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Documento BOE-A-2008-10779

Orden APU/1830/2008, de 3 de junio, por la que se convocan los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública correspondientes a 2008 (Excelencia y Buenas Prácticas).

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 2008, páginas 28403 a 28413 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2008-10779

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 951/2005, de 29 de julio (BOE de 3 septiembre), por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, crea en su artículo 22 los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, determinando en el artícu-lo 24.1 que están destinados a reconocer y galardonar a las organizaciones públicas que se hayan distinguido en alguno de los siguientes ámbitos:

a) La excelencia de su rendimiento global por comparación a modelos de referencia reconocidos.

b) La innovación en la gestión de la información y del conocimiento, así como de las tecnologías. c) La calidad e impacto de las iniciativas singulares de mejora implantadas.

Por su parte, con los apartados 2 y 3 del mismo artículo, al disponer, respectivamente, que los premios estarán abiertos a todas las administraciones públicas y que los Departamentos de la Administración General del Estado procurarán desarrollar en sus correspondientes ámbitos un primer nivel de premios alineados con los instituidos en el Real Decreto, se pretende configurar una suerte de sistema que permita vertebrar la diversidad de premios de esta naturaleza existentes en las distintas administraciones públicas españolas en beneficio mutuo de todas ellas, sobre la base de la participación voluntaria de los tres órdenes de administración pública y del aprovechamiento de las experiencias existentes.

Una vez determinadas las modalidades y definidas las categorías, así como las características y los efectos de los premios por Orden APU/486/2006, de 14 de febrero, por la que se regularon los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, realizadas ya dos convocatorias, procede convocar la correspondiente a 2008. Tal como se indica en el punto segundo, apartados 2 y 3, de la Orden APU/486/2006, de 14 de febrero, este año corresponde realizar la convocatoria del premio a la Excelencia en la Gestión Pública, que tiene carácter anual, así como los premios a las Buenas Prácticas en sus dos categorías: Premio Ciudadanía a las Buenas Prácticas en los Servicios Públicos y Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna, los dos con carácter bienal. En cumplimiento de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 25 del citado Real Decreto, dispongo:

Artículo único. Convocatoria de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública 2008.

1. Se convoca el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública 2008, con categoría única, conforme a las bases que figuran en el anexo 1 de esta Orden.

2. Se convocan los Premios a las Buenas Prácticas, en sus dos categorías, conforme a las bases que figuran en los anexos 2 y 3 de esta Orden.

Disposición adicional. Gestión de los Premios.

En consonancia con la Orden APU/1521/2007, de 14 de mayo, por la que se convocan los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, que modificó el apartado cuarto de la Orden APU/486/2006, de 14 de febrero, por la que se regulan los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, las funciones de gestión del proceso de los premios serán desarrolladas por la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL).

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de junio de 2008.-La Ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado Méndez.

ANEXO 1 Bases de la convocatoria del Premio a la Excelencia en la Gestión Pública 2008

Primera. Convocatoria del Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.-De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, y en esta Orden, y con el fin de reconocer al órgano u organismo que se haya distinguido muy especialmente en la excelencia de su rendimiento global por comparación a modelos de referencia internacional, se convoca el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública correspondiente a 2008. Segunda. Ámbito de aplicación.

1. El Premio a la Excelencia en la Gestión Pública está dirigido a todo tipo de organizaciones de las distintas administraciones públicas españolas. A estos efectos, se entenderá por organización los órganos, organismos y unidades administrativas de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de la Administración Local y de las ciudades de Ceuta y Melilla, así como otros Entes de Derecho Público.

2. Podrán presentarse al Premio todas las organizaciones mencionadas en el número anterior, siempre que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tengan publicada su respectiva carta de servicios. Además, deberán estar en posesión de alguna de las certificaciones siguientes:

a. La certificación del nivel de excelencia emitida en 2006 por la suprimida Dirección General de Inspección, Evaluación y Calidad de los Servicios del Ministerio de Administraciones Públicas, o en 2007 por la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL).

b. El «Sello de Excelencia» concedido por el Club Excelencia en Gestión vía Innovación o el reconocimiento del nivel europeo de los «Levels of Excellence» de la Fundación Europea para la Gestión de la Calidad (EFQM) o por cualquier otra entidad reconocida que promueva la excelencia, con una antigüedad, a lo sumo, dos años anterior a la de esta convocatoria. c. La obtención de un premio similar en el ámbito de su Comunicad Autónoma, en una fecha, a lo sumo, dos años antes a la de esta convocatoria. d. En caso de no poseer lo indicado en los puntos anteriores, excepcionalmente deberá acreditar la realización de, al menos, una autoevaluación de la totalidad de la organización conforme al Modelo EFQM de Excelencia, en su adaptación a la Administración Pública, o al Marco Común de Evaluación (CAF), con una antigüedad, a lo sumo, dos años anterior a esta convocatoria, teniendo en cuenta, además, las indicaciones del anexo 1.3.

Tercera. Contenido del premio.

1. El premio no tiene contenido económico. Se otorgará un único premio y consistirá en una placa y un diploma acreditativo.

2. Asimismo, se podrán otorgar tres accésit, consistentes también en una placa y un diploma acreditativo. 3. El premio podrá ser declarado desierto en caso de que ninguna de las candidaturas reúna los méritos suficientes para ser galardonada con el mismo.

