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Documento BOE-A-2008-12173

Resolución de 30 de junio de 2008, de la Universidad de Granada, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a don Manuel Rodríguez Álvarez.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 16 de julio de 2008, páginas 31149 a 31150 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-12173

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE 13/04/07), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y una vez comprobado que los interesados cumplen con los requisitos establecidos en la citada disposición adicional, Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Universidades y los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 325/2003 de 25 de Noviembre (BOJA09/12/2003) ha resuelto:

Queda integrado en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, el funcionario del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria perteneciente a esta Universidad cuyos datos figuran a continuación, quedando adscrito al mismo departamento y área de conocimiento de origen: Don Manuel Rodríguez Álvarez. D.N.I. n.º 24.191.906-T. Departamento: Arquitectura y Tecnología de Computadores. Área de Conocimiento: Arquitectura y Tecnología de Computadores. Fecha de efectos de la integración: 13 de mayo de 2008.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el B.O.E. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer contra la presente resolución recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Granada, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el B.O.E., en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJ-PAC.

Granada, 30 de junio de 2008.-El Rector, Francisco González Lodeiro.

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