Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de leche de vaca con destino a su transformación en leche y productos lácteos, durante el periodo de tasa láctea 2008/2009, formulada por la Organización Interprofesional Láctea, INLAC, acogiéndose a la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y al Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios y a fin de que los solicitantes puedan disponer de un documento acreditativo de la contratación de materia prima ante el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. En su virtud, dispongo:
Primero.-Se homologa, según el régimen establecido por la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, el contrato-tipo de compraventa de leche de vaca con destino a su transformación en leche y productos lácteos, durante el periodo de tasa láctea 2008/2009, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.
Segundo.-El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir de la publicación de la presente Orden.
Madrid, 18 de julio de 2008.-La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.
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