Cuarta. Solicitud para presentarse al premio.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como anexo 1.1 de estas bases, y deberán ir suscritas, en función del ámbito administrativo de la organización aspirante: a.) En el caso de organizaciones de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, por el máximo responsable de la organización aspirante.

b.) En el caso de organizaciones de la Administración Local, por el máximo responsable de la corporación (Presidente de la Diputación, Alcalde, etc.), o por la persona en quien éste tenga delegadas las funciones en las materias relacionadas con este Premio. c.) En el caso de otros Entes de Derecho Público, por el máximo directivo del Ente o por la persona en quien éste tenga delegadas dichas funciones.

2. Las solicitudes deberán presentarse hasta el 15 de julio de 2008, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la AEVAL (calle María de Molina, 50, tercera planta; 28071 Madrid).

3. Las candidaturas deberán ir acompañadas de la carta de servicios de la organización y de alguna de las certificaciones o documentos indicados en la base segunda apartado 2, documentos todos ellos de los que deberá aportarse un ejemplar en soporte papel y un ejemplar en soporte electrónico. 4. Aquellas organizaciones que reúnan las condiciones de participación y hayan formalizado la solicitud en el plazo previsto, recibirán una comunicación de dicho extremo antes del 1 de agosto de 2008 de la AEVAL. 5. Las organizaciones que hayan recibido la notificación a la que se refiere el número anterior, elaborarán una memoria descriptiva de su funcionamiento, que será remitida a la AEVAL, por cualquiera de los medios citados en el número 2 de esta base cuarta, hasta el 17 de noviembre de 2008.

Quinta. Memoria.

1. La memoria describirá la gestión de la organización siguiendo todos y cada uno de los criterios y subcriterios del Modelo EFQM de Excelencia (versión 2003) en su adaptación a la Administración Pública. Este modelo se encuentra disponible en la página Web de la AEVAL, dirección de Internet http://www.aeval.es, apartado Calidad de los Servicios Públicos.

2. No obstante lo anterior, aquellas organizaciones que hayan realizado su autoevaluación previa conforme al Marco Común de Evaluación (CAF) podrán elaborar su memoria alternativamente según dicho modelo, disponible en la misma dirección de Internet. 3. La elaboración de la memoria se ajustará a las especificaciones que figuran en el anexo 1.2 de estas bases. Las memorias que no se ajusten a tales requisitos no serán tomadas en consideración y, por tanto, no serán evaluadas.

Sexta. Criterios para la valoración y concesión del premio y de las menciones.-Para la evaluación de las candidaturas y la concesión del premio y del accésit, se tendrán en cuenta los criterios del modelo EFQM de Excelencia, en su adaptación a las organizaciones administrativas, o del Modelo CAF para aquellas candidaturas a las que se hace referencia en el número 2 de la base quinta del presente anexo 1 de esta Orden.

Séptima. Fases del proceso de evaluación y concesión.-El proceso general constará de las siguientes fases:

1. En la primera se evaluarán las memorias y complementariamente, si así lo acuerda la AEVAL, los equipos a los que se refiere la octava de estas bases podrán visitar los órganos u organismos candidatos, elaborando el correspondiente informe de evaluación, que será enviado a la AEVAL.

2. En la segunda fase, la AEVAL enviará un informe al Jurado. El Jurado, a la vista del mismo, elevará una propuesta para la concesión de los premios a la Ministra. 3. La última fase consistirá en la concesión del premio y de los accésit, que será resuelta por Orden de la Ministra de Administraciones Públicas. La resolución del Premio se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Octava. Equipos de evaluación.

1. Para la realización de la evaluación se constituirán los equipos precisos, que estarán integrados por funcionarios y, en su caso, otros profesionales. Los integrantes de los equipos serán expertos en el modelo EFQM de Excelencia, designados por la Presidenta de la AEVAL, de entre quienes estuvieran acreditados como evaluadores del modelo por la Fundación Europea para la Gestión de Calidad (EFQM) o por el Club Excelencia en Gestión vía Innovación, socio de la citada Fundación en España, o por otras entidades licenciatarias.

2. Los equipos de evaluación elaborarán un informe sobre cada una de las candidaturas teniendo en cuenta la Memoria presentada y, en su caso, la visita realizada a la organización, de acuerdo con lo previsto en la base séptima. Una vez concluidos los informes se remitirán a la AEVAL, que elaborará un informe para el Jurado.

Novena. Jurado.

1. El Jurado estará constituido por un máximo de siete miembros y un mínimo de cinco, designados por la Ministra de Administraciones Públicas, entre personas de reconocida experiencia en gestión pública o en el ámbito de la calidad y la excelencia. La presidencia y la secretaría del Jurado recaerán en los miembros que la Ministra determine al efectuar la designación. Un funcionario de la AEVAL, nombrado por su Presidenta, actuará como Secretario de Actas, con voz pero sin voto.

2. El Jurado, a la vista de la documentación a que se refiere la base octava, número 2, elevará una propuesta a la Ministra de Administraciones Públicas, que resolverá la concesión del premio y, en su caso, los accésit. 3. El funcionamiento del Jurado se regulará por las normas contenidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décima. Compromisos de los participantes en el premio.

1. Las personas que intervengan en el proceso de gestión y evaluación del premio guardarán la debida confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones que se realicen a las organizaciones candidatas.

