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Documento BOE-A-2008-12160

Resolución de 2 de julio de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2975/2006, de 15 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 16 de julio de 2008, páginas 31137 a 31141 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2008-12160

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el articulo 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por Orden de 2 de julio de 2008, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.-Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública correspondiente dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 29 del citado Real Decreto.

Segundo.-Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular. Tercero.-En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículos 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberá manifestar su opción en el acta de toma de posesión. Cuarto.-Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial. Quinto.-Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 24 de abril de 2008 (BOE 12-5-2008), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano competente de la Consejería de Justicia y Administración Pública, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Sevilla, 2 de julio de 2008.-La Directora General de Recursos Humanos y Medicina Legal, Isabel M.ª Cumbrera Guil.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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