctoras, como limitación de las actuaciones en zonas sensibles. La Dirección General para la Biodiversidad propone que en el puente de San Fernando se dejen, entre la calzada existente y la nueva estructura, una amplia separación para la llegada de la luz o de la lluvia, al terreno fluvial situado debajo. Contaminación atmosférica: necesidad de evaluar la contaminación atmosférica derivada de la emisión de gases contaminantes y la lumínica (incluyendo soluciones para minimizarla en períodos nocturnos). Incremento de los niveles sonoros y necesidad de realizar un estudio específico para definir las medidas correctoras. Se propone también que el Programa de Vigilancia Ambiental contemple campañas de mediciones durante la fase de explotación. Patrimonio cultural: la Dirección General del Patrimonio de la Comunidad de Madrid exige la realización de un estudio arqueológico de evaluación y valoración del patrimonio histórico y arqueológico afectado por el proyecto.

Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

El resultado de las contestaciones a las consultas se remite al promotor con fecha de 17 de Mayo de 2006 y posteriores.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Información pública. Resultado.-El inicio del trámite de información pública del proyecto y su correspondiente estudio de impacto ambiental se publicó en el BOE n.º 110, de 8 de mayo de 2007. Una vez concluido este periodo, el expediente de información pública tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el 5 de noviembre de 2007.

Durante el proceso de información pública se han presentado un total de 22 alegaciones, 10 oficiales y 12 de empresas y particulares, en las que se alude a la afección del proyecto sobre intereses particulares, bienes y rentas; afección al planeamiento urbanístico vigente; incremento del impacto acústico y visual; afecciones sobre la calidad del aire; ocupación de espacios protegidos; afecciones a la hidrología superficial y subterránea y afecciones a infraestructuras actuales y futuras. En las alegaciones también se han puesto de manifiesto deficiencias en relación con el contenido del estudio de impacto ambiental, entre ellas destaca: tratamiento insuficiente de la afección hidrológica, no se han considerado todos los arroyos afectados por la actuación ni se ha evaluado la potencial afección que el proyecto supondrá sobre la hidrogeología, no se ha analizado la potencial afección derivada de la emisión de gases contaminantes por lo que tampoco se han planteado medidas correctoras al respecto (el ayuntamiento de Torrejón propone que se compensen las emisiones de gases contaminantes mediante la plantación, en terrenos libres colindantes, de árboles y arbustos que absorban un 100% de las emisiones de CO2 en el periodo más desavorable) y no se ha evaluado la potencial afección lumínica. Consultas a Administraciones ambientales afectadas. Resultado.-La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid considera el estudio estudio de impacto ambiental formalmente correcto. No obstante, el proyecto constructivo, deberá tener en tener en cuenta estas consideraciónes: análisis del perfíl topográfico antes y después del movimiento de tierras; identificación y localización de los accesos a la obra e impactos derivados por polvo y ruido; restauración y revegetación de la zona de obras y de las zonas del trazado o infraestructuras abandonadas; y medidas adicionales a las contempladas en el estudio de impacto ambiental para minimizar la afección acústica en áreas donde no se hayan colocado pantallas antiruido y en las que la altura de las edificaciones sea tal, que la ubicación de éstas no sea suficiente. De todas estas medidas, aquellas que no se han contemplado en el estudio de impacto ambiental han sido recogidas en el condicionado de la presente declaración, punto 6. Con respecto a la afección a espacios protegidos, considera necesario que se apliquen todas las medidas establecidas en el apéndice 6 del estudio de impacto ambiental «Informe de afecciones al LIC ES3110001 Cuencas de los ríos Jarama y Henares» y que se cuente con informe de la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por ser el órgano competente en la gestión de espacios protegidos. Dichas medidas son las mencionadas en el apartado de Integración de la evaluación, de la presente declaración. La Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid considera adecuadas las medidas propuestas de restauración y revegetación de las formaciones del río Jarama (LIC ES3110001 Cuencas de los ríos Jarama y Henares), siempre que se empleen especies autóctonas de la zona (árboles: Fraxinus angustifolia, Populus alba, Populus nigra, Tamarix africana, Tamarix canariensis, Tamarix gallica, Ulmus minor, Salix alba, Salix fragilis. Arbustos: Cornus sanguinea, Crataegus monogyna, Prunus spinosa, Rosa Pouzzinii, Sambucus nigra, Atriples halimus, Salix salvifolia, Salix purpurea y Salix trianda). Con respecto a la zona de posibles vertidos, considera desaconsejable la zona de Mejorada por ser ámbito del citado LIC. Modificaciones introducidas por el Promotor en proyecto y estudio tras su consideración En el informe de alegaciones, el promotor propone la inclusión en el proyecto de pequeñas variaciones de trazado, modificaciones en la ubicación de paradas de autobus, de inclusión de pasarelas, entronques, incorporaciones a calzadas, bifurcaciones, accesos, eliminación de lazos entre ramales y conexión entre vías de servicio.