2. Los órganos u organismos participantes facilitarán la entrada del equipo de evaluación en sus instalaciones, en caso de que se realice la visita contemplada en la base séptima. 3. Una vez finalizado el proceso de evaluación y concesión del premio, la AEVAL proporcionará un informe a las organizaciones cuyas memorias hayan sido evaluadas y así lo soliciten en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación de la resolución del premio. 4. Las organizaciones premiadas se comprometen a participar en las acciones de difusión -presencial, gráfica o audiovisual- de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública y, en general, de los programas para la mejora de la calidad de los servicios que se realicen por el Ministerio de Administraciones Públicas y por la AEVAL. Asimismo, autorizan al Ministerio de Administraciones Públicas y a la AEVAL a publicar, en su caso, las memorias a que se refiere el número 6 de la base cuarta.

Undécima. Efectos del premio.

1. De conformidad con lo previsto en el apartado tercero de la Orden APU/486/2006, de 14 de febrero, por la que se regulan los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, la organización galardonada con el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública podrá: 1.1 Hacerlo constar en sus publicaciones y en el material impreso y página web, durante los tres años siguientes al de concesión.

1.2 Anunciarlo en sus instalaciones por tiempo indefinido.

2. Además de los efectos conferidos en el punto anterior, las organizaciones galardonadas con el premio o con el accésit podrán:

2.1 Obtener facilidades para asistir a cursos, conferencias o jornadas en materia de calidad organizadas por el Ministerio de Administraciones Públicas y por la AEVAL.

2.2 Otorgar el reconocimiento que estimen oportuno al personal que haya participado en las acciones conducentes a la obtención del premio o accésit, según la normativa de aplicación, en cada caso. 2.3 En todo caso, y por lo que respecta a las organizaciones de la Administración General del Estado, estos reconocimientos tendrán la consideración prevista en el artículo 66.1.a) de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado y se anotarán en el Registro Central de Personal, a tenor de lo establecido en el artículo 13 de su Reglamento, modificado por el Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre.

3. La participación del personal de las organizaciones galardonadas en las acciones conducentes a la obtención del correspondiente premio o accésit podrá ser tenida en cuenta por los órganos competentes a efectos de la retribución por el complemento de productividad, de acuerdo con la normativa de aplicación, en cada caso. Duodécima. Aceptación de la convocatoria.-La presentación de candidaturas es voluntaria y supone la aceptación de las presentes bases.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO 1.2

Especificaciones de la memoria

Premio a la Excelencia en la Gestión Pública 2008

1. Contenido y páginas:

a) Portada (una página): Nombre de la organización y logotipo.

b) Copia del formulario de solicitud. c) Índice general de contenidos (una página). d) Presentación de la organización, incluyendo funciones y actividades, estructura orgánica, proceso hacia la excelencia y principales servicios (máximo cuatro páginas). e) Cuerpo del documento, describiendo el funcionamiento de la organización según todos y cada uno de los criterios y subcriterios del Modelo EFQM o del Modelo CAF (máximo 75 páginas). No se tendrán en cuenta a la hora de su evaluación las páginas que excedan de las indicadas para este apartado. f) Anexo: Relación de siglas y acrónimos empleados.

2. Configuración: Las páginas de la Memoria, mecanografiadas por una sola cara y numeradas, se configurarán en formato A4 (210 mm × 297 mm), con interlineado sencillo y letra Arial con un tamaño mínimo de letra de 10 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo), para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten legibles.

3. Soporte: La Memoria se confeccionará en soporte papel y soporte informático. El soporte informático será un CD ROM conteniendo la Memoria en archivo «.odf», «.pdf» ó «.doc». 4. Presentación: La memoria se enviará a la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (calle María de Molina, 50, tercera planta; 28071 Madrid), en los siguientes soportes y número de ejemplares:

a) Dos ejemplares en soporte papel.

b) Un ejemplar en soporte electrónico, en formatos «.doc» («Microsoft Word»),».pdf» («Acrobat») u «.odf».

5. Elementos de apoyo: Para facilitar la redacción de la Memoria, la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, proporcionará a los candidatos la «Guía de apoyo para la elaboración de la Memoria de presentación al Premio a la Excelencia en la Gestión Pública», que estará disponible en la página web de la Agencia, en la dirección de Internet http:// www.aeval.es

ANEXO 1.3

Especificaciones sobre el contenido del informe de autoevaluación

Premio a la Excelencia en la Gestión Pública 2008

En caso de que la organización no tenga reconocimientos externos como los indicados en el punto 3 de la base cuarta, deberá presentar un informe con los resultados de su propia autoevaluación. En el contenido de dicho informe se incluirá:

1. El ámbito de la autoevaluación, señalando si la autoevaluación es de toda o parte de la organización.

2. El período al que corresponde la autoevaluación y la cronología de la misma. 3. Las personas que han participado en la autoevaluación y las funciones que desempeñan en la organización. 4. Breve descripción de la metodología utilizada, indicando los puntos fuertes, las áreas de mejora y la puntuación que se otorga a cada criterio y, en su caso, subcriterio. 5. Información sobre si se ha tenido, o no, apoyo externo para la realización de la autoevaluación.

