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Documento BOE-A-2008-10044

Resolución de 20 de mayo de 2008, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Instituto de Salud Carlos III y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de la II edición de la diplomatura superior en Bioética.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2008, páginas 26873 a 26876 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-10044

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 26 de marzo de 2008, Convenio de Colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para el desarrollo de la II edición de la diplomatura superior en Bioética, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de mayo de 2008.-El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para el desarrollo de la II edición de la Diplomatura Superior en Bioética

En Toledo, a 26 de marzo de 2008.

REUNIDOS

Doña Flora de Pablo Dávila, actuando en nombre y representación del Instituto de Salud Carlos III (en lo sucesivo ISCIII), con C.I.F. Q-2818022-B, y domicilio en Madrid, c/ Sinesio Delgado, n.º 8, en virtud de las atribuciones que le confiere como Directora del Instituto de Salud Carlos III, organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrada por Real Decreto 1187/2007, de 10 de septiembre, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo y por el Real Decreto 375/2001, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado mediante Real Decreto 590/2005, de 20 de mayo.

Don Juan Alfonso Ruiz Molina, actuando en nombre y representación del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (en lo sucesivo SESCAM), con CIF Q4500146H, y domicilio social en Toledo, c/ Huérfanos Cristinos, número 5, en su calidad de Director-Gerente, de conformidad con lo previsto en el artículo 73 de la Ley 8/2000, de 30 de noviembre.

Facultados por las competencias atribuidas a sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente Convenio.

EXPONEN

I. Que la ENS es una institución de larga tradición en la formación de profesionales de la Salud Pública en España, contribuyendo al desarrollo y mejora del Sistema Nacional de Salud por medio de programas de formación e investigación en el campo de la Salud Pública y la Política y Administración de los Servicios Sanitarios, figurando entre sus funciones la de cooperar con organismos e instituciones en la realización de actividades relacionadas con la formación en administración sanitaria.

II. Que el SESCAM, como organismo autónomo creado por la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha, tiene como fin la provisión y gestión de los servicios y centros de atención sanitaria y el desarrollo de los programas de salud en Castilla-La Mancha, contando entre sus funciones con el estímulo a la formación continuada, la docencia y la investigación científica, y la promoción de la formación del personal sanitario y no sanitario de la Comunidad. III. Que los profundos cambios sociales y culturales que afectan a la relación asistencial, junto con el progreso científico y tecnológico en el campo de la medicina, hacen necesaria la continua revisión de los postulados éticos que orientan la atención sanitaria como un medio para resolver los continuos conflictos de valores presentes en el ámbito de la atención sanitaria. IV. Que el SESCAM, consciente de la necesidad de dotar a sus profesionales sanitarios de órganos de asesoramiento ético en la toma de decisiones, se encuentra inmerso en un proyecto de constitución y potenciación de los Comités de Ética Asistencial (CEAS), para cuyo desarrollo resulta imprescindible la formación adecuada de sus miembros. V. Que, en el marco de los fines institucionales descritos, las entidades firmantes organizaron conjuntamente la I Edición de la Diplomatura Superior en Bioética durante el año 2007. VI. Que, con el objetivo de proporcionar a los profesionales vinculados a los comités, grupos promotores, y órganos técnicos de asesoramiento en bioética una formación de calidad que contribuya al mejor desarrollo de sus funciones, se considera de mutuo interés dar continuidad a la acción formativa iniciada en 2007, permitiendo la incorporación a la misma de un grupo de profesionales no vinculados al SESCAM. VII. Que las partes, siendo conscientes de que la actuación en colaboración procurando el óptimo aprovechamiento de los recursos y disponibilidades de cada una de las instituciones resulta beneficiosa para la consecución de los fines de interés general que se persiguen.

ACUERDAN

Primero. Objeto del Convenio.-La ENS y el SESCAM organizarán conjuntamente a lo largo del curso 2008-2009 la II edición de la Diplomatura Superior en Bioética en el marco general de la actividad docente desarrollada por la ENS.

Segundo. Compromisos en materia académica.

