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Documento BOE-A-2008-14686

Resolución de 26 de agosto de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga para el año 2008, el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 6 de septiembre de 2008, páginas 36560 a 36561 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2008-14686

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga para el año 2008 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 26 de agosto de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Esteban Rodríguez Vera.

ANEXO Protocolo por el que se prorroga para el año 2008 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Melilla, a 13 de junio de 2008.

REUNIDOS

De una parte, don Celestino Corbacho Chaves, Ministro de Trabajo e Inmigración, nombrado por Real Decreto 432/2008, de 14 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, doña María Antonia Garbín Espigares, Consejera de Bienestar Social y Sanidad, nombrada por Decreto de Presidente, núm. 33, de 16 de julio de 2007 (BOME extraordinario núm. 13, de 16 de julio), en nombre y representación de la Ciudad de Melilla, en uso de las competencias que le corresponden según Decretos del Consejo de Gobierno de distribución de competencias de 20 y 27 de julio de 2007 (BOME extraordinario núm. 14, de 25 de julio, y BOME núm. 4423, de 7 de agosto, respectivamente).

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante Protocolo de Prórroga) y

EXPONEN

Primero.-Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla suscribieron con fecha 26 de septiembre de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo de los mismos.

Segundo.-Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismos términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio de colaboración.-En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2008 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda. Contenido y programa de actuaciones a desarrollar.-Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga se ajustan a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2008», examinado en la reunión del día 5 de febrero de 2008 del Consejo Superior de Política de Inmigración, que se incorpora como anexo 1 al presente Protocolo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes, medidas y líneas de intervención que en dicho documento se señalan. Las actuaciones a desarrollar por la Ciudad de Melilla en el presente ejercicio se recogen en el Plan de Acción 2008. Dicho plan ha sido aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por dicha Ciudad, con anterioridad a la firma del Protocolo de Prórroga. La aprobación del Plan de Acción 2008 se formaliza por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, y la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, según el documento adjunto. Entre las actuaciones del Plan de Acción se recogen también las referidas a la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias en el marco del programa especial establecido a estos efectos que permanecen en el sistema de protección de la Ciudad. Tercera. Coste del programa y aportaciones de las partes.

1. El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de Prórroga es de un millón quinientos noventa mil doscientos cincuenta y cuatro euros con veintiocho céntimos (1.590.254,28 €).

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta como participación a la financiación de este Protocolo de Prórroga con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2008, consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231H.455.00, la cantidad de un millón ciento cincuenta y siete mil noventa y ocho euros (1.157.098,00 €). La Ciudad de Melilla, con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2008, aporta la cantidad de cuatrocientos treinta y tres mil ciento cincuenta y seis euros con veintiocho céntimos (433.156,28 €). La aportación de la Ciudad de Melilla supone como mínimo el treinta por ciento del coste total de las actuaciones a desarrollar de Acogida e Integración y de Refuerzo educativo. Esta cantidad procede de las siguientes partidas presupuestarias:

2008.05.41200.22105.

2008.05.41209.22105. 2008.05.12200.22700. 2008.05.41204.22105. 2008.03.41200.13100. 2008.03.31300.16000.

Cuarta. Compromisos de las partes.-La Ciudad se compromete a destinar la cantidad de ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos euros (146.400,00 €) de la aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración a las actuaciones de atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias en el marco del programa especial establecido a estos efectos que permanecen en el sistema de protección de la Ciudad.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración se compromete a prestar su colaboración en el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga y principalmente, en lo referido al seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el Plan de Acción 2008. Quinta. Modificaciones en el desarrollo de las actuaciones.-La Ciudad de Melilla deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de las actuaciones comprometidas, tanto de contenido como de costes, con el fin de acordar el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y esta Ciudad la aceptación expresa de dicha variación. Sexta. Seguimiento y evaluación.-En cumplimiento de lo señalado en la cláusula novena del convenio de colaboración, la Ciudad de Melilla remitirá periódicamente al Ministerio de Trabajo e Inmigración la información necesaria que permita conocer el desarrollo de actuaciones, así como aquella otra información requerida a efectos del seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción.

Disposición adicional.

En lo no dispuesto expresamente en este Protocolo de Prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).

Y en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, María Consuelo Rumí Ibáñez, Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, P. D. (Orden Ministerial Comunicada de 22 de abril de 2008).-Por la Ciudad de Melilla, M.ª Antonia Garbín Espigares, Consejera de Bienestar Social y Sanidad.

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