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Documento BOE-A-2008-1313

Resolución de 11 de enero de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la adenda al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Real Patronato sobre Discapacidad, la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, la Universidad de Extremadura y la Fundación Tutelar de Extremadura, para la creación y funcionamiento del Observatorio Estatal de la Discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2008, páginas 4670 a 4672 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-1313

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Addendum al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Real Patronato sobre Discapacidad, la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad-CERMI Estatal, la Universidad de Extremadura y la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) para la creación y funcionamiento del Observatorio Estatal de la Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de enero de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.

ANEXO Addendum al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Real Patronato sobre Discapacidad, la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad-CERMI Estatal, la Universidad de Extremadura y la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) para la creación y funcionamiento del Observatorio Estatal de la Discapacidad.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2007.

REUNIDOS

El Sr. D. Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, (B.O.E. n.º 94, del 18), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre competencia para celebrar convenios de colaboración con las comunidades autónomas.

La Sra. D.ª M.ª Amparo Valcarce García, Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, nombrada por Real Decreto 661/2004, de 19 de abril (B.O.E n.º 96, del día 20), en nombre y representación del Real Patronato sobre Discapacidad, conforme al artículo 9 del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (B.O.E n.º 160, del día 3), y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2, letra g), del Estatuto del Real Patronato, aprobado por Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto (B.O.E n.º 214, de 6 de septiembre). La Excma. Sra. D.ª María Jesús Mejuto Carril, Consejera de Sanidad y Dependencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 26/2007, de 30 de junio («Diario Oficial de Extremadura Extraordinario número 6, de 2 de julio de 2007), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de la delegación de firma efectuada mediante Resolución de 2 de agosto de 2007, del Presidente de la Junta de Extremadura, a quien corresponde la firma de los Convenios que se celebren con la Administración General del Estado, según lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Don Mario García Sánchez, que interviene en nombre y representación del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad-CERMI Estatal, en su calidad de Presidente, en ejercicio de las facultades que le atribuyen sus Estatutos. El Excmo. y Mgfco. Sr. D. Juan Francisco Duque Carrillo, que interviene en nombre y representación de la Universidad de Extremadura, en su calidad de Rector Magnífico, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 93 del Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura. Don José Javier Soto Ruiz, que interviene en nombre y representación de la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX), en su calidad de Presidente, en ejercicio de las facultades que le atribuyen sus Estatutos.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir y, al efecto,

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Real Patronato sobre Discapacidad, la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad-CERMI Estatal, la Universidad de Extremadura y la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) han suscrito, con fecha 4 de diciembre de 2006, un Convenio Marco de colaboración para la creación, puesta en marcha y funcionamiento del Observatorio Estatal de la Discapacidad.

Segundo.-Que en la cláusula cuarta del mencionado Convenio Marco de colaboración se establece que las partes aprobarán un programa de actividades anual, que se incorporará mediante las correspondientes Addenda al mismo, en la que se detallarán los compromisos específicos que asume cada una de las partes firmantes.

En su virtud, de conformidad con lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Addendum, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El presente Addendum tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Real Patronato sobre Discapacidad, la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad-CERMI Estatal, la Universidad de Extremadura y la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) para la creación, puesta en marcha y funcionamiento del Observatorio Estatal de la Discapacidad, durante el ejercicio 2007. Segunda.-Programación anual de actividades. Obligaciones de las partes. Las entidades firmantes se comprometen a realizar cuantas actuaciones estimen convenientes para la creación del Observatorio, poniendo a su disposición el asesoramiento técnico necesario y proporcionando los medios documentales adecuados para el inicio de sus actividades. Se establece por las partes firmantes que el programa anual de actividades durante el presente ejercicio se centrará en acometer cuantas medidas sean precisas para la creación y puesta en funcionamiento del Observatorio. En este sentido se obligan a llevar a cabo las acciones de difusión y divulgación necesarias para dar a conocer en sus respectivos ámbitos de actuación los objetivos que se persiguen con su instauración, impulsando la participación y colaboración de todas las entidades implicadas. Las partes se comprometen a iniciar, en el período de tiempo a que se refiere este Addendum, la elaboración de un Proyecto de Estatuto Básico del Observatorio, para su posterior aprobación por la Comisión Mixta, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Quinta del Convenio Marco de Colaboración en los plazos señalados. Asimismo, las entidades firmantes contribuirán al objeto del presente Addendum en los términos que se relacionan a continuación:

