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Documento BOE-A-2008-13572

Resolución de 10 de julio de 2008, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se corrigen errores en la de 24 de junio de 2008, por la que se convocan ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica entre España y Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez (PCI-Mediterráneo).

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 7 de agosto de 2008, páginas 33824 a 33824 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2008-13572

TEXTO ORIGINAL

Advertido errores en las páginas 30064, 30080 y 30089 de la Resolución de 24 de junio de 2008, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 9 de julio de 2008, por la que se convocan ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica entre España y Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez (PCI-Mediterráneo), se efectúan las siguientes correcciones:

En la página 30064, base quinta, apartado C donde dice: «La duración de las acciones integradas para el fortalecimiento institucional (D).»; debe decir: «La duración de las acciones integradas para el fortalecimiento institucional (C).»

En la base octava. Instrucción del procedimiento, donde dice: «En el caso de las Acciones integradas para el fortalecimiento institucional (modalidad D).»; debe decir: «En el caso de las Acciones integradas para el fortalecimiento institucional (modalidad C).» En la página 30080 del Anexo III dentro del epígrafe «Áreas Prioritarias Egipcias» se deberá añadir a las ya relacionadas en dicha página, las siguientes:

Cód. Cad

Cód. CRS

Descripción

Aclaraciones/información adicional

Prior (5 a 1)

230

23030

Producción energética -fuentes renovables.

Comprende política, planificación, desarrollo de programas, inspecciones e incentivos. La producción de combustible de leña y de carbón vegetal debe incluirse en Silvicultura (31261).

4

230

23067

Energía solar.

Incluye células fotovoltaicas, aplicaciones de energía solar y calefacción solar.

4

230

23068

Energía eólica.

Energía eólica para hidrodinámica y para la producción de electricidad.

4

230

23070

Biomasa

Tecnologías de densificación y utilización de la biomasa para la producción directa de energía, incluyendo el biogás, el gas obtenido por la fermentación de la caña de azúcar y de otros residuos vegetales y por anaerobios.

4

230

23082

Investigación energética.

Incluye inventarios y estudios.

4

311

31140

Recursos hídricos para uso agrícola

Regadíos, embalses, estructuras hidráulicas, explotación de capas freáticas para uso agrícola.

4

311

31182

Investigación agraria

Incluye el cultivo de especies vegetales, fisiología, recursos genéticos, ecología, taxonomía, lucha contra las enfermedades, biotecnología agrícola; incluye investigación ganadera (sanidad animal, crianza y genética, nutrición, fisiología).

4

311

31182

Investigación ganadera.

Incluye el cultivo de especies vegetales, fisiología, recursos genéticos, ecología, taxonomía, lucha contra las enfermedades, biotecnología agrícola; incluye investigación ganadera (sanidad animal, crianza y genética, nutrición, fisiología).

4

313

31382

Investigación pesquera

Piscicultura experimental; investigación biológica acuática.

4

321

32182

Investigación y desarrollo tecnológico

Incluye normalización industrial; control de calidad; metrología, ensayos, acreditación y certificación.

4

410

41082

Investigación medioambiental

Comprende el establecimiento de bases de datos, inventarios y estimaciones de recursos naturales y físicos; perfiles medioambientales y estudios de impacto cuando el sector no puede ser determinado.

4

430

43082

Instituciones científicas y de investigación.

Cuando el sector no pueda ser determinado.

4

En la página 30089, se deberá incluir: Anexo IV.

Madrid, 10 de julio de 2008.-El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.

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