ANEXO 2 Bases de la convocatoria del Premio Ciudadanía a las Buenas Prácticas en los Servicios Públicos 2008

Primera. Convocatoria del Premio Ciudadanía a las Buenas Prácticas en los Servicios Públicos.-De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio y en esta Orden, y con el fin de reconocer las prácticas de buena gestión con impacto directo en los ciudadanos y usuarios de los servicios públicos, se convoca el Premio Ciudadanía a las Buenas Prácticas en los Servicios Públicos correspondiente a 2008, en adelante Premio Ciudadanía. Segunda. Definición.-A los efectos de esta convocatoria se consideran «Buenas Prácticas en los Servicios Públicos» las prácticas de buena gestión, con impacto directo en los ciudadanos o usuarios de dichos servicios, consistentes en experiencias o proyectos consolidados e implantados, cuyos resultados estén redundando en una mayor calidad de los citados servicios. Tercera. Ámbito de aplicación.-El Premio Ciudadanía está dirigido a todo tipo de organizaciones de las distintas administraciones públicas españolas. A estos efectos, se entenderá por organización los órganos, organismos y unidades administrativas de la Administración General del Estado, de las administraciones de las comunidades autónomas, de la administración local y de las ciudades de Ceuta y Melilla, así como a otros entes de derecho público. Cuarta. Contenido del premio.

1. El premio no tiene contenido económico y consistirá en una placa y un diploma acreditativo.

2. Se otorgará un único premio, sin perjuicio de que puedan otorgarse hasta un máximo de tres accésit, consistentes también en una placa y un diploma acreditativo, a aquellas candidaturas que, a juicio del Jurado, reúnan méritos suficientes para ello. 3. Además de lo previsto en puntos 1 y 2, se podrán otorgar diplomas acreditativos a todas aquellas candidaturas finalistas que, en número no superior a doce, superen las dos primeras fases del proceso de evaluación y concesión, de acuerdo con lo especificado en la base séptima. 4. El premio podrá ser declarado desierto, en caso de que ninguna de las candidaturas reuniera los méritos suficientes para ser galardonada con el premio.

Quinta. Solicitud para presentarse al premio.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como anexo 2.1 de estas bases, y deberán ir suscritas, en función del ámbito administrativo de la organización aspirante: a) En el caso de organizaciones de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, por el máximo responsable de la organización aspirante.

b) En el caso de organizaciones de la Administración local, por el máximo responsable de la corporación local a la que pertenezca (Presidente de la Diputación, Alcalde), o por la persona en quien aquél tenga delegadas las correspondientes funciones. c) En el caso de organizaciones pertenecientes a otros entes de derecho público, por el máximo directivo del ente o por la persona en quien éste tenga delegadas dichas funciones.

2. Las solicitudes, anexo 2.1 de la convocatoria, deberán presentarse hasta el 15 de julio de 2008, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL) (calle María de Molina, 50, tercera planta, 28071 Madrid).

3. Aquellas organizaciones que reúnan las condiciones de participación y hayan formalizado la solicitud en el plazo previsto, recibirán una comunicación de dicho extremo antes del 1 de agosto de 2008 de la AEVAL. 4. Las organizaciones que hayan recibido la notificación a la que se refiere el número anterior, elaborarán una memoria descriptiva de su funcionamiento, que se ajustará a las especificaciones que figuran en el anexo 2.2, y será remitida a la AEVAL, por cualquiera de los medios citados en el número 2 de esta base cuarta, hasta el 31 de octubre de 2008. Las memorias que no se ajusten a tales requisitos no serán evaluadas.

Sexta. Criterios para la valoración y concesión del premio.-La valoración de candidaturas preseleccionadas y la concesión del premio Ciudadanía se efectuarán según los criterios recogidos en el anexo 2.3 de estas bases.

Séptima. Fases del proceso de evaluación y concesión.-El proceso general constará de las siguientes fases:

1. En la primera se evaluarán las memorias, según los criterios previstos en anexo 2.3.1 de estas bases, y, complementariamente, si así lo acuerda la AEVAL, los equipos de evaluación visitarán los órganos u organismos candidatos, elaborando un informe al final de todo este proceso, que será enviado a la AEVAL.

Los evaluadores de estos equipos serán designados a tal efecto por la Presidenta de la AEVAL de entre funcionarios de las distintas administraciones públicas: estatal, autonómica y local u otras personas que cuenten con formación y experiencia en evaluación y en gestión de calidad en los servicios públicos. 2. En la segunda fase un Comité Técnico, formado por entre 3 y 5 personas, que será nombrado por la Presidenta de la AEVAL de entre funcionarios con experiencia en evaluación y calidad, elaborará la relación de candidaturas finalistas. Para ello tendrá en cuenta los informes de evaluación presentados por los equipos de evaluación. Las candidaturas seleccionadas serán convocadas a participar en la siguiente fase. 3. La tercera fase consistirá en la presentación y defensa pública ante los miembros del Jurado de las prácticas realizadas por las candidaturas que hayan resultado finalistas, durante el acto que a tal efecto se convoque. El Jurado valorará dicha exposición según las pautas que aparecen en el anexo 2.3.2. La fecha del acto de defensa pública se comunicará a todas las candidaturas finalistas con la antelación necesaria. A la vista de los informes de evaluación de las memorias y de la defensa pública realizada, el Jurado elevará una propuesta de concesión del premio, y, en su caso, de los correspondientes accésit, a la Ministra de Administraciones Públicas. 4. Por último, la Ministra resolverá por Orden la concesión del premio y, en su caso, los accésit. Dicha Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Octava. Jurado.