4. Integración de la evaluación:

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.-En el análisis ambiental llevado a cabo para la selección de alternativas se ha tenido en cuenta una menor afección en cuanto a ocupación de terrenos y servicios.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida.-Impacto sobre la atmósfera. Se producirá una pérdida en la calidad del aire durante la fase de construcción debida al incremento del polvo originado principalmente por movimientos de tierras y tránsito de maquinaria. Destacan los movimientos de tierra asociados a la ejecución de diversos túneles para albergar el carril bus y las vías de servicio. Durante la fase de explotación se producirá un incremento de emisión de gases contaminantes como consecuencia del aumento del tráfico rodado. El estudio de impacto ambiental no realiza una comparación de la situación actual y futura con respecto a la calidad del aire, por lo que el condicionado de esta declaración exige un estudio de detalle en la fase de redacción del proyecto constructivo. El impacto derivado del ruido en la fase de obras afectará a edificaciones actuales que se sitúan en el entorno de la A-2, modificando las condiciones de sosiego y bienestar de la población, por lo que el condicionado de la presente declaración exige la realización de un plan de obra encaminado a su minimización. Durante la fase de explotación se producirá un incremento de los niveles acústicos como consecuencia del aumento en el número de vehículos que circularán por la A-2, así como del acercamiento de la vía a determinadas viviendas. Durante la fase de consultas previas, el Ayuntamiento de Madrid indicó que el incremento de los niveles sonoros incidiría principalmente en los núcleos residenciales colindantes con el trazado: entre la calle Arturo Soria y Parque Conde Orgaz, barrios de Palomas y Canillejas, núcleos ciudad Pegaso, Alameda de Osuna, Barrio Aeropuerto, Polígono de las Mercedes, colonias Fin de Semana y Llorente y viviendas próximas al puente sobre el Jarama. Además, existen otros puntos especialmente sensibles como el Colegio Residencial Manzanares, Centro ocupacional Ciudad Lineal e Instituto de Formación profesional de la Alameda de Osuna. De acuerdo con el estudio de impacto ambiental, la estimación de los niveles acústicos para el año 2009 pone de manifiesto que los valores de Leq superan los niveles objetivos en más de 6dB(A) durante el día y más de 10 durante la noche. Los resultados más desfavorables se han obtenido en las viviendas situadas en la Glorieta de Canillejas con niveles de Leq (dBA) = 79,5 día y 73,4 noche. El promotor considera que en la fase de explotación de la vía no resulta viable lograr niveles de ruido admisibles, desde el punto de vista normativo, tanto por los elevados niveles de emisión, como de las características de los propios receptores y de su situación respecto a la vía. Por ello, el estudio de impacto ambiental tan solo plantea la minimización de problemas concretos: uso de una capa de rodadura, mezcla de bituminosa discontinua en caliente M-10 (pavimento más silencioso que un aglomerado asfáltico convencional) y la instalación de pantallas anti-ruido prefabricadas, en 17 de los 19 tramos estudiados (los dos tramos excluidos son, en un caso por no superarse los niveles reglamentarios, y en el otro por considerar que no existe una relación eficacia/inversión razonable):

Propuesta de pantallas acústicas

Tramo 1: viviendas barrio de La Pionera. pp.kk. 7+900-8+240.

Tramo 9: viviendas situadas en la margen izquierda. p.k. 9+980.

Tramo 2: vivienda de una altura junto vía colectora sentido Barcelona. p.k. 8+300.

Tramo 10: colonia Ciudad Pegaso.

Tramo 3: viviendas Colonia Alfonso XIII junto vía colectora sentido Barcelona. pp.kk.: 8+440-8+840.

Tramo 11: viviendas situadas junto al Enlace de Eisenhower sentido Madrid.

Tramo 4: viviendas junto vía colectora sentido Madrid.pp.kk.: 8+600-8+860.

Tramo 12: viviendas situadas en la margen izquierda. pp.kk. 10+980-11+350.

Tramo 5: edificios junto a la vía colectora sentido Barcelona. Desde la glorieta de Canillejas hasta el p.k. 9+180.

Tramo 13: chalet particular y viviendas situadas a 30 m del carril bus proyectado de entrada a Madrid.

Tramo 6: viviendas margen izquierda de la A-2. p.k. 9+060.

Tramo 15: edificios de viviendas en la margen derecha de la A-2. pp.kk. 20+240-20+540.

Tramo 7: edificios situados junto al carril bus proyectado sentido Barcelona. pp.kk. 9+440-9+600.