A) La dirección académica del Diploma Superior en Bioética será asumida de manera conjunta por la ENS y por el SESCAM. Por parte de la ENS, la función de Codirector será asumida por don José María Antequera Vinagre y, por parte del Sescam, por don David Larios Risco.

B) El programa lectivo de la II Edición del Diploma Superior de Bioética, en el que figuran los 16 Cursos que integran la Diplomatura, es el contenido en el anexo I del presente Convenio. C) Las posibles variaciones que pueden ser necesarias en el programa con posterioridad a su aprobación -en cuanto a los ponentes definitivos, títulos de las conferencias o intervenciones, etc.,... por causas de fuerza mayor o de imprevistos-, serán valoradas por los Codirectores Académicos del Diploma y deberán contar con el visto bueno del Director de la ENS. D) La ENS acreditará académicamente la Diplomatura objeto de este Convenio emitiendo a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en el Reglamento de Ordenación Académica de la ENS los correspondientes Diplomas Superiores en Bioética, así como las certificaciones académicas que se solicitan.

A tales efectos, la ENS se responsabilizará del control de asistencia y aprovechamiento de los alumnos en el desarrollo de las sesiones presenciales, en tanto que el SESCAM deberá proporcionar la información sobre aprovechamiento obtenida de la explotación de los datos del sistema de formación e-learning.

Tercero. Compromisos en materia de organización y gestión.

A) Al celebrarse la Diplomatura en el marco académico del programa formativo de la ENS, ésta gestionará los siguientes servicios: Invitación formal a los ponentes del curso, comunicación directa con ellos a través de la Secretaría de la ENS, gestión y pago de honorarios, dietas y gastos de desplazamiento de acuerdo con las cantidades estipuladas en su normativa de régimen interno.

Recepción de la documentación entregada por los profesores para las sesiones presenciales, realización de copias y distribución entre los alumnos del material docente. Puesta a disposición de los locales e infraestructuras de su centro en la c/ Sinesio Delgado (Madrid), equipado con el mobiliario, los medios técnicos audiovisuales y los medios humanos y servicios con que cuenta habitualmente para las sesiones presenciales. Diseño e impresión del programa de mano del curso. Servicio de secretaría de alumnos, lo que implica:

Información y matriculación de los alumnos.

Entrega de documentación. Control de asistencia. Emisión de diplomas, acreditación y certificación docente.

B) El SESCAM, por su parte, asume los siguientes compromisos en materia de administración y gestión.

Apoyo y coordinación de profesores, en contacto directo con la ENS a través de la persona del Codirector designado por el SESCAM.

Organización de, al menos, dos sesiones presenciales en capitales de Castilla-La Mancha, lo que implica elección y puesta a disposición de los locales e infraestructuras necesarios para su desarrollo. Remisión a la ENS con antelación suficiente al inicio de la Diplomatura, la relación de alumnos a efectos de ser matriculados. Organización de la parte no presencial de la Diplomatura a través de su plataforma de e-learning, lo que implica:

Puesta a disposición del soporte de formación on line.

Incorporación de contenidos a la plataforma. Gestión y pago de los honorarios correspondientes a la documentación elaborada por los profesores del curso, y a las tareas de dinamización, tutoría y coordinación de contenidos on line.

Promover la edición de una publicación que recoja los trabajos finales de los alumnos del curso que superan los criterios establecidos por la codirección del Diploma.