1. El Jurado estará constituido por un máximo de siete miembros y un mínimo de cinco, designados por la Ministra de Administraciones Públicas, entre personas de reconocida experiencia en la Administración o en la gestión de calidad. La presidencia y la secretaría del Jurado recaerán en los miembros que la Ministra determine al efectuar la designación. Un funcionario de la AEVAL, nombrado por su Presidenta, actuará como Secretario de Actas, con voz pero sin voto.

2. El funcionamiento del Jurado se regulará por las normas contenidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Novena. Compromisos de los participantes en el premio.

1. Las personas que intervengan en el proceso de gestión y evaluación del premio guardarán la debida confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones que se realicen a las organizaciones candidatas.

2. Una vez finalizado el proceso de evaluación y concesión del Premio, la AEVAL proporcionará un informe sobre los resultados de su evaluación a las organizaciones cuyas memorias hayan sido evaluadas y así lo soliciten en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación de la resolución del Premio. 3. Las organizaciones premiadas se comprometen a participar en las acciones de difusión -presencial, gráfica o audiovisual- del Premio Ciudadanía y, en general, de los programas para la mejora de la calidad de los servicios de calidad que se realicen por el Ministerio de Administraciones Públicas, o por la AEVAL. Asimismo autorizarán al Ministerio de Administraciones Públicas y a la AEVAL a publicar, en su caso, las Memorias a que se refiere el punto 5 de la base quinta.

Décima. Efectos del premio.

1. De conformidad con lo previsto en el apartado tercero de esta Orden, las organizaciones galardonadas con el Premio Ciudadanía o con alguna de las menciones honoríficas concedidas podrán: 1.1 Hacerlo constar en sus publicaciones y en el material impreso y página web, durante los tres años siguientes al de concesión.

1.2 Anunciarlo en sus instalaciones por tiempo indefinido.

2. Además de los efectos conferidos en el punto anterior, las organizaciones galardonadas en esta I edición del premio podrán:

2.1 Obtener facilidades para asistir a cursos, conferencias o jornadas en materia de calidad organizadas por el Ministerio de Administraciones Públicas o por la AEVAL.

2.2 Otorgar el reconocimiento que estimen oportuno al personal que haya participado en las acciones conducentes a la obtención del premio o mención, según la normativa de aplicación, en cada caso. 2.3 En todo caso, y por lo que respecta a las organizaciones de la Administración General del Estado, estos reconocimientos tendrán la consideración prevista en el artículo 66.1.a) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado y se anotarán en el Registro Central de Personal, a tenor de lo establecido en el artículo 13 de su Reglamento, modificado por el Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre.

3. La participación del personal de las organizaciones galardonadas en las acciones conducentes a la obtención del correspondiente premio o mención podrá ser tenida en cuenta por los órganos competentes a efectos de la retribución por el complemento de productividad, de acuerdo con la normativa de aplicación, en cada caso. Undécima. Aceptación de la convocatoria.-La presentación de candidaturas es voluntaria y supone la aceptación de las presentes bases.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO 2.2

Especificaciones de la Memoria

Premio Ciudadanía a las Buenas Prácticas en los Servicios Públicos 2008

1. Contenido y paginas:

1.1 Portada (una página): Nombre de la organización, logotipo y título de la «práctica» que se presenta.

1.2 Copia del formulario de participación. 1.3 Índice general de contenidos (una página). 1.4 Presentación de la organización, incluyendo funciones y actividades, estructura orgánica y principales servicios prestados y, en su caso, relación de siglas o acrónimos utilizados (máximo dos páginas). 1.5 Cuerpo del documento descriptivo de la «práctica» desarrollada, siguiendo los criterios que figuran en anexo 2.4 de la Orden de convocatoria, 40 páginas. No se tendrán en cuenta, a la hora de su evaluación, las páginas que excedan de las indicadas para este apartado.

2. Configuración: Las páginas de la Memoria, mecanografiadas por una sola cara y numeradas, se configurarán en formato A4 (210 mm × 297 mm), con interlineado sencillo y un tamaño mínimo de letra de 10 puntos, si bien podrán utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo), para gráficos e ilustraciones en color, siempre que resulten legibles.

3. Soporte: La Memoria se confeccionará en soporte papel y soporte informático. El soporte informático será un CD ROM conteniendo la Memoria en archivo «.doc» («Microsoft Word»),».pdf» («Acrobat») u «.odf». A fin de evitar problemas de distorsión, todos los gráficos que se incluyan en la memoria deberán estar insertados en las páginas del archivo de «Microsoft Word». 4. Presentación: La Memoria se enviará a la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (calle María de Molina, 50, tercera planta; 28071 Madrid, en los siguientes soportes y número de ejemplares:

Dos ejemplares en soporte papel.

Un ejemplar en soporte electrónico, en formatos «.doc» («Microsoft Word»),».pdf» («Acrobat») u «.odf».

