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Documento BOE-A-2008-10255

Resolución de 2 de junio de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publican los acuerdos de revisión salarial del Convenio colectivo de Euro Depot España, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 14 de junio de 2008, páginas 27205 a 27206 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2008-10255
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/06/02/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 28 de marzo de 2008 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa Euro Depot España, S.A. publicado en el B.O.E. de 23 de octubre de 2007 (Código de Convenio n.º 9016762), que fue suscrito de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en su representación, y de otra por los Comités de empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 2 de junio de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACUERDO DE REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE EURO DEPOT ESPAÑA, S. A.

Por la representación de los trabajadores:

Sergio Usero Guillot. (CCOO).

Carlos García-Villaraco López. (CCOO). David García Olagorta. (CCOO). Rosario Ramírez Caro. (UGT). Javier Cembranos Villada. (UGT). Toni García (Asesor CCOO). Gines López Franco (Asesor CCOO). Ana Micó Maestre (Asesora UGT).

Por la Dirección de la Empresa: Didier Cantreau.

Albert Aranda Barceló. Mercedes Acuña. Eduardo Ortega Figueiral (Asesor).

En Barcelona, siendo las 11 horas del día 28 de marzo de 2008, se reúnen las partes reseñadas en el encabezamiento del presente escrito, en su condición de representantes de los trabajadores y de la Dirección de la Empresa, respectivamente, en la Comisión Negociadora del «II Convenio Colectivo de la Empresa Euro Depot España, S.A.» adoptando los siguientes acuerdos: 1.º En cumplimiento de lo desarrollado en los artículos 36 y 37 de la citada norma colectiva, se procede a la revisión de las tablas salariales del ejercicio 2007, así como la fijación de los salarios correspondientes al ejercicio 2008, en la forma y modo establecida en los preceptos indicados. En su consecuencia, las tablas salariales definitivas correspondientes al 2007 son los que se recogen a continuación, aplicando el incremento del 2,2 por 100 (diferencia entre el IPC previsto -2 por 100- y el IPC real de dicho ejercicio -4,2 por 100-) sobre las tablas que se recogen en el art. 35 del Convenio. En virtud de todo ello, procede por parte de la empresa el abono, con efectos retroactivos del 1 de enero de 2007, de las diferencias resultantes como consecuencia de dicha regularización.

Por lo tanto, las tablas definitivas del ejercicio 2007, quedarían como siguen:

Grupos

Total anual en €

Grupo 0

17.825,70

Grupo I

16.949,02

Grupo II

15.487,91

Grupo III

14.611,23

Grupo IV

14.026,78

2.º Por lo que respecta a las tablas salariales provisionales del ejercicio 2008, las mismas son las que a continuación se recogen, aplicando el incremento a cuenta previsto en el art. 36 del Convenio, concretamente el 2,5 por 100 (IPC previsto más un 0,5 por 100.) sobre las tablas definitivas del ejercicio 2007.

Por lo tanto, las tablas provisionales del ejercicio 2008, quedarían como siguen:

Grupos

Total anual en €

Grupo 0

18.271,34

Grupo I

17.372,75

Grupo II

15.875,10

Grupo III

14.976,51

Grupo IV

14.377,45

3.º La Comisión Negociadora autoriza expresamente a D. Eduardo Ortega Figueiral para que lleve a cabo los trámites de presentación, registro y solicitud de posterior publicación de la presente Acta ante la Autoridad Laboral competente. Y sin más asuntos que tratar y ratificándose cada representación en el contenido íntegro de este escrito, lo firman en la ciudad y fecha que se indican en el encabezamiento

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/06/2008
  • Fecha de publicación: 14/06/2008
  • Efectos económicos desde el 1 de enero de 2007.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 3 de octubre de 2007 (Ref. BOE-A-2007-18455).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales
  • Materiales de construcción

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