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Documento BOE-A-2008-10267

Orden SCO/1683/2008, de 4 de junio, por la que se modifica la Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Sanidad y Consumo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 14 de junio de 2008, páginas 27210 a 27210 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-10267
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/06/04/sco1683

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Sanidad y Consumo, se estableció el régimen de distribución de las competencias del titular del Departamento que, por motivos de eficacia, agilidad y coordinación, se consideró oportuno delegar en sus distintos órganos directivos. Aunque esta distribución de competencias deberá ser revisada como consecuencia de la adaptación de la estructura orgánica del Ministerio a los cambios introducidos por el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, la desaparición de las razones que justificaron la delegación en el Subsecretario de Sanidad y Consumo de la competencia para la resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial exige su revocación mediante esta orden. Esta orden se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Queda sin efecto el punto 10 del apartado primero de la Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Sanidad y Consumo, por el que se delega en el Subsecretario de Sanidad y Consumo la competencia para la resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de junio de 2008.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/06/2008
  • Fecha de publicación: 14/06/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 15/06/2008
  • Fecha de derogación: 20/12/2008
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden SCO/3712/2008, de 15 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-20576).
Referencias anteriores
  • DEROGA el apartado 1.10 de la Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio (Ref. BOE-A-2004-13808).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Real Decreto 438/2008, de 14 de abril (Ref. BOE-A-2008-6719).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Consumo

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