5. Elementos de apoyo: Para facilitar la redacción de la Memoria, la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, proporcionará a los candidatos la «Guía de apoyo para la elaboración de la Memoria de presentación al Premio Ciudadanía a las Buenas prácticas en los Servicios Públicos 2008, que estará disponible en la página web de la Agencia, en la dirección de Internet http:// www.aeval.es

ANEXO 2.3

Criterios para la valoración de las candidaturas del Premio Ciudadanía a las Buenas Prácticas en los Servicios Públicos 2008

La evaluación de las candidaturas al Premio Ciudadanía a las Buenas Prácticas en los Servicios Públicos 2008 se realizará teniendo en cuenta las evidencias mostradas en la memoria y la Defensa Pública de la iniciativa, en relación con los siguientes criterios:

2.3.1 Criterios para la evaluación de la Memoria: 1. Diagnóstico realizado: Proceso a través del cual se ha llegado a la práctica presentada: análisis y herramienta/s utilizados para su desarrollo. Partes de la organización que se han tenido en cuenta en el proceso de análisis. Análisis de demandas y expectativas de los ciudadanos, usuarios y grupos de interés. Número de personas que han participado en el diagnóstico, nivel de responsabilidad en la organización y la metodología utilizada.

2. Transparencia en el servicio y compromiso con el ciudadano: Descripción y justificación del contenido de la práctica, de los objetivos y de los estándares de rendimiento y calidad. Declaración pública de compromisos. Procedimientos establecidos para su desarrollo (actuaciones, distribución temporal de las mismas, asignación de responsabilidades, etc.). Planteamiento de revisión y seguimiento de los objetivos, estándares y compromisos, y rendición de cuentas ante los ciudadanos, usuarios y grupos de interés. 3. Comunicación, participación e implicación: Mecanismos para facilitar y promover la comunicación y la información relevante a los ciudadanos, usuarios y empleados. Desarrollo y utilización de medios adecuados de consulta a los ciudadanos y usuarios, al personal, y a otras unidades, según proceda. Proactividad. Aplicación de mecanismos para implicar y estimular a los usuarios y empleados (encuestas, entrevistas, foros, equipos, grupos focales, comités consultivos, etc.), facilitando la propuesta de ideas, sugerencias y quejas sobre el proyecto en curso. 4. Gestión de Recursos y Alianzas: Actuaciones y estrategia en materia de recursos económico-financieros y activos de la organización para conseguir los objetivos definidos. Eficacia y eficiencia en la gestión de los mismos. Cooperación y trabajo conjunto con otras organizaciones y grupos de interés. Planteamientos de benchmarking. 5. Igualdad de género: Medidas adoptadas para favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres (ciudadanos, usuarios y personal), tanto en el acceso a la información y los recursos como al propio servicio, así como en la implicación paritaria en los equipos, grupos de trabajo, comités, etc. Acciones para eliminar impactos negativos por razón de género en ciudadanos y personal. 6. Resultados en los ciudadanos: Datos, después de las mediciones de los diversos aspectos de la práctica y las actuaciones llevadas a cabo, sobre el impacto en los ciudadanos: usuarios, grupos de interés y en la sociedad (indicadores objetivos y medidas de percepción). Segmentación de los datos según los distintos tipos de ciudadanos a los que va dirigida la práctica. Rentabilidad y beneficio de las alianzas en lo referente al servicio al ciudadano. 7. Resultados e impacto en la organización: Valor de los indicadores en relación con los objetivos y estándares fijados de eficacia y eficiencia. Valor de los indicadores de resultados comparados con los de otras unidades similares. Efectos e impacto de la iniciativa en el rendimiento de la organización y en sus empleados. Rentabilidad y beneficio de las alianzas establecidas. 8. Adaptabilidad a otras organizaciones: Elementos de la práctica (objetivos, metodología) que podrían ser aplicables a otras organizaciones. Evidencias de su transferencia a otras organizaciones. Participación en procesos de benchmarking.

2.3.2 Pautas de evaluación durante la defensa pública:

1. Conocimiento del contenido, proceso y resultados de la práctica.

2. Estructuración de la intervención: coherencia, consistencia conceptual y ajuste al tiempo concedido para la exposición. 3. Claridad en la exposición, utilización de recursos no verbales y otros apoyos didácticos. 4. Información aportada sobre intercambio de experiencias, colaboraciones con otras organizaciones y benchmarking. 5. Ilustración a través de datos y ejemplos del compromiso con la ciudadanía.

ANEXO 3 Bases de la convocatoria del premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna 2008

Primera. Convocatoria del Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna.-De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, y en esta Orden, y con el fin de reconocer las prácticas de gestión interna implantadas por los órganos y organismos para mejorar la calidad de sus servicios, se convoca el Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna 2008. Segunda. Definición.-A los efectos de esta convocatoria se consideran «Buenas Prácticas de Gestión Interna» las iniciativas consistentes en experiencias o proyectos consolidados e implantados, cuyos resultados estén redundando en un mayor rendimiento de la organización, aunque no tengan un reflejo directo en ciudadanos y usuarios. Tercera. Ámbito de aplicación.-El Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna está dirigido a todo tipo de organizaciones de las distintas administraciones públicas españolas. A estos efectos, se entenderá por organización los órganos, organismos y unidades administrativas de la Administración General del Estado, de las Administraciones de la Comunidades Autónomas, de la Administración local y de las ciudades de Ceuta y Melilla, así como a otros Entes de Derecho Público. Cuarta. Contenido del premio.

1. El premio no tiene contenido económico y consistirá en una placa y un diploma acreditativo.

2. Se otorgará un único premio y hasta un máximo de tres accésit, consistentes también en una placa y un diploma acreditativo, a aquellas candidaturas que, a juicio del Jurado, reúnan méritos suficientes para ello. 3. El premio podrá ser declarado desierto, en caso de que ninguna de las candidaturas reuniera los méritos suficientes para ser galardonada con el mismo.