Tramo 16: colegios Juan Ramón Jiménez, 6 de diciembre, Jaime Vera, Pinocho, Instituto las Veredillas y Parque de las Veredillas.

Tramo 8: urbanización Las Nogueras junto al carril bus proyectado sentido Barcelona. pp.kk. 9+700-9+860.

Tramo 18: viviendas de la calle Brasil. pp.kk.: 21+460-22+160.

Tramo 19: edificios residenciales en la margen derecha de la A-2. pp.kk. 22+800-23+360.

La longitud total de apantallamiento propuesta por el promotor es de 3.330 m con alturas variables entre los 2,5 y 5,0 m y la superficie total de apantallamiento propuesta es de 15.854 m2. Las características de las pantallas son variables, pudiendo encontrarse cambios en la tipología (transparente, metálica, metálico agujereado en ambas caras sobre muro, mixta, etc.), la altura de diseño (entre 2,5 m y 4,5 m) y la longitud de 80 m a 810 m. Además, en función de la altura de las pantallas, los paneles acústicos que las compondrán podrán ser paneles metálicos fono absorbentes o paneles de polimetacrilato. Desde el momento de redacción del estudio de impacto ambiental hasta la elaboración de la declaración de impacto ambiental, la situación en la A-2 ha cambiado, por lo que el condicionado de la presente declaración exige la realización de un estudio acústico de detalle encaminado a establecer medidas correctoras adicionales, en el que se considere como año horizonte el año de máxima saturación de la vía, en el que se identifiquen todas las edificaciones afectadas y se evalúe la eficacia de distintas posibles soluciones, como pudiera ser el aislamiento de fachadas en edificios de gran altura, semicubrición e incluso soterramiento de las calzadas laterales en las zonas de mayor sensibilidad acústica (zonas urbanas consolidadas) y apantallamiento combinado con aislamiento de viviendas donde se prevean alturas de pantallas superior a 5 m. Impacto sobre la geología, geomorfología y suelos.-Se originará una alteración de las formas naturales del relieve derivadas de los movimientos de tierras, la localización de instalaciones auxiliares y zonas de préstamo o vertedero. Destacan los movimientos referidos a las excavaciones de pasos inferiores de carril bus y vías de servicio, así como algún paso superior nuevo a sustituir y algunos movimientos de conexión en el enlace de Eisenhower y en el nudo de San Fernando. Se generará un sobrante de 923.771,59 m3 y serán necesario 168.000 m3 de materiales de préstamo. El promotor propone emplear materiales de canteras y graveras (préstamos autorizados) o materiales de la traza estabilizados in situ y como vertederos cantera y graveras abandonas o activas, identificadas todas ellas en el estudio de impacto ambiental. El promotor propone cuatro posibles emplazamientos para la ubicación de zonas de instalaciones auxiliares en función de la clasificación ambiental del territorio: zonas de exclusión, zonas restringidas y zonas admisibles. Los taludes propuestos por el promotor son: terraplenes con pendientes 3H/2V y desmontes, desde taludes tendidos 3H/2V, hasta 2H/1V y 1H/1V. Impacto sobre la hidrología superficial y subterránea.-Podrá surgir una alteración del esquema hidráulico por la ubicación de infraestructuras en el cauce del río Jarama; pérdida de calidad de las aguas del río Jarama, debido al incremento de sólidos en suspensión y vertidos accidentales o incontrolados durante la fase de obras, así como por el posible riesgo de accidentes de vehículos que transporten materiales potencialmente contaminantes durante la fase de explotación; alteración del esquema hidráulico subterráneo por movimientos de tierras o disminución de las áreas de recarga, e incremento del riesgo de contaminación de acuíferos por los posibles vertidos accidentales en las zonas de instalaciones auxiliares. De acuerdo con el estudio de impacto ambiental, el diseño del viaducto se ha realizado siguiendo las indicaciones de la confederación hidrográfica del tajo y se pasa de un vano sobre el río Jarama de 35 m a 53 m. A la vista del estudio sobre el funcionamiento hidráulico del cauce del río Jarama, en la situación actual y proyectada con la nueva estructura (Estudio hidráulico del río Jarama), el promotor concluye que la presencia del viaducto no interferirá en el funcionamiento hidráulico del río. Para una avenida de 500 años, el resguardo desde la lámina de agua hasta la parte inferior del tablero de las estructuras existentes no existiría, no obstante, la cota de la lámina de agua no llegaría a inundar la calzada. Los estribos de las estructuras quedan fuera de los límites de la zona de dominio público hidráulico. Se han dimensionado las obras de drenaje transversal para un período de retorno de 100 años y se ha realizado la comprobación de no afección a terceros para 500 años. Impacto sobre la vegetación: el arbolado de las zonas de interés ambiental: vegetación de ribera asociada al LIC «Cuencas de los ríos Jarama y Henares» y Pinar de Barajas, así como el arbolado de la red viaria, de zonas ajardinadas, se verán afectados por daños directos (eliminación de pies arbóreos y arbustivos) o indirectos (ocupación de terrenos). El estudio de impacto ambiental contabiliza la afección a un total de casi 2.000 ejemplares, entre coníferas y frondosas y a 17 ejemplares singulares correspondientes 16 al término municipal de Madrid y 1 al de San Fernando de Henares. El árbol singular «Pino Piñonero del Olivar», de acuerdo con el informe de alegaciones, dista aproximadamente a 110 m de la actuación». Las medidas correctoras propuestas por el promotor se recogen en el cuadro adjunto. Impacto sobre espacios integrantes de la Red Natura 2000.-La afección al LUZ ES3110001 «Cuencas de los ríos Jarama y Henares» se limita a la zona ribereña del río Jarama, que es atravesada por la actuación a la altura del actual cruce con la A-2 (p.k. 15+500). El LIC ES3110006 Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste, se halla a más de 500 m de la zona de actuación, la ZEPA Cortados y Cantiles de los ríos jarama y manzanares ES0000142, a unos 400 m al sur del cruce actual sobre la A-2 y la ZEPA Estepas cerelistas de los ríos Jarama y Henares se ubica a más de 2 km. De acuerdo con el estudio de impacto ambiental, las actuaciones proyectadas afectarán a unos 300 m de anchura del LIC dado que el cruce se genera de forma transversal a éste. Actualmente en el cruce sobre el río Jarama, en el nudo de San Fernando existen dos viaductos, uno por calzada, siendo el de la calzada derecha (sentido Zaragoza) un puente antiguo de piedra con tajamares y el del la calzada izquierda (sentido Madrid) un puente de vigas prefabricadas doble T, concentrados todos ellos en una longitud de cauce de unos 500 m. Concretamente, las actuaciones que se llevarán a cabo en el LIC ES3110001 «Cuencas de los ríos Jarama y Henares», y que corresponden con el cruce de la A-2 sobre el río Jarama (localizado entre el p.k. 15+300 y el p.k. 15+660), son:

