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Documento BOE-A-2008-12497

Orden PRE/2146/2008, de 16 de julio, por la que se modifica la Orden PRE/1685/2008, de 2 de junio, por la que se resuelve concurso de traslados de personal laboral, convocado por Orden PRE/3111/2007, de 23 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 21 de julio de 2008, páginas 31840 a 31840 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2008-12497

TEXTO ORIGINAL

Por Orden PRE/1685/2008, de 2 de junio, se resuelve el concurso de traslados de personal laboral (B.O.E. de 16 de junio), convocado por Orden PRE/3111/2007, de 23 de octubre (B.O.E. de 27 de octubre de 2007). De los puestos adjudicados en el Anexo a la Orden PRE/1685/2008, de 2 de junio, y como consecuencia de lo previsto en el punto Cuarto de ésta, algunos de ellos no pueden ser ocupados por las personas adjudicatarias. Por ello, este Ministerio, de acuerdo con las bases de la convocatoria y demás normas reglamentarias, ha resuelto:

Primero.-Modificar el anexo de la Orden PRE/1685/2008, de 2 de junio, adjudicando los puestos que no han sido ocupados por las personas inicialmente adjudicatarias.

Esta nueva relación de adjudicatarios se publicará en la página web de este Departamento, (www.mpr.es), así como en la del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es). Segundo.-Los puestos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán irrenunciables salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública. Tercero.-La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles si no existe cambio de residencia del trabajador, o en el de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El cómputo de los plazos de cese e incorporación se realizará de conformidad con lo contenido en la Base Séptima de la Orden PRE/3111/2007, de 23 de octubre, modificada por Orden PRE/3704/2007, de 12 de diciembre.

Cuarto.-Contra la presente Orden, podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, en el plazo de veinte días desde su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con lo previsto en los artículos 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 16 de julio de 2008.-La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, P. D. (Orden PRE/2779/2003, de 9 de octubre), el Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

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