Cualquier otro servicio o gasto que sea necesario para el desarrollo del curso y no esté previsto en los servicios facilitados por la ENS, debiendo mantenerse en todo caso la necesaria coordinación con la Escuela para todo aquello que se realice en el local de celebración (colocación de elementos adicionales en el aula, celebración de actos especiales, etc...). Cuarto. Financiación.-Este curso se considera cerrado para un máximo de 39 alumnos. De las 39 plazas, se reserva un número de 30 para profesionales vinculados al SESCAM becados por este Organismo. Las 9 plazas restantes serán de acceso libre e irán destinadas a profesionales no vinculados al SESCAM que cumplan los requisitos de admisión y abonen el importe de la matrícula. Las plazas no cubiertas por el sistema de acceso libre, hasta el máximo previsto de 39 alumnos, serán completadas con personal del SESCAM, que podrá incorporarse a los Cursos de forma independiente en calidad de oyentes o cursar la Diplomatura completa. La Escuela Nacional de Sanidad ingresará el importe de las matrículas de los alumnos de acceso libre, de acuerdo con los criterios establecidos en la resolución de 17 de junio de 2003, del Instituto de Salud Carlos III, por la que se establecen los precios privados a satisfacer por la prestación de actividades de formación en el Organismo. La ENS percibirá como contraprestación por los gastos derivados de la gestión de las actividades reflejadas en la estipulación tercera, apartado A, de este convenio, un total de 25.000 euros. La diferencia entre esta cantidad y los ingresos realizados por la ENS en concepto de matrícula de los alumnos de acceso libre, será abonada por el SESCAM, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de ingresos del ISCIII. El SESCAM se compromete a la financiación del curso mediante dos fórmulas:

Asumirá la financiación directa de los servicios señalados en el acuerdo tercero B.

Abonará a la ENS una cantidad máxima de 25.000 euros, de la que deberán ser deducidos los ingresos realizados por la ENS en concepto de matrícula de los alumnos de acceso libre.

Quinto. Forma de pago, justificación y liquidación.-El SESCAM transferirá al ISCIII la cantidad señalada en la estipulación cuarta en la cuenta corriente del Instituto de Salud Carlos III: Banco Santander Central Hispano, entidad: 0049, sucursal: 0631, dígito de control: 91, cuenta 2310129293 a través de la Secretaría General, con cargo a la aplicación presupuestaria 61020000/G412C/43000.

La justificación de los gastos efectivamente realizados por la ENS en desarrollo del presente Convenio se realizará mediante la presentación en el Departamento de Investigación, Docencia y Formación, de la Secretaría General del (SESCAM), de una certificación, expedida por el Director de la Escuela Nacional de Sanidad o persona en quien delegue. Tras la justificación de los gastos, ambas partes aprobarán la liquidación definitiva mediante cláusula adicional al presente Convenio. En dicha cláusula se detallará el saldo resultante de las cantidades efectivamente empleadas por el SESCAM y la ENS en cumplimiento de sus respectivas obligaciones. La transferencia del importe previsto en la estipulación cuarta se hará efectiva en dos pagos: El 25 % a la firma del presente Convenio y el resto a la finalización del curso, tras la firma de la cláusula adicional de liquidación definitiva. La no aplicación por la ENS de las aportaciones económicas a los fines previstos en el presente Convenio o la falta de justificación de las mismas dará lugar a la revocación del mismo y el reintegro de las cantidades recibidas, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar. La ENS se compromete a conservar, durante un mínimo de 5 años, la documentación acreditativa de los gastos, así como facilitar la actividad fiscalizadora que, de acuerdo con el artículo 8.2 de la Ley 5/1993, de 27 de diciembre, corresponde ejercer a la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha. Sexto. Imagen corporativa.-En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del curso objeto de este convenio (programas de mano, carteles, publicidad en prensa, difusión a través de las páginas web, notas de prensa, ruedas de prensa, etc.), se destacará la colaboración de las entidades firmantes, respetando en todo caso los logotipos y directrices de imagen corporativa que se faciliten con este fin. Séptimo. Responsabilidad.-El SESCAM no adquiere en virtud de este convenio ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria frente a los profesores, los alumnos o las empresas contratistas en relación con los locales e infraestructuras gestionados por la ENS para la celebración de las sesiones presenciales del curso objeto de este Convenio. Asimismo, la ENS no adquiere en virtud de este Convenio ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria frente a los profesores o las empresas en relación con los servicios gestionados por el SESCAM para la organización y celebración de la parte del curso correspondiente a la formación on-line. Octavo. Vigencia.-El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y finalizará cuando lo haga la actividad convenida, sin perjuicio del total cumplimiento de todos los compromisos en el mismo adquiridos. Noveno. Régimen jurídico.-Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998 de 13 de julio.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en tres ejemplares y en el lugar y fecha indicados.-Por el ISCIII, La Directora, Flora de Pablo Dávila.-Por el Sescam, el Director, Juan Alfonso Ruiz Molina.

