Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, convocadas por Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 2 de enero de 2008 («Boletín Oficial del Estado» del día 7 de febrero). Esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («BOE» de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, en relación con lo establecido en el artículo 12.1.a) del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril («Boletín Oficial del Estado» del día 16), por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, a propuesta de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, resuelve: Adscribir en la especialidad de Administración Tributaria a los funcionarios del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado incluidos en el Anexo de esta Resolución.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Madrid, 26 de agosto de 2008.-La Secretaria de Estado para la Administración Pública, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.
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