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Documento BOE-A-2008-14154

Orden ESD/2471/2008, de 31 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación de Rugby Cisneros.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 21 de agosto de 2008, páginas 35135 a 35136 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-14154

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado, solicitando la inscripción de la Fundación de Rugby Cisneros, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Asociación deportiva Club de Rugby Cisneros, en Madrid, el 13 de junio de 2008, según consta en la escritura pública número mil trescientos cincuenta y seis, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Martín María Recarte Casanova. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, Colegio Mayor «Ximénez Cisneros», avenida Séneca, número 8 - Ciudad Universitaria y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: a) La difusión del rugby en toda la sociedad española, de tal forma que se perciba su presencia no sólo en el ámbito deportivo, sino también en el cultural y social. b) Articular relaciones de intercambio entre las instituciones dedicadas a la promoción, gestión y coordinación del deporte del rugby y la sociedad y en especial, la participación conjunta e institucional en actividades de interés general. c) Fomentar, promover y difundir la cultura española, en conexión con el desarrollo nacional e internacional de nuestro rugby. d) Contribuir al logro de una óptima salud, especialmente de los niños, fomentando buenos hábitos en la práctica deportiva y una adecuada nutrición. e) La orientación y formación académico-profesional de los jugadores de rugby durante el desarrollo de su carrera deportiva, facilitando su incorporación al mundo empresarial y laboral. f) Fomentar la investigación y el desarrollo (I+D) en el ámbito deportivo. g) Fomentar la formación encaminada a dar a conocer las técnicas y valores del rugby. h) Elaborar programas deportivos y financieros que garanticen un adecuado aprovechamiento de los recursos económicos disponibles y que contribuyan a la difusión del rugby en España. i) El diseño, la proyección y ejecución de obras, infraestructuras e instalaciones deportivas capaces de albergar la práctica deportiva, así como las mejoras, reformas, mantenimiento y gestión necesarias de las mismas. j) El fomento de la actividad físico-deportiva, mediante la elaboración y ejecución de planes de promoción del deporte para todos, dirigidos a los diferentes sectores de la población, con especial atención al deporte escolar. La Fundación de Rugby Cisneros, con la finalidad de que los niños en edad escolar no queden excluidos por motivos económicos en las actividades extraescolares deportivas, arbitrará mecanismos de ayudas que permitan el desarrollo integral de los mismos. k) La gestión de las instalaciones deportivas que tenga adscritas, cualquiera que sea el origen o título de dicha adscripción, velando por las condiciones de seguridad e higiene en las mismas. l) La organización de campeonatos y eventos deportivos de carácter extraordinario. m) La organización de conferencias, cursos, seminarios o similares con finalidad divulgativa, así como la edición, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de publicaciones en materia deportiva cuyos derechos de explotación sean titularidad de la Fundación de Rugby Cisneros. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don José Manuel de Castro Anguita; Vicepresidente: Don Guillermo Pajares Sanz; Secretaria: Doña Begoña Nava de Olano; Vicesecretario: Don Tobías Cagigal de Gregorio y Vocal: Don Manuel Sayagues García. En la escritura de constitución y en documentos privados con firmas legitimadas notarialmente, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación de Rugby Cisneros en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación de Rugby Cisneros, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español, con domicilio en Madrid, Colegio Mayor Ximenez Cisneros, avenida Séneca, número 8 - Ciudad Universitaria, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 31 de julio de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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