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Documento BOE-A-2008-13030

Resolución de 11 de julio de 2008, del Consejo Insular de Ibiza (Illes Balears), referente a la aprobación de su escudo heráldico.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 30 de julio de 2008, páginas 32909 a 32910 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2008-13030

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Consell Insular de Ibiza, sesión de 4 de julio de 2008, aprobó por unanimidad, la siguiente propuesta de acuerdo:

«(...) 1. Visto el expediente relativo al escudo heráldico del Consell Insular de Ibiza.

2. El pleno del Consell Insular de Ibiza en sesión ordinaria celebrada el día 21 de diciembre de 2007 acordó la aprobación inicial de la modificación del escudo heráldico y la bandera, del hasta ahora Consell Insular de Ibiza y Formentera aprobados el 30 de julio del año 1979 y 1 de diciembre de 1983 respectivamente para adaptarlos a la nueva realidad jurídica administrativa del Consell y de la isla de Ibiza, surgida a partir de la aprobación de la Ley orgánica 1/2007 de 28 de febrero de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares. Este acuerdo se publicó en el BOIB número 12, de 24 de enero de 2008, a los efectos de información pública. En fecha 28 de marzo de 2008 el pleno del Consell Insular de Ibiza acordó la aceptación parcial de las alegaciones presentadas y, en consecuencia, dejar sin efecto el acuerdo inicial de la modificación de la bandera y rectificar las modificaciones del escudo del Consell. 3. Habiéndose tramitado el expediente conforme el procedimiento específico que dispone el Decreto autonómico 7/1988, del 11 de febrero, visto el informe favorable de la Real Academia de la Historia de fecha de 23 de junio de 2008, y el informe-propuesta de la Jefa de Sección del Departamento de Política Educativa y Cultural. Por todo lo anterior, de conformidad con lo que dispone el artículo 6.2 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, artículo 8.1 letra u de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, en relación con el apartado tercero, letra e del Decreto de Estructura orgánica y determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Ibiza (BOIB núm. 169, 13-11-2007), se propone al pleno la adopción del siguiente Acuerdo:

Primero.-Aprobar definitivamente el escudo heráldico del Consell Insular de Ibiza, todo de acuerdo con la descripción que consta en el Anexo.

Segundo.-Publicar íntegramente el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las islas Baleares (BOIB) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Eivissa, 11 de julio de 2008.-El Consejero Ejecutivo del Departamento de Política Educativa y Cultural, María Torres Torres.

ANEXO Escudo heráldico del Consell Insular de Ibiza

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

Escudo caironat: De oro, 4 palos de guías; el pie de azur con 3 fajas onduladas de plata, sosteniendo un castillo de plata cerrada de sable. Por timbre una corona mural de siete torres. Tonalidades cromáticas:

Las tonalidades cromáticas de los esmaltes heráldicos, de acuerdo con el sistema internacional de colores Pantone by Letraset, son los siguientes: Oro: 871 U; amarillo: Process Yellow u; plata: 877 U; blanco: Blanco; gules: Super Warm Red U; azur: 298 U; sinople: 375 U; sable: Extra Black U; púrpura: 245 U; anaranjado: 123 U.

Los esmaltes heráldicos oro, plata, gules, azur, sinople, sable y púrpura se corresponden respectivamente a los colores vexilológicos amarillo, blanco, rojo, azul, verde, negro y púrpura. En vexilología el azul y el verde pueden tener, en principio, dos tonalidades: Clara u oscura. El verde claro y el azul claro son igual al sinople y al azur, el verde oscuro es un 354 U, y el azul oscuro, un Blue 072 U, ambos del mismo sistema Pantone. (...)

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