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Documento BOE-A-2008-10546

Orden EHA/1771/2008, de 11 de junio, por la que se convocan becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y especialidades convocadas por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 20 de junio de 2008, páginas 28029 a 28032 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-10546

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y especialidades convocadas por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, en virtud de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, este Ministerio dispone:

Primero. Convocatoria.-Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 375 becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y especialidades convocadas por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, derivadas del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008.

Esta convocatoria se rige por lo previsto en la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio, por la que se aprueban las correspondientes bases reguladoras para la concesión de becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y especialidades convocadas por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Segundo. Objeto.-El objeto de las becas es facilitar la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y especialidades convocadas por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Tercero. Número y cuantía de las becas.

1. Las 375 becas se distribuyen por Cuerpos de la siguiente manera:

Subgrupo

Cuerpos adscritos al Ministerio de Economía y Hacienda

Becas PI

A 1

Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

12

Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.

2

Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

8

Cuerpo Superior de Arquitectos de la Hacienda Pública.

10

Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

6

Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.

9

Cuerpo Ingenieros de Montes de Hacienda Pública.

7

A 2

Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad.

20

Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

2

Cuerpo Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda Pública.

1

Subtotal

77

Subgrupo

Cuerpos adscritos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Becas PI

A 1

Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

66

Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera.

1

A 2

Cuerpo Técnico de Hacienda.

100

Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera.

3

Cuerpo Gestión S. Informática, Especialidad Administración Tributaria.

5

C 1

Cuerpo General Administrativo del Estado, Agentes de Hacienda Pública.

110

Cuerpo Técnico Auxiliares de Informática, Especialidad Administración Tributaria.

13

Subtotal

298

2. La cuantía de la beca se determinará en función de la duración de la licencia o licencias por asuntos propios y se calculará de la siguiente manera:

Para la preparación de pruebas selectivas para acceso a Cuerpos del Subgrupo A1, la cuantía asciende a 74 € por cada día del período de licencia disfrutado.

Para la preparación de pruebas selectivas para acceso a Cuerpos del Subgrupo A2, la cuantía asciende a 52 €, por cada día del período de licencia disfrutado. Para la preparación de pruebas selectivas para acceso a Cuerpos del Subgrupo C1, la cuantía asciende a 47 €, por cada día del período de licencia disfrutado.

3. La determinación de los períodos de licencias por asuntos propios disfrutados que se considerarán para el cálculo de la cuantía de las becas se realizará de acuerdo con las siguientes reglas:

No se considerarán las licencias disfrutadas con anterioridad a la publicación de la oferta de empleo público de cada año ni con posterioridad a la realización del último ejercicio de las pruebas selectivas o de aquel que hubiera supuesto la eliminación del adjudicatario de dichas pruebas.

No se considerarán los períodos que excedan de los tres meses de licencia disfrutada.

4. Las dotaciones económicas de la beca se imputarán a la aplicación presupuestaria 15.01.923M.480 de los Presupuestos Generales del Estado, teniendo carácter plurianual y siendo el importe máximo del coste previsto de 49.440 € para el ejercicio presupuestario 2008 y de 812.440 € para el ejercicio 2009. Cuarto. Requisitos de los solicitantes.-Los requisitos de los solicitantes y su forma de acreditación son los determinados en las bases segunda y sexta de la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio.

Quinto. Procedimiento de concesión de las becas.

1. Presentación de solicitudes.-Los interesados deberán presentar su solicitud en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en la página web del Ministerio de Economía y Hacienda o Agencia Estatal de Administración Tributaria de las notas del último ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo correspondiente en el modelo de solicitud que se publica como anexo a esta Orden (disponible en http://www.meh.es y http://www.aeat.es).

Las solicitudes se presentarán en cualquiera de los registros y oficinas previstos el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El solicitante acompañará a la solicitud, certificado de la Subdirección General de Recursos Humanos o unidad equivalente del Departamento, organismo o entidad en el que el solicitante desempeñe sus servicios en el que se acrediten los períodos de licencia por asuntos propios disfrutados conforme a lo previsto en el apartado 1.b) de la base segunda de la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio. En el caso de que la solicitud o documentos presentados no reúnan los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición. 2. Órgano de selección.-La valoración de las solicitudes corresponderá al órgano de selección previsto en el apartado 2 de la base sexta de la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio. El órgano de selección evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el apartado 3 de la base sexta de la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio, y elaborará la propuesta de resolución conforme a lo previsto en el citado apartado que elevará, a través de la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Hacienda, a la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda. 3. Resolución.-La Subsecretaría de Economía y Hacienda resolverá la concesión de las becas en el plazo de tres meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación ante la Subsecretaría de Economía y Hacienda o, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses desde la misma fecha. La Resolución de concesión de las becas se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y transcurrido un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de dicha notificación sin que el beneficiario renuncie expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ha sido aceptada.

Sexto. Recursos.-Contra esta Orden podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Ministro de Economía y Hacienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado o, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha.

Madrid, 11 de junio de 2008.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes Mira.

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