Ampliación, en ambas márgenes, de la actual calzada de entrada a Madrid y por tanto del viaducto existente sobre el río Jarama. Incremento del ancho de las márgenes en unos 9 m de media.

Construcción de un nuevo viaducto paralelo a los dos ya existentes, ubicado a la derecha de los mismos, en sentido Madrid. Con unos 210 m de longitud y 33 m de ancho. Remodelación del enlace de San Fernando de Henares, que conecta la glorieta M21 con la nueva vía de servicio sur, sentido Alcalá de Henares (p.k.15+440). Durante la fase de consultas previas, tanto la Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino como la Dirección General del Medio Natural de la Comunidad de Madrid, indicaron que la solución óptima para el cruce del río Jarama sería un viaducto que permitiera conservar, bajo la estructura, un mínimo de 10 m en cada uno de los márgenes del curso fluvial, aspecto que se recoge como condicionado de la presente declaración. En la zona de cruce, la vegetación está constituida por dos hileras dispuestas longitudinalmente al cauce del río (banda riparia) y una masa arbórea localizada en la parte central de la vega, flanqueada por sendos herbazales. El Informe de Afecciones al Lic ES 311001 Cuencas de los ríos Jarama y Henares, realizado por el promotor, así como el Inventario del Arbolado Afectado, ha permitido al promotor identificar las afecciones específicas sobre la vegetación de ribera en el entorno del curce del río Jarama:

Afección a los suelos de la vega del Jarama, considerados de alta capacidad productiva. Supone un 3,5 % del suelo total ocupado.

Afección a la vegetación de ribera, por la eliminación de cerca de 100 ejemplares arbóreos, localizados 61 en la margen izquierda y 33 en la margen derecha (principalmente sauces y olmos, aunque también afectará a chopos, fresnos, tarayes, pinos, etc.).

No se han detectado hábitats prioritarios o de interés comunitario ni formaciones forestales, catalogadas.