Quinta. Solicitud para presentarse al premio.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como anexo 3.1 de estas bases, y deberán ir suscritas, en función del ámbito administrativo de la organización aspirante: a) En el caso de organizaciones de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, por el máximo responsable de la organización aspirante.

b) En el caso de organizaciones de la Administración local, por el máximo responsable de la corporación local (Presidente de la Diputación, Alcalde), o por la persona en quien éste tenga delegadas las correspondientes funciones. c) En el caso de organizaciones pertenecientes a otros entes de derecho público, por el máximo directivo del ente o por la persona en quien éste tenga delegadas dichas funciones.

2. Las solicitudes deberán presentarse hasta el 15 de julio de 2008, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL) (calle María de Molina, 50, tercera planta; 28071 Madrid).

3. Aquellas organizaciones cuyas solicitudes hayan sido recibidas por la AEVAL, en el plazo previsto, recibirán una comunicación de dicho extremo antes del 1 de agosto de 2008. 4. Las organizaciones que hayan recibido la notificación a la que se refiere el apartado anterior, elaborarán una memoria descriptiva de la práctica presentada que se ajustará a las especificaciones que figuran en el anexo 3.2, y que será remitida a la AEVAL por cualquiera de los medios citados en el número 2 de esta base, hasta el 31 de octubre de 2008. Las Memorias que no se ajusten a tales especificaciones no serán evaluadas.

Sexta. Criterios para la valoración y concesión del premio.-La valoración de candidaturas preseleccionadas y la concesión del Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna se efectuarán según los criterios recogidos en el anexo 3.3 de estas bases.

Séptima. Fases del proceso de evaluación y concesión.-El proceso general constará de las siguientes fases:

1. En la primera se valorarán las memorias que aporten las candidaturas, con arreglo a los criterios previstos en el anexo 3.3 de esta Orden, por evaluadores designados al efecto por la Presidenta de la AEVAL de entre empleados públicos u otras personas con formación y experiencia en evaluación y gestión de calidad en los servicios públicos. Complementariamente, si así lo acuerda la AEVAL, los equipos de evaluación visitarán los órganos u organismos candidatos, elaborando un informe al final de todo este proceso que será remitido a la AEVAL.

Un Comité Técnico, formado por entre 3 y 5 personas, nombrado por la Presidenta de la AEVAL de entre funcionarios con experiencia en evaluación y calidad, teniendo en cuenta los informes remitidos, elaborará el informe para el Jurado. 2. En la segunda fase, el Jurado, a la vista del informe remitido por la AEVAL, elevará una propuesta para la concesión de los premios a la Ministra de Administraciones Públicas. 3. Por último la Ministra resolverá, a través de Orden, la concesión del Premio y de los accésit, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Octava. Jurado.

1. El Jurado estará constituido por un máximo de siete miembros y un mínimo de cinco, designados por la Ministra de Administraciones Públicas, entre personas de reconocida experiencia en la Administración o en la gestión de calidad. La presidencia y la secretaría del Jurado recaerán en los miembros que la Ministra determine al efectuar la designación. Un funcionario de la AEVAL, nombrado por su Presidenta, actuará como Secretario de Actas, con voz pero sin voto.

2. El funcionamiento del Jurado se regulará por las normas contenidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Novena. Compromisos de los participantes en el premio.

1. Las personas que intervengan en el proceso de gestión y evaluación del Premio guardarán la debida confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones que se realicen a las organizaciones candidatas.

2. Una vez finalizado el proceso de evaluación y concesión del Premio, la AEVAL proporcionará un informe sobre los resultados de su evaluación a las organizaciones cuyas memorias hayan sido evaluadas y así lo soliciten en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación de la resolución del premio. 3. Las organizaciones premiadas se comprometen a participar en las acciones de difusión -presencial, gráfica o audiovisual- de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública y, en general, de los programas para la mejora de la calidad de los servicios que se realicen por el Ministerio de Administraciones Públicas y por la AEVAL. Asimismo autorizarán al Ministerio de Administraciones Públicas a publicar, en su caso, las Memorias a que se refiere el punto 4 de la base quinta.

Décima. Efectos del premio.

1. De conformidad con lo previsto en el apartado tercero de esta Orden, las organizaciones galardonadas con el Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna podrán: 1.1 Hacerlo constar en sus publicaciones y en el material impreso y página web, durante los tres años siguientes al de concesión.

1.2 Anunciarlo en sus instalaciones por tiempo indefinido.

2. Además de los efectos conferidos en el punto anterior, las organizaciones galardonadas en esta I edición del Premio a las Buenas Prácticas de gestión interna podrán:

2.1 Obtener facilidades para asistir a cursos, conferencias o jornadas en materia de calidad organizadas por el Ministerio de Administraciones Públicas y por la AEVAL.

2.2 Otorgar el reconocimiento que estimen oportuno al personal que haya participado en las acciones conducentes a la obtención del Premio, según la normativa de aplicación, en cada caso. 2.3 En todo caso, y por lo que respecta a las organizaciones de la Administración General del Estado, estos reconocimientos tendrán la consideración prevista en el artículo 66.1.a) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado y se anotarán en el Registro Central de Personal, a tenor de lo establecido en el artículo 13 de su Reglamento, modificado por el Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre.

