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Documento BOE-A-2008-14064

Resolución de 31 de julio de 2008, de la Secretaria General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicos para el año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 19 de agosto de 2008, páginas 34880 a 34881 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-14064

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 15 de julio de 2008, el Convenio de Colaboración y Coordinación entre el Ministerio del Interior (Guardia Civil) y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicos para el año 2008, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 31 de julio de 2008.-La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, M.ª Ángeles González García.

ANEXO Adenda al Convenio de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior (Guardia Civil) y la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicos para el año 2008

En Madrid, a 15 de julio de 2008.

REUNIDOS

De una parte, don Alfredo Pérez Rubalcaba, Ministro del Interior, nombrado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril (BOE núm 90, de 14 de abril de 2008), en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, y la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de organización, competencia y funcionamiento del Gobierno.

De otra parte, don Conrado Escobar Las Heras, Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, facultado para la firma del presente texto por el artículo 42.l.k) de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros.

Intervienen los citados en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para otorgar y firmar la presente Adenda, bastante en Derecho y, en su virtud,

EXPONEN

El 4 de diciembre de 2006 fue suscrito un Convenio de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior (Guardia Civil) y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicas.

El objeto de dicho Convenio es establecer y regular la participación del personal del Cuerpo de la Guardia Civil en las misiones de vigilancia y protección de edificios e instalaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La cláusula séptima de este Convenio establece que tras analizar las necesidades de financiación de las actividades a realizar en desarrollo del Convenio y atendiendo a los efectivos previstos, las partes plasmarán en una Addenda el coste estimado para el correspondiente ejercicio. El presente texto se ha aprobado por Resolución de 1 de julio de 2008, del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, al entenderse incluida dicha facultad en el ámbito del Acuerdo de Gobierno de 2 de abril de 2004 («BOR» número 45, de 8 de abril de 2004), por el que se delega la facultad para la aprobación de los convenios que celebre la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos y se determinan sus normas procedimentales.

ACUERDAN

Primero.-Establecer para el año 2008 la vigencia del convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior (Guardia Civil) y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicas.

La presente adenda tendrá efecto entre las partes, desde el 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, teniendo en cuenta la previsión al respecto del artículo 12.3 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja surtirá efectos desde el primero de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008. Segundo.-A efectos de determinar el coste de la prestación económica máxima para el ejercicio 2008, se concretan para este ejercicio los siguientes efectivos:

Categoría

Efectivos

Teniente

1

Brigada

2

Guardia Civil

8

Tercero.-Los edificios e instalaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja en los que se prestará el servicio se determinarán, en el marco del Convenio suscrito el 4 de diciembre de 2006, por la Comisión Mixta del Convenio a que se refiere la cláusula sexta del mismo, quién determinará el régimen de horarios previstos para cada caso.

La prioridad básica para el ejercicio 2008 será la de establecer el servicio en el Palacio de la Presidencia del Gobierno, ampliable a otros edificios de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Cuarto.-Establecer para el ejercicio presupuestario de 2008, la prestación económica máxima a aportar por la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el fin de coadyuvar al desarrollo de las actividades previstas en el Convenio suscrito el 4 de diciembre de 2006, fijada en 129.223,76 euros. Quinto.-Modificar el apartado f) de la cláusula tercera del Convenio en lo relativo al detalle de los pagos a efectuar semestralmente de forma que quede redactada como sigue:

«La Comunidad Autónoma de La Rioja ingresará en el Tesoro Público, previa estimación del gasto real elaborado por parte de la Guardia Civil, los gastos derivados del presente Convenio, en pagos semestrales. De tal forma, en los primeros meses del primer semestre se ingresará el coste del complemento de productividad que se prevea para todo el año 2008, ingresando en el segundo semestre el coste de las demás diferencias retributivas de reserva a activo.»

Y en prueba de conformidad, los intervinientes firman el presente documento, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.-El Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, Conrado Escobar Las Heras.

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