El promotor propone la restauración de los bosques de ribera en el entorno inmediato del viaducto del río Jarama, así como unas bandas de 200 m aguas arriba y aguas abajo del punto de cruce. Para ello realizará un cartografiado previo de las formaciones de ribera y selección de áreas degradas con objeto de proceder a su mejora de hábitat y posteriormente, la restauración y recuperación de la vegetación de ribera mediante limpieza y desbroce inicial, adecuación morfológica del terreno, aporte de tierra vegetal, siembra en seco o hidrosiembra y plantación arbórea-arbustiva con especies como Fraxinus excelsior, Populus alba, Salix alba y S.salviifolia. Estas medidas fueron sugeridas por la Dirección General del Medio Natural de la Comunidad de Madrid, durante la fase de consultas previas. Impacto sobre la fauna.-Se producirá por ocupación de hábitat y el efecto barrera derivado de las infraestructuras, especialmente sobre el río Jarama, importante corredor ecológico. El nuevo viaducto se proyecta de forma paralela a los anteriores y a una distancia aproximada de 14 m, tendrá una anchura de 33 m y la misma altura que los de la estructura a remodelar. No se proyectarán pilas en el cauce. Es de destacar también la afección sobre las especies piscícolas durante la fase de obras. Además de las medidas propuestas para minimizar la afección a la calidad de las aguas, el promotor propone la no realización de actuaciones sobre el cauce en los periodos entre marzo y junio (épocas de reproducción del calandino y de reproducción y movimientos del barbo) y un muestreo previo a la obra 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo del punto de cruce. El promotor propone la reposición y prolongación de las obras de drenaje como pasos de fauna. Impacto paisajístico.-Debido al ámbito urbano en el que se desarrolla el proyecto no se producen implicaciones paisajísticas relevantes. Los terraplenes previstos son de escasa magnitud, los mayores se ubican en las proximidades del nudo Eisenhower y alcanzan los 9 m de altura. Los desmontes son debidos, principalmente, a la excavación de pequeños túneles en pantalla. Impacto medio socieconómico-bienes materiales.-Las actuaciones se circunscriben, por lo general, al entorno inmediato de la actual plataforma, con una anchura variable entre 30 y 50 m y supondrán la pérdida de bienes y renta, consecuencia de expropiaciones de terrenos destinados a diferentes usos, así como edificios, y afecciones urbanísticas. En la margen derecha de la autovía A-2 destacan las afecciones a 3 grupos de viviendas, así como a estacionamientos y edificios de empresas y fábricas. Las actuaciones de la margen izquierda afectarán a un mayor número de edificaciones en general. El punto más crítico es el enlace de San Fernando donde se ocuparán totalmente varios edificios destinados a la restauración y al ocio. El proyecto discurre en su gran mayoría por suelos destinados a Sistemas Generales, pero hay actuaciones que ocuparán suelos urbanos, urbanizables y no urbanizables protegidos. En concreto se afectará aproximadamente: 19,2 ha de suelo urbano, 4,65 ha de suelo urbanizable y 1,10 ha de suelo no urbanizable protegido. El Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e infraestructura del Ayuntamiento de Madrid, durante el trámite de información pública, alega que el proyecto es básicamente conforme con los objetivos perseguidos por el documento urbanístico, no obstante, resulta disconforme con el planeamiento urbanístico vigente por ocupar suelos no calificados de rotacional para la vía pública, invadiendo zonas destinadas a rotacional zonas verdes y no contemplar los accesos a los ámbitos de planeamiento urbanístico aprobados definitivamente «Parque Olímpico Sector-Oeste» y «Iveco-Pegaso». El promotor propone, durante la redacción del proyecto de construcción, estudiar la afección a dichos planeamientos y facilitar el acceso a los mismos. El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz alega que el proyecto no ha tenido en cuenta el Plan Especial de Infraestructura del Ayuntamiento ni el Plan General de Ordenación Urbana colindante con el proyecto de trazado, esto es, SUP R-5 y el SUNP T2, planes aprobados con el informe favorable del Ministerio de Fomento y en período de ejecución. El Ayuntamiento de San Fernando de Henares indica que el proyecto no ha tenido en cuenta el desarrollo del planeamiento urbanístico de dicho municipio. El promotor propone coordinar los detalles del proyecto de construcción con los proyectos previstos por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y San Fernando de Henares, una vez cuenten con la aprobación por parte de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. El proyecto contempla el mantenimiento de la permeabilidad actual existente tanto en lo relativo al mantenimiento de pasos inferiores y superiores, como en lo relativo a remodelación de pasarelas peatonales o nuevas conexiones. El proyecto también supondrá mejora de la seguridad vial y la mejora de la conexión y articulación territorial. Impacto sobre el patrimonio cultural.-Afección a los elementos de interés arqueológico y/o patrimonial y a las vías pecuarias por movimiento de tierras durante la fase de construcción. El área de Protección Arqueológica y Paleontológica «Ciudad Pegaso-O´Donell-Cantera del trapero, se verá afectada tanto por las actuaciones de construcción de las plataformas de transporte público, como por las obras que tendrán lugar en el nudo Eisenhower. Con respecto a las afecciones a vías pecuarias, no se han identificado nuevas afecciones de las ya existentes por la implantación territorial y configuración actual de la A-2. Impacto paisajístico.-Se dará como consecuencia de la incidencia visual e intrusión paisajística. Considerando las dimensiones del área de actuación y las características del proyecto, las afecciones sobre el paisaje no se consideran representativas al adosarse a la actual autovía A-2.

