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Documento BOE-A-2008-14381

Resolución de 23 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto «Limpieza y adecuación de arroyos en Cabezamesada y Villanueva de Alcardete (Toledo)».

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 28 de agosto de 2008, páginas 35582 a 35586 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-14381

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada. El proyecto limpieza y adecuación de arroyos en los tt.mm. de Cabezamesada y Villanueva de Alcardete (Toledo) se encuentra en este supuesto por poder afectar a lugares de la Red Natura 2000. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.-El objeto del proyecto es recuperar los cursos fluviales que discurren por los Términos Municipales de Cabezamesada y Villanueva de Alcardete (Toledo), en concreto el río Riansares y el arroyo Villaverde. Estas actuaciones, solicitadas por los ayuntamientos de dichas poblaciones, tratan de resolver el problema de las inundaciones en épocas de lluvias, debido al alto grado de antropización que sufren. 1. Actuaciones en el término municipal de Cabezamesada: Limpiezas mecánicas en el lecho del cauce, para evitar taponamientos y disminuir el riesgo de inundaciones.

Mejora del aspecto del río desde un punto de vista ambiental y paisajístico.

2. Actuaciones en el término municipal de Villanueva de Alcardete:

Acondicionamiento del arroyo: Desbroces, limpiezas y compactación del terreno para posterior encauzamiento en hormigón. Posterior revestimiento con planchas de hormigón armado para minimizar el riesgo de desbordamiento.

Demolición del paso existente y construcción de un nuevo puente.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas.-Con fecha 21 de agosto de 2007 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental documentación relativa al proyecto, con el objetivo de determinar la necesidad de sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Con fecha 16 de noviembre de 2007 se inicia, por parte del antiguo Ministerio de Medio Ambiente, la fase de consultas previas en relación con el proyecto. En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la memoria resumen:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad

Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha

Subdelegación del Gobierno en Toledo

Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Dirección General de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

X

Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

X

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Ayuntamiento de Cabezamesada

X

Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete

X

Diputación Provincial de Toledo

Ecologistas en Acción de Toledo

WWF/ADENA

Greenpeace

Ecologistas en Acción-Madrid

Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG)

Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos (AEMS-Ríos con vida)

Plataforma Rural

Organismo Autónomo de Espacios Naturales de Castilla-La Mancha

Dirección General para la Biodiversidad el Ministerio de Medio Ambiente

X

En las contestaciones recibidas, destacan las siguientes cuestiones planteadas:

Desde la antigua Dirección General de Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla-La Mancha, se indica que pueden existir posibles impactos ambientales significativos, entre los que se destacan: Cambios en la dinámica fluvial de ambos arroyos, lo que supone una afección importante para la biodiversidad de ciertos cauces, y fundamentalmente en el caso del Arroyo de Villaverde, al ser encauzado. En el caso este arroyo se considera que el hormigonado no es una acción acorde con la conservación de los recursos naturales, siendo más adecuada la recuperación del Dominio Público Hidráulico y la naturalización del cauce.

Posibles afecciones a especies incluidas en el anexo I de la Directiva 79/409/CEE. Es necesario tener en cuenta que la actuación den le Río Riansares coincide con una zona importante para aves esteparias, incluida en la ZEPA «Área esteparia de la Mancha Norte» y en la IBA «Tarancón-Ocaña-Corral de Almaguer». Desde estos organismos se proponen una serie de medidas que se deberán de tener en cuenta en la ejecución de las actuaciones del proyecto. Se destacan las siguientes:

Se deberá asegurar que el material extraído de los cauces, escombros y basuras extraídos, sea transportado a un vertedero autorizado para tal fin.

No se deberían excavar y dragar cauces con vegetación riparia, estimándose suficiente la ejecución de su limpieza de forma manual y en el caso excepcional de ser necesario el uso de maquinaria pesada, debería ser para la retirada de algún escombro o residuo pesado Se deberán respetar los ejemplares arbóreos arbustivos de especies típicamente riparias en el cauce de los ríos, salvo que se encuentren en el mismo lecho y produzcan una obstrucción del paso de agua. Las especies seleccionadas serán autóctonas adaptadas al medio ya correspondiente con variedades propias del lugar. Los movimientos de tierra necesarios en la fase de construcción pueden provocar el aporte de sólido en suspensión al cauce por erosión, por lo que se extremarán las medidas preventivas pertinentes para evitar dichos sólidos en suspensión. Se extremarán las medidas destinadas a prevenir sobre suelo y aguas superficies el vertido de elementos físico-químico contaminantes para ambos medios. Se excluirán como zona de acopio de cualquier tipo de materiales las zonas más próximas al cauce o aquellas que puedan drenar hacia él. El cambio de aceite y maquinaria se realizará siempre que sea posible en centros autorizados. Las actuaciones a desarrollar en el Arroyo Villaverde limitan al sur con la Colada de Hinojosos. Si las obras requieren la ocupación de la vía pecuaria, ha de solicitarse ante el Órgano Provincial de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Toledo la autorización requerida por la vigente legislación de vías pecuarias. Se recuerda que las actividades que requieren descuaje de matorral o arbolado, precisan autorización de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural. Por último, desde la Dirección General para la Biodiversidad se indica que existen distintos proyectos coincidentes en la zona y que podrían tener efectos sinérgico o acumulativos sobre el mismo espacio de la Red Natura 2000.

