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Documento BOE-A-2008-10909

Resolución de 3 de junio de 2008, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 27 de junio de 2008, páginas 28669 a 28670 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-10909

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la disposición adicional segunda de la Ley 4/2007, de 12 de abril (Boletín Oficial del Estado de 13 de abril), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, previa solicitud de los interesados, y acreditados los requisitos exigidos en la citada norma. Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha aprobados por Decreto 160/2003, de 22 de julio (Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 24 de julio). Ha resuelto, integrar en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas, a los funcionarios y funcionarias Doctores del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria que se relacionan en el anexo. Los interesados disponen de veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado para tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirán la condición de funcionario del cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, a elección del interesado, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio, o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano que dictó el acto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la misma.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Ciudad Real, 3 de junio de 2008.-El Rector, Ernesto Martínez Ataz.

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