Cuadro sintético de relación entre impactos y medidas correctoras

Impactos ambientales

Medidas correctoras

Atmósfera

Calidad del aire. Emisión de gases contaminantes. Aumento de los niveles de ruido. Aumento de la contaminación lumínica.

Correcto mantenimiento de la maquinaria, realización de riegos periódicos, especialmente en puntos sensibles donde no se actuará durante el periodo estival, y transporte de carga cubierta por lona o malla. Durante la fase de obra limitación horaria de las actuaciones en periodos diurnos de 8 a 22 horas. Durante la fase de explotación: empleo de pavimento más silencioso e instalación de pantallas antirruido. Aplicación de la normativa sectorial vigente en los sistemas de iluminación.

Geología, geomorfología y suelos

Alteración formas naturales del relieve.

Redondeo de aristas, evitar refino excesivo y formas verticales. Movimiento de tierras selectivo. Extracción, acopio, mantenimiento y reutilización de la tierra vegetal. Jalonamiento de la zona de actuación y de las instalaciones auxiliares.

Degradación y pérdida de capacidad productiva.

Instalaciones auxiliares en zonas de escaso valor ambiental. Jalonamiento de la zona de actuación y de las instalaciones auxiliares.

Hidrología superficial y subterránea

Alteración de la red de drenaje y posible alteración de la calidad de las aguas.

Reposición y mejora de las obras de drenaje existentes. Situación pilas del viaducto fuera del cauce. Consideración de la zona cercana a los cauces como «Zona excluida» donde no se podrán localizar actividades auxiliares o complementarias. Instalación de barreras de retención de sedimentos en todos los tramos próximos a los cauces, impermeabilización de los parques de maquinaria e instalación de balsas de decantación. Elaboración de un Plan de Gestión de Residuos.

Vegetación

Eliminación o alteración de la vegetación.

Balizamiento de áreas de actuación, protecciones individuales para ejemplares aislados y primera línea de bosquetes no afectados directamente, transplante de ejemplares singulares, restauración vegetal e integración paisajística de taludes del tronco, pasos superiores e inferiores, isletas y glorietas de enlace, embocaduras obras de fábrica, mediana, zonas de vertedero e instalaciones auxiliares (realizándose para ello labores de preparación del terreno, extensión de tierra vegetal, siembras, hidrosiembras y plantaciones). Asimismo, se incluye un Plan de Prevención y Extinción de Incendios. En los taludes el promotor propone realizar hidrosiembra en un 100% de la superficie y una plantación en un 40% en terraplenes o desmontes cuyas dimensiones lo permitan con especies arbóreas (10%) y arbustivas (30%). En el resto de las superficies generadas se propone una densidad de plantación comprendida entre el 40-50% Balizamiento, protecciones individuales, transplante ejemplares singulares. Restauración vegetal e integración paisajística (siembras, hidrosiembras, plantaciones, etc.).

Espacios Red Natura 2000. LIC ES3110001 «Cuencas de los ríos Jarama y Henares»

Afección a suelos.

Jalonamiento, retirada, acopio y reutilización de tierra vegetal

Afección a la vegetación.

Transplante, protectores en árboles al límite de las obras, etc. Restauración vegetal e integración paisajística (siembras, hidrosiembras, plantaciones, etc.), restauración de los bosques de ribera en el entorno inmediato del viaducto del río Jarama.

Fauna

Ocupación de hábitat y el efecto barrera.

Previo a la realización de la obra (máximo una semana) se realizará un muestro de la ictiofauna 100 m aguas arriba y aguas abajo del punto de cruce para verificar la presencia de especies catalogadas «en peligro de extinción» y en su caso comunicarlo a los órganos competentes. Construcción del viaducto con vano sobre el Jarama mayor a los de las estructuras existentes. Medidas protección hábitat (hidrología y vegetación) y específicas para la ictiofauna (evitar actuaciones entre marzo y junio).

Paisaje

Alteración de las formas del paisaje. Afección visual

Restauración vegetal e integración paisajística.

Patrimonio cultural

Afección a posibles elementos etnográficos/arqueológicos y vías pecuarias.

Previo a las obras, así como durante todo el periodo de remoción de tierras: prospección arqueológica intensiva del terreno, control y supervisión arqueológica y permanente de todos los movimientos del terreno generados por la obra civil por parte de un equipo de arqueólogos y supervisión y vigilancia de las actuaciones que se realicen en el entorno del puente de San Fernando, en coordinación con la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura y Deportes de la Comunidad de Madrid tal y como solicitó en el informe de 18 de Diciembre de 2006. Reposición vías pecuarias.