Con fecha 9 de mayo de 2008 se comunica a la Confederación Hidrográfica del Guadiana lo anterior, recibiendo, con fecha 2 de junio de 2008, un escrito en el que se asume la mayoría las propuestas indicadas por los distintos organismos y aclara lo siguiente:

La limpieza se llevará a cabo de manera mecanizada y no manual en los tramos próximo en los cruce con las carreteras ya que aquí la limpieza debe ser más exhaustiva para evitar que haya problemas en épocas de lluvias.

Es imposible naturalizar el cauce del arroyo Villaverde, dado su estado y ubicación en el núcleo urbano de Villanueva de Alcardete. Además, dado su ubicación se cree que es la opción más adecuada para cumplir el objetivo demandad por el Ayuntamiento de dicha localidad. No se prevé la afección de la vía pecuaria denominada «Colada de los Hinojosos». Si durante el transcurso de las obras esto no fuese así, cualquier actuación que pudiera afectar requeriría autorización de ocupación temporal de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Toledo. Para minimizar las afecciones al IBA «Tarancón-Ocaña-Corral de Almaguer» y a la Zona de Especial Protección para las Aves «Área esteparia de la Mancha Norte» se tendrá en cuenta las especies incluidas en el Anexo I de la Directiva 79/1409/CEE, mediante la adecuación del calendario de actuaciones fuera del periodo de reproducción de aves (de febrero a julio, ambos inclusive). Además, la ubicación del parque de maquinaria no se instalará en la zona norte del arroyo.

3. Análisis según los criterios del anexo III.-Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del TR.

Características del proyecto:

1. Actuaciones en el término municipal de Cabezamesada.-En la zona de actuación, la vegetación ribereña es escasa y se encuentra bastante antropizada. Las actuaciones que se llevarán a cabo para limpiar y acondicionar el río Riansares a su paso por esta localidad son: Desbroce y limpieza. Se llevarán a cabo en toda la longitud el río Riansares objeto del presente proyecto (0,520 km). También se realizarán tratamientos selvícolas sobre la vegetación ribereña existente (antiguas olmedas). Destaca la presencia de vegetación heliófila en el lecho del cauce, sobre todo eneas (Thypa sp.), que en algunos casos pueden taponar el cauce. Por este motivo, se creará un canal de 1 metro de profanidad por 2 metro de ancho, que evitará la proliferación de estas especies.

Plantaciones. Se pretende dar uniformidad al cauce (crear un corredor fluvial) y mejorarlo paisajísticamente utilizando las siguientes especies: Ulmus minor, Populus alba, Fraxinus angustifolia y Salix alba. Adecuación de la zona de la Ermita de San Isidro. Además del desbroce y limpieza de la zona, se colocarán 62 m de escollera de roca para facilitar posteriores actuaciones de limpieza (es una zona en la que se acumula constantemente basura). También se realizarán plantaciones para la protección física de los márgenes del río (Ulmus minor, Populus alba, Fraxinus angustifolia y Salix alba). Por último, se creará una senda peatonal (62 metros de longitud y 3 de anchura) junto a la margen del río con una valla de madera que servirá de protección y separación del río. La zona de actuación se ha dividido en dos tramos: I (zona de la ermita de San Isidro) y II (resto). A su vez, el tramo II, comprende tres zonas (A, B y C). Esta distinción se debe a que las zonas A y C se encuentran más próximas a cruces con carreteras y por tanto, la presencia de vegetación en el lecho del cauce supone un grave problema de cortes e inundaciones en las mismas, por lo que los trabajos de limpieza en estos tramos serán más exhaustivos. Se extraerán 2.780,80 m3 de residuos procedentes de la limpieza mecanizada de acumulaciones en el lecho del cauce y de los desbroces sobre la vegetación de los márgenes, que se llevarán a vertedero autorizado. No se han estudiado otras posibles alternativas porque el Ayuntamiento de Cabezamesada considera prioritarias estas actuaciones para recuperar la naturalidad del río y así dar respuesta a la demanda de la población.

2. Actuaciones en el término municipal de Villanueva de Alcardete.-En la zona de actuación, la vegetación ribereña es inexistente debido a la total antropización. La zona de Dominio Público Hidráulico está totalmente invadida por construcciones, que serán aprovechadas a la hora de ejecutar el proyecto. Actualmente es tratado como un canal de aguas pluviales, siendo su recuperación ambiental completamente inviable.