A) El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, contribuirá mediante: La colaboración del personal especializado en las materias objeto del ámbito de actuación del Observatorio (aportación no dineraria estimada en mil seiscientos sesenta y seis euros con sesenta y siete céntimos -1.666,67 euros-).

Una aportación económica directa para el mantenimiento del Observatorio, destinada a sufragar su actividad, conforme a la memoria económica que figura como anexo al presente Addendum, por un importe total de ocho mil ciento cincuenta y un euros con treinta y ocho céntimos (8.151,38 euros), con cargo a la aplicación 19.04.231F.226.99 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado

B) El Real Patronato sobre Discapacidad contribuirá mediante:

La colaboración del personal especializado en las materias objeto del ámbito de actuación del Observatorio (aportación no dineraria estimada en ochocientos treinta y tres euros con treinta y tres céntimos, 833,33 euros).

La documentación y el material bibliográfico que resulte necesario para la realización de las actividades programadas (aportación no dineraria estimada en ochocientos treinta y tres euros con treinta y cuatro céntimos -833,34 euros-). Una aportación económica directa para el mantenimiento del Observatorio, destinada a sufragar su actividad, conforme a la memoria económica que figura como anexo al presente Addendum, por un importe total de ocho mil ciento cincuenta y un euros con treinta y nueve céntimos (8.151,39 euros), con cargo a la aplicación 19.107.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2007.

C) La Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Dependencia, contribuirá mediante:

La participación y asesoramiento de funcionarios y técnicos de la Consejería de Sanidad y Dependencia, que contribuirán al desarrollo y funcionamiento del Observatorio (aportación no dineraria estimada en seiscientos sesenta y seis euros con sesenta y siete céntimos -666,67 euros-).

El apoyo en la gestión administrativa de las actividades a desarrollar y la coordinación con el resto de los órganos de la Administración Autonómica (aportación no dineraria estimada en quinientos euros, 500,00 euros). La documentación y el material bibliográfico que resulte necesario para la realización de las actividades programadas (aportación no dineraria estimada en quinientos euros -500,00 euros-). Una aportación económica directa para el mantenimiento del Observatorio, destinada a sufragar su actividad, conforme a la memoria económica que figura como anexo al presente Addendum, por un importe total trece mil setecientos once euros con cincuenta y cuatro céntimos (13.711,54 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.313D. 489.00 (código de proyecto 2000.14.002.0023.00) de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

D) El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad-CERMI Estatal contribuirá mediante:

La colaboración de su personal y el de sus entidades asociadas especializados en las materias objeto del ámbito de actuación del Observatorio (aportación no dineraria estimada en quinientos ochenta y tres euros con treinta y tres céntimos -583,33 euros-).

La documentación y el material bibliográfico que resulte necesario para la realización de las actividades programadas (aportación no dineraria estimada en mil quinientos ochenta y tres euros con treinta y tres céntimos -1.583,33 euros-). Una aportación económica directa para el mantenimiento del Observatorio, destinada a sufragar su actividad, conforme a la memoria económica que figura como anexo al presente Addendum, por un importe total de cuatrocientos dieciséis euros con sesenta y siete céntimos, 416,67 euros). La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de finalizar la vigencia de este documento.

E) La Universidad de Extremadura contribuirá mediante:

El apoyo científico y técnico especializados en las materias objeto del ámbito de actuación del Observatorio y la incorporación de profesionales y alumnos en prácticas al desarrollo de los objetivos del Observatorio (aportación no dineraria estimada en dos mil trescientos treinta y cuatro euros con noventa y tres céntimos -2.334,93 euros-).

La documentación y el material bibliográfico que resulte necesario para la realización de las actividades programadas (aportación no dineraria estimada en dos mil trescientos sesenta y cinco euros con cuarenta y seis céntimos -2.365,46 euros-).