ANEXO I

CONVENIO ENS-ISCIII-SESCAM

II Edición 2008-2009

II Diploma Superior en Bioética ENS ISCIII-SESCAM

Jornada inaugural Acto institucional de apertura del Curso (Albacete, 14 de febrero de 2008)

Programa:

Primera parte: Historia, fundamentación y conceptos básicos de la Bioética. La Bioética en las organizaciones sanitarias Módulo 1: Filosofía e Introducción a la Ética.

Duración: Del 21 de febrero al 12 de marzo de 2008. Sesión presencial: 21 de febrero. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

La Ética desde la Filosofía.

Ética, Derecho y Moral:

Los juicios morales.

Ética de mínimos y ética de máximos. Derechos humanos. Problemas de la fundamentación ética.

Módulo 2: Fundamentos de Bioética.

Duración: Del 13 de marzo al 2 de abril de 2008. Sesión presencial: 13 de marzo. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Orígenes de la Bioética. Definición y contenidos.

Bioética y Derechos Humanos. Fundamentación de la Bioética. Modelos de Bioética.

Módulo 3: Los Comités de Ética Asistencial.

Dinámica de funcionamiento y metodología para la deliberación y toma de decisiones. Duración: Del 3 al 23 de abril de 2008. Sesión presencial: 3 de abril. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Origen, naturaleza, regulación, composición y funciones de los Comités de Ética Asistencial (CEAS).

El papel de los CEAS en el seno de las organizaciones sanitarias. CEAS y Legislación. Dialogo, sistemas de reflexión y metodología en el proceso deliberativo de los CEAS. Dictámenes.

Segunda parte: Dilemas éticos en la atención sanitaria

Módulo 4: Bioética y Biotecnología.

Duración: Del 24 de abril al 13 de mayo de 2008. Sesión presencial: 24 de abril. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Genoma humano. Terapia génica.

Investigación con órganos y tejidos humanos. Investigación con células madre y clonación. Ley de Investigación Biomédica.

Módulo 5: Bioética y Trasplantes.

Duración: Del 14 de mayo al 4 de junio de 2008. Sesión presencial: 14 de mayo. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Trasplantes de órganos y tejidos humanos.

Tipología de los trasplantes. Donación de vivo y donación de cadáver.

Módulo 6: Inicio de la vida.

Duración: Del 5 al 25 de junio de 2008. Sesión presencial: 5 de junio. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Dilemas éticos en torno al origen de la vida. Estatuto jurídico del embrión.

Diagnostico preimplantatorio y prenatal. Reproducción y fertilidad humana. Esterilización. Fecundación in vitro y otras técnicas de reproducción asistida. Selección de sexo. Consejo genético y eugenesia. Anticoncepción y contraconcepción.

Módulo 7: Fin de la vida.

Duración: Del 26 de junio al 16 de julio de 2008. Sesión presencial: 26 de junio. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Dilemas éticos en el final de la vida: el sufrimiento y la muerte.

Cuidados Paliativos. Paciente crítico y cuidados paliativos. Sedación, limitación del esfuerzo terapéutico, auxilio al suicidio y eutanasia.

Tercera parte: Derechos y deberes de los pacientes y profesionales sanitarios

Módulo 8: La nueva relación asistencial: el principio de autonomía de la voluntad.

Duración: Del 18 de septiembre al 8 de octubre de 2008. Sesión presencial: 18 de septiembre. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

La nueva relación asistencial.

Consentimiento informado: Información, capacidad y voluntariedad. Capacidad de los menores en el ámbito sanitario. Excepciones al régimen de consentimiento informado: urgencia vital, salud pública, internamientos forzosos, tratamientos involuntarios. Alternativas y rechazo al tratamiento propuesto. Alta voluntaria y Alta Forzosa.

