Visto el expediente de indulto de don Sidi Djassi, condenado por la Audiencia Provincial, sección decimoséptima, de Madrid, en sentencia de 11 de mayo de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor y multa de 3.000 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1993, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de diciembre de 2007,
Vengo en indultar a don Sidi Djassi la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 14 de diciembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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