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Documento BOE-A-2008-10601

Resolución de 2 de junio de 2008, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se publica la addenda al Convenio de encomienda de gestión entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, por el que se establece la delegación de determinadas funciones del organismo pagador de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural y el Fondo Español de Garantía Agraria.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 21 de junio de 2008, páginas 28084 a 28084 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-10601

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de encomienda de gestión entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, por el que se establece la delegación de determinadas funciones del organismo pagador de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural y el Fondo Español de Garantía Agraria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 2 de junio de 2008.-El Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, P. S. R. (Real Decreto 1417/2004, de 11 de junio), la Subdirectora General de Igualdad y Modernización, Elena Boy Carmona.

ADDENDA AL CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA DELEGACION DE DETERMINADAS FUNCIONES DEL ORGANISMO PAGADOR DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA del Principado DE ASTURIAS EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL MEDIO RURAL Y EL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA

En Madrid, a 19 de mayo de 2008.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Consejera de Medio Ambiente y Desarrollo Rural del Principado de Asturias, doña Belén Fernández González, en nombre y representación del Principado de Asturias, en virtud del Decreto 15/2007, de 12 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se nombra a los miembros del Consejo de Gobierno, autorizado para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias de fecha 16 de abril de 2008.

De otra parte, don Santiago Menéndez de Luarca y Navia-Osorio, Subsecretario de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del Real Decreto 490/2008, de 14 de abril, por el que se dispone su nombramiento, en nombre y representación del citado Departamento, conforme a las atribuciones que le confiere la Orden ARM/158/2008, de 24 de abril, sobre delegación de competencias. Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente Adenda al Convenio de colaboración suscrito el 13 de noviembre de 2007, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.-Con fecha 13 de noviembre de 2007, las partes suscribieron un Convenio de colaboración por el que se estableció la delegación de determinadas funciones del organismo pagador de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural y el FEGA.

Segundo.-El objeto del citado Convenio es encomendar a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino las siguientes funciones:

La gestión y el pago a los beneficiarios últimos de las ayudas vinculadas a préstamos, correspondientes a las medidas de desarrollo rural previstas en el apartado 2.c) y 3 del artículo 1 del Reglamento (CE) n.º 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común concedidas por la Comunidad Autónoma de Principado de Asturias para las inversiones en explotaciones agrarias y la instalación de jóvenes agricultores reguladas por los Reales Decretos 204/1996 y 613/2001.

Las actuaciones de control, de conformidad con la legislación sectorial de la Unión Europea, necesarias para verificar la realidad de los hechos que sirven de base a los pagos de estas ayudas.

Tercero.-En aplicación de lo determinado en el ultimo párrafo de las disposiciones transitorias incluidas en el punto sexto del Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias ha concedido durante el ejercicio 2007 ayudas para modernización de explotaciones vinculadas a préstamos que desea puedan incluirse en el citado Convenio y las convocadas para el 2008. En virtud de lo señalado anteriormente, las Partes acuerdan suscribir la presente Addenda al Convenio de colaboración con sujeción a la siguiente

CLÁUSULA

Única. A las funciones encomendadas a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural en la cláusula primera de este Convenio, se añade la siguiente:

La gestión y pago a los beneficiarios finales de las ayudas vinculadas a prestamos correspondientes a las medidas de modernización de la explotaciones agrarias e instalación de jóvenes agricultores que en el marco de los artículos 26 y 22, respectivamente, del Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Programa Regional de Desarrollo Rural, se concedan por esta Comunidad Autónoma, durante los ejercicio 2007 y 2008, en aplicación de su normativa.

A esta nueva función le será íntegramente de aplicación el citado Convenio. Y en prueba de conformidad, las Partes firmantes suscriben la presente addenda al Convenio de colaboración suscrito con fecha 13 de noviembre de 2007, en tres ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.-El Subsecretario de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca y Navia-Osorio.-La Consejera de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, Belén Fernández González.

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