Módulo 9: Libertad religiosa e ideológica y asistencia sanitaria.

Duración: Del 9 al 29 octubre de 2008. Sesión presencial: 9 de octubre. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Libertad religiosa e ideológica y asistencia sanitaria.

Objeción de conciencia en el ámbito sanitario. Instrucciones Previas.

Módulo 10: Información y documentación clínica.

Duración: Del 30 de octubre al 19 noviembre de 2008. Sesión presencial: 30 de octubre. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

La información sanitaria.

Intimidad, confidencialidad y protección de datos de salud. Secreto profesional. Documentación Clínica: cumplimentación, archivo, custodia y conservación, acceso y usos de la historia clínica. Historia clínica electrónica.

Cuarta parte: Calidad, seguridad y gestión del error sanitario

Módulo 11: Sociología de la Salud.

Duración: Del 20 de noviembre al 10 de diciembre de 2008. Sesión presencial: 20 de noviembre. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Paciente, familia y profesionales sanitarios.

Principios éticos de la comunicación: receptividad, exploración de las emociones, empatía, automotivación, expectativas no expresadas. Calidad de las relaciones: humanización de la asistencia sanitaria. Psicología Social.

Módulo 12: La gestión del error sanitario.

Duración: Del 11 de diciembre de 2008 al 2 de enero de 2009. Sesión presencial: 11 de diciembre. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Riesgo sanitario, error y efectos adversos.

La política de calidad en las organizaciones sanitarias. Notificación de riesgos y errores sanitarios. El aseguramiento de los riesgos. Comunicación y gestión de crisis sanitarias. Medios de información.

Módulo 13: Responsabilidad jurídica por asistencia sanitaria.

Duración: Del 22 de enero al 11 de febrero de 2009. Sesión presencial: 22 de enero. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Responsabilidad jurídica de los profesionales y servicios sanitarios.

Responsabilidad penal. Figuras delictivas. Responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria. Responsabilidad y trabajo en equipo. Responsabilidad del MIR. Responsabilidad del personal de enfermería.

Quinta parte: Sistemas y recursos sanitarios

Módulo 14: El medicamento como recurso en la Sanidad.

Duración: Del 12 de febrero al 4 de marzo de 2009. Sesión presencial: 12 de febrero. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

El medicamento como tratamiento y consumo sostenible.

El medicamento en paciente ingresado y en paciente externo adscrito al centro hospitalario. Atención farmacéutica. La indicación terapéutica como guía de uso. Investigación clínica en fármacos. Desde el Ensayo Clínico al Uso Compasivo. Aspectos éticos y legales. Garantías y uso racional del medicamento y producto sanitario. Comisión de Farmacia y Terapéutica y Comisión del Uso Racional del Medicamento. Uso seguro del medicamento. Farmacovigilancia y Errores de medicamento. Implicaciones éticas y legales.

Módulo 15: Sistema sanitario. Organización y gestión. Sostenibilidad y principio de justicia.

Duración: Del 5 al 25 de marzo de 2009. Sesión presencial: 5 de marzo. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Políticas y sistemas sanitarios: el SNS.

Bioética y economía de la salud. Universalidad, acceso a las prestaciones, distribución y gestión de los recursos. Valoración económica del producto sanitario en los servicios asistenciales. Condicionamientos económicos del sistema sanitario: dilema aseguramiento vs. racionamiento.

Módulo 16: Profesionales y servicios sanitarios.

Duración: Del 26 de marzo al 15 de abril de 2009. Sesión presencial: 26 de marzo. ENS. 10 a 14 y 15,30 a 18,30.

Ética y deontología profesional.

Nuevo profesionalismo sanitario Relaciones interprofesionales e interdisciplinares. Autonomía profesional y sus limitaciones. Ética en las organizaciones sanitarias. Responsabilidad social corporativa

Trabajo fin de curso

Exposición de los alumnos ante tribunal evaluador.

Acto de clausura. Cuenca, 30 de abril de 2009.

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