5. Condiciones al proyecto: Medidas preventivas y correctoras.-Tras el análisis de las medidas recogidas en el estudio de impacto y los informes recibidos de las administraciones ambientales implicadas, se establecen las siguientes condiciones adicionales:

La restauración del bosque de ribera en el entorno del viaducto del río Jarama, así como en su entorno, se realizará en coordinación con la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid. Como regla general, se procederá a la plantación de nuevos ejemplares de la misma procedencia que los eliminados en un número 20 veces superior a cada ejemplar cortado. En coordinación con dicha Dirección General, el promotor llevará a cabo medidas de eliminación de elementos perturbadores del paisaje en el entorno próximo al ámbito de actuación.

En el tramo de la vía que discurra sobre el río Jarama, se instalarán balsas de dilución permanentes con el fin de contener los potenciales vertidos contaminantes que se pudieran producir durante la fase de explotación de la vía. La longitud del viaducto sobre el río Jarama deberá permitir que se conserven bajo la estructura un mínimo de 10 m en cada uno de los márgenes del curso fluvial para poder llevar a cabo la restauración de la vegetación ribereña y se garantizará su uso como corredor faunístico para lo cual deberá cumplir lo recogido en el documento «Prescripciones Técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales» de la Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, elaborado de acuerdo con la Acción COST 341». Se procederá a la restauración de los cauces en todos los puntos de cruce y el programa de vigilancia ambiental incluirá controles de la calidad de las aguas durante la fase de obras. El plan de restauración e integración paisajística deberá incluir las zonas del trazado o infraestructuras abandonadas y sistema de riego por goteo que garanticen la implantación de las nuevas especies plantadas. Con respecto a la zona de posibles vertidos, no se considerará la zona de Mejorada por ser ámbito del LIC ES3110001 Cuencas de los ríos Jarama y Henares. En la fase de redacción del proyecto constructivo el promotor realizará un «Estudio de detalle de las medidas correctoras contra el ruido» con el fin de identificar todas las viviendas, equipamientos urbanos de uso público y zonas de esparcimiento de la población en los que se incrementen los niveles acústicos como consecuencia de las actuaciones propuestas. Las medidas correctoras se establecerán teniendo en cuenta el siguiente orden de preferencia:

Soterramiento de las calzadas laterales, si técnicamente es posible, en las zonas de mayor sensibilidad acústica (zonas urbanas consolidadas).

Semicubrición de las calzadas laterales en las zonas de mayor sensibilidad. Apantalllamiento, con pantallas de altura efectiva inferior a 5 m. Apantallamiento combinado con aislamiento de viviendas donde se prevean alturas de pantallas superiores a 5 m.

Se evitará, en la medida de lo posible, la implantación de pantallas transparentes por el riesgo de colisión para las aves, por su menor efectividad en la reducción del ruido y por generar procesos de reflexión múltiple del sonido y de la luz. Como sistemas de protección, se dará preferencia, a los muros fonoabsorbentes, muros jardinera o una combinación de dichas soluciones con pantallas fonoabsorbentes que permitan además una mejor integración en el entorno.

