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Documento BOE-A-2008-12324

Orden INT/2114/2008, de 26 de junio, de corrección de errores de la Orden INT/1754/2008, de 6 de junio, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 18 de julio de 2008, páginas 31422 a 31422 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-12324

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/1754/2008, de 6 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 20), se resuelve concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del II Convenio Único, detectado error en el anexo de adjudicación de plazas, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se acuerda:

Primero.-Proceder a la corrección, que se remitirá a los Establecimientos Penitenciarios y se publicará en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es y del Ministerio del Interior www.mir.es.

Segundo.-Los puestos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública. En tal caso, deberán optar por uno de estos destinos, debiendo comunicar por escrito en los tres días siguientes la renuncia al puesto adjudicado, y la opción ejercitada con indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma de provisión y fecha de nombramiento. Tercero.-La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del trabajador, o en el de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El cambio de residencia habrá de ser documentalmente acreditado. Cuarto.-El plazo para la incorporación comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá producirse en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso comportara el reingreso al servicio activo, el plazo para la incorporación comenzará a computarse a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». El cómputo de los plazos de cese e incorporación se iniciará el día siguiente al de la finalización de los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados o el día siguiente al que se produzca el alta médica en caso de que el trabajador se encuentre de baja por incapacidad temporal.

Contra la presente Orden podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante la Subsecretaría del Departamento, en el plazo de veinte días desde su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con lo previsto en los artículos 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislati-vo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 26 de junio de 2008.-El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/1470/2008, de 27 de mayo), la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo Llamas.

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