F. La Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) contribuirá mediante:

La gestión y organización de carácter material y administrativo del Observatorio, contando con la participación y asesoramiento de su personal en el desarrollo de los objetivos del Observatorio (aportación no dineraria estimada en nueve mil seiscientos setenta y ocho euros con diecinueve céntimos -9.678,19 €-).

La documentación y el material bibliográfico que resulte necesario para la realización de las actividades programadas aportación no dineraria estimada en mil seiscientos sesenta y seis euros con cincuenta y cuatro céntimos -1.666,54 euros-). Una aportación económica directa para el mantenimiento del Observatorio, destinada a sufragar su actividad, conforme a la memoria económica que figura como Anexo al presente Addendum, por un importe total de cinco mil ochocientos cincuenta euros con treinta y siete céntimos (5.850,37 euros). La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de finalizar la vigencia de este documento. Tercera. Vigencia.-El presente Addendum tendrá vigencia desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2007. Cuarta.-Financiación de la gestión y mantenimiento del Observatorio.

A la firma del presente Addendum, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Real Patronato sobre Discapacidad transferirán a la entidad gestora del Observatorio, la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX), la totalidad de las cantidades consignadas en la cláusula segunda como aportaciones económicas directas para el mantenimiento del Observatorio, destinadas a sufragar su actividad.

La Comunidad Autónoma de Extremadura abonará a la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) el 100% del importe de la aportación económica directa establecida en la cláusula segunda, una vez se haya justificado por la entidad la realización de gastos y pagos en ejecución del Addendum, que superen este importe. A estos efectos deberá dirigir su solicitud a la Consejería, antes del 15 de diciembre de 2007, adjuntando certificado del órgano responsable de la Entidad en el que se indique que se han realizado gastos y pagos por importe superior a la misma; adjuntándose copia compulsada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente justificativos de los gastos y pagos efectuados, así como una relación detallada y ordenada de dichos justificantes. En el plazo de quince días desde la recepción de los fondos, la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) expedirá certificado de haber incluido en su contabilidad los importe señalados con destino a la finalidad para la que fueron concedidos. La justificación de los gastos efectuados se documentará mediante la presentación de la cuenta justificativa y la elaboración de una Memoria anual y un informe de evaluación en el que se detallará el desarrollo del proyecto y sus resultados, que será remitida a los órganos correspondientes de cada una de las Administraciones, antes del plazo de finalización previsto en la cláusula tercera del presente Addendum La cuenta justificativa deberá incluir la declaración de las actividades realizadas y los costes de mantenimiento y funcionamiento, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos y la imputación de los mismos a cada una de las entidades, en función de las aportaciones realizadas. A la cuenta justificativa se acompañarán copia compulsadas de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que acrediten los gastos y pagos realizados en su ejecución. Quinta. Valoración y seguimiento.-Será competente para el seguimiento y evaluación del presente Addendum, la Comisión Mixta creada en el Convenio Marco de referencia, quien establecerá las directrices básicas para su desarrollo y resolverá cuantas incidencias puedan producirse en su interpretación, cumplimiento y ejecución. Sexta. Incumplimiento.-El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en el presente Addendum podrá dar lugar a su resolución, debiendo reintegrarse en su caso las cantidades que no fueron destinadas a la finalidad prevista, en la forma determinada reglamentariamente. En el supuesto de que el incumplimiento sea imputable a FUTUEX, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Real Patronato sobre Discapacidad podrá reclamar de ella las cantidades que hubiera aportado a ésta, teniendo estas cantidades la consideración de ingresos de Derecho Público y utilizándose, por consiguiente, para su cobranza, los procedimientos que para la recaudación de tales ingresos se establece en la legislación en vigor. Séptima. Jurisdicción competente.-El presente Addendum tiene naturaleza administrativa quedando excluido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, al amparo del artículo 3.1.c) y d) de la misma, excepto para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, en que serán aplicables los principios contenidos en el citado Texto Refundido. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes con ocasión de su desarrollo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, suscriben el presente Addendum, por sextuplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, por orden comunicada de delegación de 26 de octubre de 2007, la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, M.ª Amparo Valcarce García.-La Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad, M.ª Amparo Valcarce García.-El Presidente de la Junta de Extremadura, por autorización mediante Resolución de 2 de agosto de 2007, la Consejera de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura, María Jesús Mejuto Carril.-El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad-CERMI Estatal, Mario García Sánchez.-El Rector de la Universidad de Extremadura, Juan Francisco Duque Carrillo.-La Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX), José Javier Soto Ruiz.

