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Documento BOE-A-2008-14344

Orden SCO/2495/2008, de 31 de julio, por la que se modifica la Orden SCO/1109/2008, de 1 de abril, por la que se resuelve concurso de traslados de personal laboral, convocado por Orden SCO/2941/2007, de 27 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 28 de agosto de 2008, páginas 35564 a 35566 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-14344

TEXTO ORIGINAL

Por Orden SCO/1109/2008, de 1 de abril, se resuelve el concurso de traslados de personal laboral (B.O.E. núm. 98 de 23 de abril), convocado por Orden SCO/2941/2007, de 27 de septiembre (B.O.E. núm. 243 de 10 de octubre). De los puestos adjudicados, y como consecuencia de lo previsto en el punto Cuarto de dicha Orden, algunos de ellos no pueden ser ocupados por las personas adjudicatarias. Por ello, este Ministerio, de acuerdo con las bases de la convocatoria y demás normas reglamentarias, ha resuelto:

Primero.-Modificar la relación de adjudicatarios de la Orden SCO/1109/2008, de 1 de abril, adjudicando los puestos que no han sido ocupados por las personas inicialmente adjudicatarias.

Esta nueva relación de adjudicatarios se publicará en la página web de este Departamento, (www.msc.es), así como en la del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es). Segundo.-Los puestos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán irrenunciables salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública. Tercero.-La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles si no existe cambio de residencia del trabajador, o en el de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El cómputo de los plazos de cese e incorporación se realizará de conformidad con lo contenido en la base séptima de la Orden SCO/2941/2007, de 27 de septiembre, modificada por Orden SCO/3215/2007, de 22 de octubre.

Cuarto.-Contra la presente Orden, podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Consumo, en el plazo de veinte días desde su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artícu-lo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con lo previsto en los artículos 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 31 de julio de 2008.-El Ministro de Sanidad y Consumo, P.D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio), la Subsecretaria de Sanidad y Consumo, Consuelo Sánchez Naranjo.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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