El Consejo de Universidades, en sesión de 15 de julio de 2008 y en virtud de la competencia que tiene atribuida por el artículo 13.2 del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, acuerda eximir a los doctores que se relacionan en el anexo, en virtud de sus méritos, de los requisitos para participar en las pruebas de acreditación nacional para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad, establecidos en el artículo 60 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Madrid, 16 de julio de 2008.-El Secretario General del Consejo de Coordinación Universitaria, Félix García Lausín.
ANEXO
Don José María Salvador González.
Don Ángel Zabala Uriarte.
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