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Documento BOE-A-2008-11297

Resolución de 16 de junio de 2008, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña María José Rodríguez Espiñeira.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 3 de julio de 2008, páginas 29261 a 29261 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-11297

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, convocado con número 2092/08 mediante Resolución de esta Universidad de fecha 16 de 2008 (BOE de 18 de 2008), y presentada por la interesada la documentación a que hace referencia la base octava de la convocatoria, Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), el artículo 87 de los Estatutos de esta Universidad y demás disposiciones concordantes, ha resuelto:

Nombrar a doña María José Rodríguez Espiñeira, con número de identificación fiscal 33.838.326-J, del área de conocimiento de Lengua española, adscrita al Departamento de Lengua española de la Universidad de Santiago de Compostela, código de plaza A00440, localidad: Santiago de Compostela.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por la interesada, que deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el acto, sin que en este caso se pueda interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2008.-El Rector, Senén Barro Ameneiro.

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