En el Pinar de Barajas se estudiará la mejor solución técnica que permita su integración en el entorno, de forma que los usuarios puedan continuar disfrutando de esta zona verde. En el Pinar de Barajas se estudiará la mejor solución técnica que permita su integración en el entorno, de forma que los usuarios puedan continuar disfrutando de esta zona verde. En el caso de que se finalmente se colocara un caballón de tierra, además de proceder a su revegetación será necesario compensar la ocupación de terreno y tala de árboles realizando plantaciones de pinos similares a los existentes en terrenos anexos a dicho parque. Para el dimensionamiento de los sistemas de protección se considerará el tráfico correspondiente al año de máxima saturación de la vía y no el año de puesta en servicio de las actuaciones propuestas. En los tramos en los que la A-2 discurra o vaya a discurrir unida a otras infraestructuras viarias, se considerará la influencia conjunta de todas las carreteras en el cálculo de los niveles sonoros. Se sustituirán las pantallas que queden entre la A-2 y el carril bus. El promotor deberá asumir todas las medidas de protección acústicas necesarias. En las zonas donde está en proceso o están previstos nuevos desarrollos urbanísticos, el promotor, una vez aplicadas las medidas correctoras necesarias, delimitará la zona de servidumbre acústica, de acuerdo a los objetivos de calidad establecidos. El estudio acústico se remitirá para informe a la Dirección General de Calidad y Evaluación del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en el plazo de tres meses desde la publicación de la presente declaración de impacto ambiental. El programa de vigilancia ambiental contemplará campañas de medición para el control de las medidas establecidas para la protección acústica de la fase de explotación. En la ejecución del proyecto se utilizarán prioritariamente betunes modificados con caucho y/o de betunes mejorados con caucho procedentes de neumáticos fuera de uso. Estas indicaciones se realizarán de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso, que establece que las Administraciones Públicas promoverán la utilización de materiales reciclados de neumáticos fuera de uso y la de productos fabricados con materiales reciclados procedentes de dichos residuos siempre que cumplan las especificaciones técnicas requeridas, las cuales se establecen en la Orden Circular 21/2007, de la Dirección General de Carreteras, sobre el uso y especificaciones que deben cumplir los ligantes y mezclas bituminosas que incorporen caucho procedente de neumáticos fuera de uso; en el Manual de empleo de neumáticos fuera de uso en mezclas bituminosas, del CEDEX, así como en la Orden Ministerial 891/2004, de 1 de marzo, que aprobaba modificaciones del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de carreteras y puentes (PG-3). El promotor establecerá un plan de obra encaminado a minimizar la afección acústica a la población del entorno que contemplará la no realización de obras durante el periodo nocturno, rutas de camiones y, en su caso, la colocación de pantallas fonoabsorbentes. El promotor realizará un estudio de detalle de la contaminación atmosférica comparando la fase preoperacional con la fase de explotación. Se cuantificará el incremento en la emisión de gases contaminantes y, en su caso, se establecerán las oportunas medidas correctoras orientadas hacia la restauración vegetal como sumidero del CO2 generado. La fase de explotación contemplará campañas de mediciones. El promotor elaborará un Plan de Vertidos y Acopios que tenga en cuenta el Plan de Gestión Integrada de Residuos de Construcción y Demolición de la comunidad de Madrid que deberá ser informado por el Órgano competente de la Comunidad de Madrid. El Pinar de Barajas, considerado en el estudio de impacto ambiental como zona restringida, se considerará zona excluida.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.-El estudio de impacto ambiental incluye un Plan de Vigilancia Ambiental, que define una serie de medidas para garantizar el cumplimiento y la correcta ejecución de las medidas protectoras y correctoras. De esta forma, el Plan de Vigilancia Ambiental se compondrá de las siguientes actuaciones:

Plan de Vigilancia Ambiental durante la ejecución de las obras

Calidad atmosférica: -Seguimiento aplicación medidas correctoras. Niveles sonoros: Control de los niveles acústicos de la maquinaria y las obras (que no se produzcan entre 22h-8h) y de la ejecución de las pantallas acústicas. Calidad de las aguas y del sistema hidrológico e hidrogeológico: Control medidas propuestas. Toma de muestreos para comprobar la calidad. Fauna: Control del jalonamiento, del estado de la fauna piscícola y de las medidas correctoras propuestas. Suelos: Control y vigilancia del jalonamiento, de los movimientos de tierras y de fenómenos de inestabilidad, de la retirada y acopio de suelos vegetales. Vegetación y Espacios Naturales Protegidos: Seguimiento de las afecciones a formaciones vegetales. Control del jalonamiento, transplantes y restauración e integración paisajística. Patrimonio cultural: Control de la realización de la prospección arqueológica y seguimiento arqueológico de los movimientos de tierras. Otras actuaciones: Control gestión de residuos, áreas de vertederos y posterior restauración. Plan de Vigilancia Ambiental durante la explotación de la obra Niveles sonoros: Control niveles sonoros y de la eficacia de las medidas. Hidrología: Vigilancia de la funcionalidad del drenaje transversal. Vegetación: Seguimiento del programa de riegos y fertilizantes, de las plantaciones y los transplantes, restitución de elementos de protección para el arbolado. Suelo: aparición de fenómenos de inestablidad en taludes tras episodios de lluvia intensa. Para el seguimiento ambiental del proyecto, se redactará un informe previo al inicio de las obras, e informes mensuales durante la construcción. Estos informes se redactarán en unas fichas tipo, diseñadas para tal efecto en las que se anotarán los aspectos más relevantes del seguimiento. Se presentarán informes arqueológicos antes del acta de conformidad de replanteo y antes de la emisión del acta de recepción provisional de la obra. Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA.

Conclusión: En consecuencia, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 8 de mayo de 2008, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Autovía del Nordeste A-2, acceso a Madrid. Plataformas reservadas para el transporte público, vías de servicio y actuaciones complementarias. P.k. 5,3 al p.k. 24,5. Tramo: calle Arturo Soria-Alcalá de Henares», concluyendo que no producirá impactos adversos significativos, y queda adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales, siempre y cuando se realicen en la solución propuesta por el promotor, las medidas protectoras y correctoras incluidas en el estudio de impacto ambiental y las condiciones señaladas en la presente propuesta, que se deducen de la evaluación practicada.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, y se comunica a la Dirección General de Carreteras para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 9 de mayo de 2008.-La Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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