ANEXO

Actividades a realizar en el año 2007

A partir de la fecha de la firma del convenio (1 mes y medio):

El cálculo de las aportaciones de las partes se ha realizado teniendo en cuenta que la fecha prevista de firma del Addendum sea el 16 de noviembre de 2007.

Por tanto, las aportaciones de las partes firmantes serían las siguientes:

Entidad

Aportación monetaria

Aportación en especie

Aportación en especie total

Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad.

8.151,38

1.666,67

9.818,05

Real Patronato sobre Discapacidad.

8.151,38

1.666,67

9.818,05

Consejería de Sanidad y Dependencia.

13.711,54

1.666,67

15.378,21

CERMI.

416,67

2.166,66

2.583,33

Universidad deExtremadura.

0,00

4.700,39

4.700,39

FUTUEX.

5.850,37

11.344,73

17.195,10

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

36.281,35

23.211,79

59.493,14

Presupuesto calculado a fecha de la firma del Convenio (16 de noviembre de 2007):

Presupuesto general

Totales

Junta de Extremadura

FUTUEX

CERMI

Universidad

SESSFyD

RPD

A. Personal:

Sueldo Coordinador-Director

6.469,59

1.469,59

1.666,67

416,67

1.458,33

1.458,33

Sueldo Titulado Superior

3.202,04

1.601,02

1.601,02

Sueldo Técnico Medio

2.716,87

1.358,44

1.358,44

Sueldo Auxiliar Administrativo

2.425,77

808,59

808,58

808,59

Colaboración profesionales propios (aportación no dineraria)

6.084,93

666,67

583,33

2.334,93

1.666,67

833,33

Viajes y dietas

562,50

562,50

Total Personal

21.461,70

2.698,76

2.475,26

1.000,00

2.334,93

6.893,04

6.059,71

B. Equipamientos:

Inmovilizado inmaterial. Aplic. informáticas

1.285,71

1.285,71

Equipos procesos informáticos

2.571,43

2.571,43

Mobiliario

10.286,70

7.286,60

3.000,10

Otro inmovilizado

535,71

535,71

Total Equipamientos

14.679,55

11.679,45

3.000,10

0,00

0,00

0,00

0,00

C. Gastos corrientes:

621 Arrendamientos y cánones

187,50

93,75

93,75

622 Reparaciones y conservación

37,50

18,75

18,75

623 Serv. Profesionales independientes

1.500,00

750,00

750,00

Otros compromisos entidades (aportación no dineraria)

17.126,86

1.000,00

11.344,73

1.583,33

2.365,46

0,00

833,34

625 Primas de Seguros

125,01

41,67

41,67

41,67

627 Publicidad, propaganda

2.250,00

125,00

1.062,50

1.062,50

6281 Material de oficina

312,51

104,17

104,17

104,17

6282 Suministros

125,01

41,67

41,67

41,67

6283 Correos

187,50

62,50

62,50

62,50

629 Otros gastos de gestión

1.500,00

750,00

750,00

Total Gastos Corrientes

23.351,89

1.000,00

11.719,74

1.583,33

2.365,46

2.925,01

3.758,35

Total General Período

59.493,14

15.378,21

17.195,10

2.583,33

4.700,39

9.818,05

9.818,06

Aportaciones Dinerarias

36.281,35

13.711,54

5.850,37

416,67

0,00

8.151,38

8.151,39

Aportaciones no Dinerarias

23.211,79

1.666,67

11.344,73

2.166,66

4.700,39

1.666,67

1.666,67

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