3. La participación del personal de las organizaciones galardonadas en las acciones conducentes a la obtención del correspondiente premio podrá ser tenida en cuenta por los órganos competentes a efectos de la retribución por el complemento de productividad, de acuerdo con la normativa de aplicación, en cada caso. Undécima. Aceptación de la convocatoria.-La presentación de candidaturas es voluntaria y supone la aceptación de las presentes bases.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO 3.2

Especificaciones de la Memoria

Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna 2008

1. Contenido y paginas:

1.1 Portada (una página): Nombre de la organización, logotipo y título de la «práctica» que se presenta.

1.2 Copia del formulario de participación. 1.3 Índice general de contenidos (una página). 1.4 Presentación de la organización, incluyendo funciones y actividades, estructura orgánica y principales servicios prestados y, en su caso, relación de siglas o acrónimos utilizados (máximo dos páginas). 1.5 Cuerpo del documento descriptivo de la «práctica» desarrollada, teniendo en cuenta los criterios que figuran en anexo el 3.3 de esta Orden de convocatoria, un máximo de 40 páginas. No se tendrán en cuenta, a la hora de su evaluación, las páginas que excedan de las indicadas para este apartado.

2. Configuración: Las páginas de la Memoria, mecanografiadas por una sola cara y numeradas, se configurarán en formato A4 (210 mm × 297 mm), con interlineado sencillo y un tamaño mínimo de letra de 10 puntos, si bien podrán utilizarse tamaños inferiores (8) puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color, siempre que resulten legibles.

3. Soporte: La Memoria se confeccionará en soporte papel y soporte informático. El soporte informático será un CD ROM conteniendo la Memoria en archivo «.doc» («Microsoft Word»), o archivo «.pdf» («Acrobat») u «.odf». A fin de evitar problemas de distorsión, todos los gráficos que se incluyan en la memoria deberán estar insertados en las páginas del archivo de «Microsoft Word». 4. Presentación: La Memoria se enviará a la Dirección General de Inspección, Evaluación y Calidad de los Servicios del Ministerio de Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, tercera planta, 28071 Madrid), en los siguientes soportes y número de ejemplares:

Dos ejemplares en soporte papel.

Un ejemplar en soporte electrónico, en formatos «.doc» («Microsoft Word»), «.pdf» («Acrobat») u «.odf».

5. Elementos de apoyo: Para facilitar la redacción de la Memoria, la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, proporcionará a los candidatos la «Guía de apoyo para la elaboración de la Memoria de presentación al Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna 2008, que estará disponible en la página web de la Agencia, en la dirección de Internet http:// www.aeval.es

ANEXO 3.3

Criterios para la valoración de candidaturas del Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna 2008

La evaluación de las candidaturas del Premio a las Buenas Prácticas de Gestión Interna 2008 se realizará teniendo en cuenta las evidencias mostradas en la memoria, en relación con los siguientes criterios:

Criterios de evaluación de la Memoria: 1. Diagnóstico realizado: Proceso a través del cual se ha llegado a la práctica presentada: análisis y herramienta/s utilizados para su desarrollo. Partes de la organización que se han tenido en cuenta en el proceso de análisis. Análisis de demandas y expectativas de los empleados. Número de personas que han participado en el diagnóstico, nivel de responsabilidad en la organización y metodología utilizada.

2. Claridad en el objetivo de la práctica y en el compromiso de la organización: Descripción y justificación del contenido de la práctica, de los objetivos y estándares de rendimiento y calidad pretendidos, declaración de compromisos. Procedimientos establecidos para su desarrollo (actuaciones, distribución temporal de las mismas, asignación de responsabilidades, etc.), planteamiento de revisión y seguimiento de los objetivos, estándares y compromisos, y comunicación a los empleados. 3. Comunicación interna, participación e implicación: Mecanismos de comunicación e información relevante a los empleados. Desarrollo y utilización de medios adecuados de consulta a los empleados y otras unidades; medios utilizados para implicar y estimular a los empleados (encuestas, entrevistas, foros, equipos, grupos focales, comités consultivos, etc.), en la aplicación de la práctica, facilitando la propuesta de ideas, sugerencias y quejas. 4. Gestión de Recursos y Alianzas: Actuaciones y estrategia en materia de recursos económico-financieros y activos de la organización para conseguir los objetivos definidos. Eficacia y eficiencia en la gestión de los mismos. Cooperación y trabajo conjunto con otras organizaciones y grupos de interés. 5. Igualdad de género: Medidas adoptadas para favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, tanto en el acceso a la información y los recursos como en la implicación paritaria en los equipos, grupos de trabajo, comités, etc. Acciones para eliminar impactos negativos por razón de género en el personal y usuarios. 6. Resultados en las personas: Datos, después de las mediciones sobre los diversos aspectos de la práctica y las actuaciones llevadas a cabo, del impacto en los empleados (indicadores objetivos y medidas de percepción: mejora del desarrollo profesional, bienestar, conciliación familiar, etc.). Segmentación de los datos según las distintas categorías de empleados. 7. Resultados e impacto globales: Valor del indicador en relación con los objetivos y estándares fijados de eficacia y eficiencia. Valor de los indicadores de resultados comparados con los de otras unidades similares. Indicadores de impacto en los usuarios externos. Rentabilidad y beneficio de las alianzas establecidas. 8. Adaptabilidad a otras organizaciones: Elementos de la práctica (objetivos, metodología) que podrían ser aplicables a otras organizaciones. Evidencias de su transferencia a otras organizaciones. Participación en procesos de benchmarking

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