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Visto el expediente de indulto de don Juan José Ramos Romero, condenado por la Audiencia Provincial, sección cuarta, de Sevilla, en sentencia de 21 de junio de 2006, como autor de un delito de tráfico de sustancias estupefacientes, a la pena de nueve años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 500 euros, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de junio de 2008,
Vengo en conmutar a Juan José Ramos Romero la pena privativa de libertad impuesta por otra de seis años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de ocho años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 27 de junio de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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