Los trabajos que se van a realizarán son los siguientes:

Trabajos previos tales como desbroce, limpieza y compactación. Se eliminarán

Encauzamiento y hormigonado. Se acondicionará el cauce a lo largo de todo el tramo de actuación mediante el revestimiento con planchas de hormigón armado. Construcción de obra de paso. Se procederá a la demolición de un paso existente ya que no reúne las características necesarias para el correcto funcionamiento del curso del arroyo Villaverde. Se construirá un nuevo puente (6 metros de ancho y 10 de longitud), que resolverá el problema de la evacuación del las aguas pluviales.

Esta zona de actuación se ha dividido en: zona I, zona II y zona III. A su vez, en la zona II se diferencian dos tramos: I y II. Esta sectorización se ha realizado para facilitar que las actuaciones se adapten a la particularidad de cada tramo.

La zona urbana de este municipio se sitúa sobre la margen derecha del arroyo, y es tal la invasión del Dominio Público Hidráulico que los cimientos de algunas construcciones se ubican en su talud, y van a ser aprovechados a la hora de ejecutar este proyecto. Actualmente, es tratado como un canal de evacuación de aguas pluviales, siendo su recuperación ambiental completamente inviable. Se han estudiado tres alternativas:

a) Alternativa cero.

b) Entubado del arroyo Villaverde. c) Encauzamiento del arroyo mediante la colocación de placas alveolares de hormigón y el recrecido de muros existentes. Esta ha sido la alternativa desarrollada por ser la que resuelve eficazmente el problema de inundaciones que sufre la población y la que es económicamente más viable.

Se extraerán 1.374,93 m3 de residuos procedentes de los trabajos previos, que se llevarán a vertedero autorizado. Se eliminarán 25 pies de olmos que están obstruyendo el cauce. Se generarán 63.90 m3 a consecuencia de la demolición de un antiguo paso de agua.

La duración total prevista de las obras será de doce meses desde su inicio. Ubicación del proyecto:

Las actuaciones en el término municipal de Cabezamesada se localizan en el río Riansares, concretamente en el cruce con la carretera local TO-3101-V, junto a la Ermita de San Isidro. El tramo afectado es de 0,520 km.

El tramo del arroyo Villaverde, en el Termino Municipal de Villanueva de Alcardete, tiene una longitud de 0,353 km. Las actuaciones ubicadas en término municipal de Cabezamesada se localizan en el borde de la ZEPA «Área esteparia de la Mancha Norte». Además, existen otros dos espacios coincidente con la ubicación del proyecto: IBA «Tarancón-Ocaña-Corral de Almaguer» y MaB «La Mancha Húmeda». Los terrenos en los que se va a desarrollar la actuación son de Dominio Público Hidráulico y los usos de suelo más frecuente en el entorno de las diferentes zonas de actuación son el agrícola y el urbano. Características del potencial impacto:

1. Actuaciones en el término municipal de Cabezamesada.-Durante toda la fase de construcción se va a producir una incidencia negativa sobre la fauna debido a la actividad de la maquinaria. Además, se provocará una disminución del potencial de acogida como consecuencia de los tratamientos selvícolas sobre la vegetación de ribera y limpieza del cauce, siendo estos efectos reversibles a corto-medio plazo. El efecto se paliará con la plantación de especies autóctonas de ribera, tanto arbórea como arbustiva, cuyos efectos se manifestará a largo plazo.

La flora se verá afectada positivamente con las actuaciones, ya que se realizarán tratamiento silvícola y se densificará la vegetación ribereña con plantaciones de especies autóctonas arbóreas y arbustivas. El régimen hídrico se verá afectado de forma negativa durante la ejecución de las obras y en el tramo en el que se va a colocar escollera la alteración será permanente, aunque hay que destacar que se naturalizará mediante el estaquillado de la misma. 2. Actuaciones en el término municipal de Villanueva de Alcardete.-Durante toda la fase de construcción se va a producir una incidencia negativa sobre la fauna debido a la actividad de la maquinaria. Del mismo modo, la flora se verá afectada de forma negativa en la fase de ejecución de las actuaciones y de funcionamiento. El régimen hídrico se verá alterado de forma irreversible. En ambos casos, los efectos sobre la población serán positivos ya que se recupera un espacio para el disfrute de ambas poblaciones y además, en el segundo caso se disminuye el riesgo de inundación. Además, se proponen una serie de medidas correctoras de carácter general y específico, que reducirán o eliminarán los efectos negativos de las actuaciones. Con el fin determinar la eficacia las medidas correctoras descritas en el proyecto se realizará un seguimiento de las mimas. En este sentido, se nombrará una dirección ambiental de la obra que se responsabilizará de la adopción de las medidas correctoras mediante controles mensuales en la obra que se realizarán de «visu» por un técnico competente. También se realizarán informes que tendrán carácter trimestre; además se elaborará uno antes del replanteo de la obra y otro cuando esta llegue a su fin. Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 19 de junio de 2008, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve:

No someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 23 de junio de 2008.-La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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