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Documento BOE-A-2008-1025

Sentencia de 19 de octubre de 2007, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se desestima la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación con el artículo 31 apartado 1, 3.º del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2008, páginas 4193 a 4193 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2008-1025

TEXTO ORIGINAL

En la cuestión de ilegalidad n.º 1/07, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia en fecha 19 de octubre de 2007, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que, desestimando la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el Auto de 18 de diciembre de 2006, dictado en el recurso núm. 1585/2003, declaramos la validez del artículo 31, apartado 1, 3.º del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, por ser ajustado a Derecho.

Esta sentencia no afecta a la situación jurídica concreta derivada de la sentencia dictada por el expresado órgano jurisdiccional en el mencionado recurso núm. 1585/2003.

Publíquese el presente fallo en el Boletín Oficial del Estado en cumplimiento de lo previsto en el artículo 126.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Colección que edita el Consejo General del Poder Judicial, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Rafael Fernández Montalvo.-Manuel Vicente Garzón Herrero.-Juan Gonzalo Martínez Micó.-Emilio Frías Ponce.-Manuel Martín Timón.-Jaime Rouanet Moscardó.

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