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Documento BOE-A-2008-12372

Orden FOM/2131/2008, de 4 de julio, por la que se otorgan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, reguladas por la Orden FOM/3539/2007, de 16 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 18 de julio de 2008, páginas 31559 a 31570 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2008-12372

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 5 de diciembre de 2007, el Boletín Oficial del Estado publicó la Orden FOM/3539/2007, de 16 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad. Dicha Orden fue complementada mediante la Orden FOM/3689/2007, de 10 de diciembre (B.O.E. 18 de diciembre). Posteriormente, el 9 de enero de 2008 se publicó en el B.O.E. la Orden FOM/3983/2007, de 27 de diciembre, por la que se convoca para el año 2008 las citadas ayudas. La mencionada Orden de 16 de noviembre establece en su articulado los requisitos que deben cumplir los solicitantes para ser beneficiarios de la subvención, y los criterios de valoración que deben presidir su aplicación, que son la mayor edad del solicitante, y en el caso de mercancías la preferencia de las autorizaciones de vehículo pesado. La ponderación de dichos criterios de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden de 9 de diciembre, se lleva a cabo de la siguiente manera: se elabora una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad; a los titulares de alguna autorización para vehículo pesado o autobús se les computará un año más de edad a estos efectos. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada, de acuerdo con la consignación presupuestaria disponible. Para este ejercicio 2008 la cuantía estimada es de 40.420.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.39.453M.772 «Programa de medidas para la mejora del sector del transporte por carretera», de acuerdo con lo dispuesto en la Orden FOM/3983/2007, de 27 de diciembre. Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Orden FOM/3539/2007, de 16 de noviembre, y teniendo en cuenta las previsiones de la Ley General Presupuestaria, el resto de la normativa reguladora de subvenciones administrativas y la disponibilidades presupuestarias existentes, he resuelto:

Primero.-Otorgar a los solicitantes que se relacionan en el anexo I, las cuantías que se detallan en el mismo como compensación por su abandono de la actividad de transportistas. La subvención se compone de una cuantía por los periodos semestrales que le falten al solicitante para cumplir 65 años, computados a partir del 1 de junio de 2008, y otra por la renuncia a la(s) autorización(es) de transporte.

Segundo.-Desestimar el resto de las solicitudes presentadas y que no aparecen en el citado anexo I, los cuales se relacionarán como anexos II y III en la página Web del Ministerio de Fomento (www.fomento.es). Tercero.-Fijar el 15 de septiembre de 2008 como último día del plazo para que los beneficiarios aporten la documentación para proceder al cobro de la subvención. Documentación que se establece en el anexo III de la Orden FOM/3539/2007, de 16 de noviembre (B.O.E. 5 diciembre).

La presente Orden se dicta por Delegación de la Ministra de Fomento y pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante la Ministra de Fomento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 4 de julio de 2008.-La Ministra de Fomento, P.D. (Orden FOM/3539/2007, de 16 de noviembre), el Director General de Transportes por Carretera, Juan Miguel Sánchez García.

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